El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a buscar y dar a conocer el número de presuntos delincuentes abatidos por efectivos de esa dependencia en el período comprendido entre 2000 a 2006, y de septiembre de 2012 a noviembre de 2015, señalando el municipio en el que se registraron los hechos, y el motivo de cada uno.
A través de un comunicado emitido por el INAI, se indicó que al exponer el asunto ante el Pleno, el comisionado ponente del caso, Joel Salas Suárez destacó que el Ejército tiene atribuciones para usar la fuerza en legítima defensa, salvaguardar un bien jurídico o en cumplimiento de un deber o en ejercicio de un derecho, siempre y cuando exista una necesidad racional en el medio empleado y dentro del principio de proporcionalidad.
“Sin embargo, el personal militar que haga uso de la fuerza debe aportar medios de prueba fehacientes sobre su actuación y elaborar un informe detallado a la autoridad militar que corresponda, señalando el tiempo y lugar de los hechos y circunstancias que exigieron el nivel de uso de la fuerza utilizado”, enfatizó Salas Suárez.
El comisionado añadió que estas previsiones normativas son fundamentales, pues hoy las fuerzas armadas se encuentran en la calles, participan en el combate a la delincuencia organizada en apoyo de las fuerzas de seguridad pública estatales y municipales.
Salas Suárez puntualizó que: “La información pública, la transparencia y la claridad en los parámetros para la rendición de cuentas permitirán a la Sedena no sólo mantener la confianza de la población, sino incrementarla”.
La resolución del INAI se da después de que un particular solicitó la información al Ejército para el periodo de 2000 a noviembre de 2015.
En su respuesta original la Sedena manifestó que no contaba con información estadística respecto de agresores civiles muertos en el periodo solicitado.
La Secretaría de la Defensa dijo además que desde 2012, con motivo de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y la reforma al Código de Justicia Militar de junio de 2014, el fuero militar no es competente para conocer de casos en los que existan víctimas civiles por violaciones a sus derechos humanos.
La Sedena precisó, además, que la investigación de los delitos es facultad del Ministerio Público Federal y de las policías, por lo que sugirió presentar la solicitud de información ante la Unidad de Enlace de la Procuraduría General de la República (PGR, fiscalía).
No obstante, la Sedena proporcionó una relación que contiene la cantidad de presuntos agresores fallecidos, derivado de enfrentamientos en contra de personal militar, de 2007 a agosto de 2012.
Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que señaló como agravio el que la información estuviera incompleta.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Salas confirmó como incompleta la información entregada, por lo que el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Sedena, por lo que le instruyó a que realice una nueva búsqueda, y entregue la información faltante al particular en los términos referidos.