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domingo, abril 7, 2024
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Amenaza y mordaza

En ZETA creemos en las leyes como un sistema de convivencia humana, pero la historia nos ha enseñado que son imperfectas, que muchas se hicieron para proteger los intereses de los grupos de poder que controlan a legisladores, pero afortunadamente son derogables y reformables. Baste recordar que existieron leyes que trataron indignamente al ser humano, que impedían el voto de la mujer o que permitían la tenencia de esclavos. Más reciente, han intentado -sin éxito-  promulgar legislaciones para prohibir el uso de minifaldas, besarse en la calle o bailar reggaetón, entre otras curiosidades. Ahora es al periodismo al que le corresponde enfrentar uno de esos absurdos: el derecho  “… al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”, está amenazado. Hoy viernes 4 de diciembre de 2015 entra en vigor la Ley de Réplica, que a la mayoría de los periodistas, la verdad, nos pasó de noche. Cuando los panistas la propusieron y aprobaron el 5 diciembre de 2013, los reporteros y analistas se concentraban en la Reforma Energética. Luego pasó dos años en el congelador de la Cámara alta y, el 13 de octubre de 2015, los senadores la aprobaron, mientras  en el país se reporteaba del juego México contra Panamá, un ex gobernador de Colima era baleado, se llevaba a cabo otro paro de la CNTE y en Baja California se conocía la existencia de un niño sicario de 14 años. En ese contexto, nadie se contrapuso al contenido ambiguo del texto, tampoco hubo manifestaciones públicas porque al redactarla no se involucró a organizaciones dedicadas a la defensa de la libertad de expresión. Esta semana, la revista Proceso trata el tema, informa que en la Cámara alta, con 96 votos posibles, solo los senadores del PRD -son 20- , Javier Corral del PAN, Manuel Bartlett y David Monreal del PT y la independiente Martha Tagle, se opusieron por considerarla “un riesgo para la libertad de expresión” y “un engendro legal”,  pero evidentemente perdieron. Conforme al decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 6, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Derecho de Réplica es aquel que tiene toda persona: “… a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones que resulten pertinentes, respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por los sujetos obligados, relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen”. De lo contrario habrá multas que pueden llegar hasta 700 mil pesos, entre otras sanciones y requerimientos.   Si se tratara solo de proteger ante la publicación de falsedades, no creemos que alguien pudiera estar en desacuerdo, el problema es que el texto revela mucho más.   Primero, resulta sospechoso que enfaticen particularmente el derecho de réplica para los políticos, candidatos y partidos como si fueran una especie aparte. Después, como gran inconveniente está el uso del término “inexacto”, respecto a la información. En este punto es pertinente comentar que esa palabra ni siquiera está inscrita en la Constitución Mexicana -puede corroborarlo en una revisión digital-  y, por lo tanto, no define cuál es su significado ante la Ley. De hecho el mentado decreto que entra hoy en vigor, tampoco aclara a qué se refiere con inexacto. Lo que significa que al momento de ponerse en práctica la aplicación será completamente subjetiva, sometida a la voluntad y valoración de un juez federal que forma parte de un gobierno que validó esa legislación. En todo caso, ¿por qué debe ser el gobierno quien juzgue, cuando se propusieron otro tipo de organismos? Sobresale también que el más destacable de los casos en los que un medio de comunicación puede negarse a transmitir o imprimir una réplica, sea cuando la información -cuya veracidad o exactitud se esté cuestionado- sea oficial, esa “que en forma verbal o escrita emita cualquier servidor público y que haya sido difundida por una agencia de noticias o medio de comunicación…”. Como si fuera la verdad lo que se plasma siempre en los boletines y se manifiesta en las conferencias de prensa. Pregúntese y respóndase: ¿Cuántos gobernadores y funcionarios que categóricos han negado delitos, han terminado presos sujetos a proceso? Acaso Elba Esther Gordillo, Mario Villanueva; mientras otros han escapado del laxo brazo de la justicia. Entonces resulta en un abuso de poder que los legisladores pretendan que los comunicadores se sometan a la información oficial en un México que ocupó el lugar 103 de los corruptos, entre 175 países evaluados por la organización Transparencia Internacional, que mide las percepciones sobre el sector público. Y además tuvo la peor calificación de las 34 naciones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).  Apenas en junio de 2015 la misma organización presentó su reporte ante la Cámara de Diputados, informándoles que los niveles de corrupción en México crecieron entre 2012 y 2015. Y más allá de las leyes y los institutos que se mantienen con el erario, como país tampoco somos un ejemplo de transparencia y acceso a la información. Ahora, dadas las condiciones planteadas por esta Ley, los únicos que no están en riesgo de multas y juicios, son los representantes de la prensa oficialista, esos que cobran por vender su conciencia, vender la entrevistas, por las coberturas, por replicar boletines y firmarlos, incluso por no publicar notas que son desfavorables a los grupos de poder. Mientras a la prensa libre no le queda más que buscar los recursos legales para defenderse del control mediático, una de las obsesiones de la administración de Enrique Peña Nieto.


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