El Comité de Desaparición Forzada (CED, por sus siglas en inglés) de la ONU urgió al Estado mexicano a localizar y proteger a 213 personas desaparecidas en el país, además de que a nivel mundial México ha recibido el mayor número de solicitudes de acciones urgentes, siguiendo Iraq, con 47 medidas cautelares, y Colombia, con 5.
El CED hizo pública la lista de los nombres de las personas desaparecidas con relación a las cuales ha requerido, desde el 2012, al Estado Parte involucrado adoptar todas las medidas necesarias, incluidas medidas cautelares, para ubicarlas y protegerlas, en aplicación del artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
En 2014, el Comité requirió a México acciones urgentes para los 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, desaparecidos el 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero. Sin embargo, el CED informó ayer que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) no considera que las medidas cautelares del CED sean obligatorias, sino que tienen carácter de recomendación.
“El Estado mexicano señala el compromiso que tienen las autoridades mexicanas en el marco de la ley de atender a cualquier ciudadano que presente una problemática de la naturaleza planteada en su carácter de víctima y que atenderá la problemática como ha venido haciendo desde diciembre de 2014 con la presencia permanente de las autoridades en Iguala y el acompañamiento al grupo, independientemente de cualquier señalamiento del Comité”, indicó la Cancillería en una reunión de trabajo sobre la implementación de medidas cautelares en favor un centenar de personas de Iguala.
“Subrayando que, de acuerdo al artículo 30.3 de la Convención para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, las medidas requeridas por el Comité tienen un carácter de recomendación y no implican obligación alguna por parte del Estado mexicano”, dijo la SRE, según una publicada en el diario Reforma.
El artículo de la Convención establece que el CED podrá examinar de manera urgente toda petición presentada por los allegados de una persona desaparecida o sus representantes legales a fin de que se le busque y localice.