El juego del “gato y el ratón” entre la Procuraduría General de la República (PGR) y el joven presunto narcotraficante Rubén Oseguera González “El Menchito” volvió a exhibir las fallas crónicas de la institución encargada de procurar justicia en el país. Violación de derechos fundamentales, una mala integración de la averiguación previa, insuficiencia y deficiencia probatoria, son tan solo algunas de las pifias mostradas por el Ministerio Público de la Federación en la consignación del hijo de Nemesio Oseguera Cervantes “El Mencho”, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG). El asunto no es menor en los momentos en que México transita del sistema de justicia tradicional mixto al acusatorio adversarial, pues en el nuevo modelo, los errores y violaciones al debido proceso serán más notorios e inmediatamente públicos. El cuestionado arribo a la titularidad de la PGR de la ex senadora priista Arely Gómez, quien carecía de experiencia en la procuración de justicia e hizo toda una carrera en el Poder Judicial de la Federación, parece agudizarse ante situaciones como la recientemente descrita. “Se supone que con esa inexperiencia de la primera fiscal del país, sería suplida con sus principales herramientas de trabajo como juzgadora -al analizar legalidad- o de la Suprema Corte de Justicia de la Nación -al estudiar aspectos de constitucionalidad-, pero resulta que no ha capacitado a su gente en esos puntos torales”, aseguró un experto abogado entrevistado por ZETA. La captura Apenas el 23 de junio, la Comisión Nacional de Seguridad informó que agentes de las fuerzas federales detuvieron en el municipio de Zapopan, Jalisco, a Rubén Oseguera González, presunto número dos en la estructura del CJNG que su padre, “El Mencho”, comanda en el Occidente de México. Se dijo que la captura -registrada en el marco de la “Operación Jalisco”- ocurrió cuando el junior circulaba a bordo de un automotor en compañía de su cuñado Julio Alberto Castillo Rodríguez. Dentro del carro fueron localizadas diversas armas de fuego. El comisionado de seguridad Monte Alejandro Rubido, informó que “uno de estos fusiles contaba con las siglas alusivas al grupo delincuencial grabado el acrónimo ‘CJNG’, el número 02 y la abreviatura ‘JR’, eso en un costado, en el otro aparece la palabra ‘Menchito’. Al momento de su aprehensión, Oseguera González mostraba un parche en la nariz, producto de una cirugía estética, presuntamente para cambiar su fisonomía. Tanto Oseguera como Castillo fueron internados en el penal de máxima seguridad “Altiplano” en Almoloya de Juárez, Estado de México, y puestos a disposición del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la ciudad de Toluca. Les imputaron los delitos de acopio de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, posesión de cartuchos de uso reservado a las Fuerzas Armadas y delincuencia organizada con la finalidad de desarrollar funciones de administración, dirección o supervisión. “El Menchito” también fue consignado por portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, y Julio Alberto por portación de arma de fuego sin licencia. Liberación y recaptura El miércoles 1 de julio, al resolver el término constitucional, la jueza Nadia Villanueva decretó auto de libertad por falta de elementos para procesar a favor de los señalados, por estimar que existieron violaciones graves durante su detención y las horas subsecuentes en la puesta a disposición. Oseguera González no desconocía este tipo de fallos. En enero de 2014 fue detenido por primera vez. En octubre siguiente fue exonerado por un Juzgado federal mexiquense y egresó del Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) de Almoloya. Fue recapturado y arraigado para ser consignado de vuelta en diciembre ante un juez del penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco, y de nuevo liberado en enero del año en curso. En el más reciente capítulo, “El Menchito” y su cuñado recibieron con beneplácito la noticia de su libertad, pero durante el trámite de excarcelación fueron recibidos por agentes federales de la PGR para trasladarlos a las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO). La retención de Rubén y Julio Alberto fue justificada por los elementos federales con base en una orden de presentación girada por el Ministerio Público de la Federación para que se les investigue por la desaparición de dos personas en Michoacán. A la vez que se conocía de la recaptura de los liberados, la PGR informó que apelaba al veredicto de la juzgadora, por considerar que no estuvo totalmente apegada a derecho. Juez de legalidad Nadia Villanueva, quien resolvió el término constitucional de los indiciados, fue clara en sus razonamientos lógico-jurídicos para justificar la libertad por falta de elementos para procesar al hijo de “El Mencho” y su familiar político: 1. Existió una intromisión ilegal al domicilio de los indiciados por parte de la Policía Federal, a fin de lograr su detención. 2. Los inculpados no fueron puestos a disposición ante el Ministerio Público de la Federación de forma inmediata, sino hasta nueve horas después, cuando fueron presentados ante la fiscalía de la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGR. 3. No fueron debidamente asistidos de forma inmediata por defensor ante la Representación Social de la Federación, sino hasta que emitieron su declaración ministerial. 4. El MPF acreditó la existencia de la organización criminal denominada “Cartel de Jalisco Nueva Generación”; sin embargo, no probó -ni siquiera indiciariamente- la vinculación de los inculpados a dicha organización delictiva. Los puntos anteriores fueron plasmados institucionalmente en una nota informativa emitida por el Consejo de la Judicatura Federal. Lo que dijo la PGR Más tarde, la PGR hizo lo propio a través de un comunicado de prensa en el que expresó su inconformidad por la resolución de la impartidora de justicia que concedió la libertad a los presuntos miembros de la cúpula del grupo delictivo de iniciales CJNG. “En el marco de la división de competencias y atribuciones entre las instancias de procuración y administración de justicia, la Procuraduría General de la República tomó conocimiento de la resolución pronunciada esta mañana por el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con relación al auto de libertad dictado a favor de Rubén Oseguera González y Julio Alberto Castillo Rodríguez”, señaló solemnemente el boletín. La PGR afirmó que acató la determinación judicial en todos sus términos, pero que dicha fiscalía “NO COMPARTE LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN QUE SUSTENTARON LA RESOLUCIÓN”. Así, con mayúsculas. Enseguida se informó que se interpuso el recurso de apelación correspondiente. De acuerdo con la dependencia ministerial, la juzgadora del caso le dio todo el valor probatorio a las declaraciones de unos policías de Zapopan que no estuvieron en el lugar de la detención y aseguraron que la captura no ocurrió en un vehículo, sino en un domicilio. Tampoco la administradora de justicia tomó en cuenta las armas aseguradas. Según la PGR, hizo todo lo que estaba a su alcance en actuaciones para probar el nexo de los detenidos con la organización criminal que dirige el padre de uno de ellos. Falta de capacidad Para el abogado Jorge Huerta Partida, con más de 25 años de experiencia en el ramo penal, la capacidad de diversos funcionarios de la PGR deja mucho que desear, debido a que no reúnen el perfil para tan relevantes encomiendas. El maestro en derecho criticó el desempeño de la procuradora general de la República, Arely Gómez, quien “no tiene experiencia en cargos similares al que desempeña, y eso habla de las graves deficiencias en cuanto a la integración de las indagatorias. “Sobre todo con el cambio de sistema de justicia penal -del inquisitivo mixto al acusatorio adversarial-, sabemos todos que es un procedimiento garantista y que sí definitivamente no se respetan las garantías del imputado, habrá resultados similares a los de la libertad de estos personajes”, aseveró el entrevistado. Huerta Partida lamentó que no haya capacidad ni capacitación en el personal ministerial federal, por lo que lamentablemente, en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, “las libertades van a seguir a la orden del día”. “Presuntos delincuentes libran la acción de la justicia debido a que se obtienen pruebas de forma ilícita, y por consiguiente, queda plenamente demostrado que no se están respetando los derechos de los imputados, que se están vulnerando los Derechos Humanos y las prerrogativas consagradas en la Carta Magna, y de manera reiterada”, finalizó el jurisconsulto. Últimos amparos El 30 de junio, un día antes de ser liberado, Rubén Oseguera González interpuso un juicio de amparo ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, reclamando acciones de diversas autoridades del Centro Federal de Readaptación Social Número 1 “Altiplano”. “El Menchito” se quejó de la falta de atención médica. El juez decretó de oficio y de plano su suspensión para el efecto de que cese de inmediato cualquier acto prohibido por el Artículo 22 constitucional, “y proporcionen la atención médica única y exclusivamente por el padecimiento que refiere el quejoso en la especialidad de otorrinolaringología”. Otra demanda de garantías, previendo su posible libertad y la de su cuñado, fue presentada ese mismo día ante el Juzgado Primero de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en la capital mexiquense, en contra de actos de la procuradora general de la República y otras autoridades. Los reclamos fueron “tortura física y psicológica, y la orden de detención y su ejecución”. El juez de amparo también concedió la suspensión de plano para que -de existir- cesen dichos actos de inmediato y, a su vez, las mismas autoridades vigilen que se cumpla dicho ordenamiento del mando judicial. El juzgador comisionó a un actuario de la adscripción para que se constituyera en el penal de máxima seguridad donde estaban internados los quejosos y diera fe de las condiciones físicas de los mismos, además de realizar una inspección de las estancias en que se encontraban y describiera los bienes con que cuentan. Sin embargo, cuando el actuario acudió al CEFERESO 1 se enteró de que ya habían sido liberados. Inteligente pero intolerante De la lectura de rostro de Rubén Oseguera González “El Menchito”, la especialista en psicología criminal, Estela Magaña, pudo concluir que el personaje es un tipo inteligente y violento. “Es una persona inteligente, cerrada, poco sensible, irritable, labioso, envolvente, manipulador, con tendencia a razonar todo”, aseguró la experta. Sobre su presunta importancia en el organigrama del Cártel Jalisco Nueva Generación, Magaña aseguró que en “El Menchito” predomina su hemisferio izquierdo, “por lo que tiende a liderar, dominar y controlar”. Los atributos que posee el muy joven lugarteniente de una de las organizaciones delincuenciales más poderosas de México, son contrariados en sus momentos de crisis, pues “cae en depresión, intolerancia y se torna muy impaciente”. A pesar de su liderazgo, Oseguera González tiene “dificultad para el manejo de emociones”, concluyó el breve análisis sobre una fotografía del personaje tomada durante su primera captura, en enero de 2014.