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lunes, abril 8, 2024
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Logra Poder Judicial suspensión provisional contra Ley ISSSTECALI

El martes 7 de abril, el Juzgado III de Distrito otorgó una suspensión provisional a favor del Poder Judicial de Baja California contra la vigencia de la reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI), aprobada por el Congreso local el 21 de diciembre de 2014 y publicada en el Periódico Oficial el 17 de febrero del año en curso. El 24 de marzo, el pleno del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) aprobó por unanimidad el presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra dos artículos de la reforma, el 64 fracción II de la Ley ISSSTECALI, y el 19 de la Ley reglamentaria; ambos tienen que ver con la retroactividad en cuanto al reconocimiento de antigüedad de personal de confianza por la insuficiencia presupuestal del Poder Judicial para el pago y regularización de estos empleados. La medida afectaría presupuestalmente al Poder Judicial, pues se ha calculado, se necesitarían cerca de mil millones de pesos para cumplir con este precepto. Ante esto, el pleno del TSJ acordó interponer la medida legal ante la SCJN, pero a la vez tramitaron un amparo ante el Juzgado III de Distrito para suspender la medida en tanto la instancia legal analiza el fondo del asunto, relacionado con la constitucionalidad de la reforma aprobada por el Congreso. El amparo interpuesto por el Poder Judicial va contra actos de la XXI Legislatura; del gobernador del Estado, Francisco Vega de Lamadrid; del secretario general de Gobierno, Francisco Rueda; y del Periódico Oficial del Estado.  La parte sustancial del desacuerdo tiene relación con las modificaciones a la Ley, que permiten que los empleados de confianza se integren al ISSSTECALI con derecho a jubilación, lo que implicaríapagar cuotas que no se cubrieron durante las trayectorias laborales. A la par, el Poder Judicial -como patrón- tendría que pagar la parte de las cuotas que le corresponde. Es decir, se trata de una decisión con carácter retroactivo. Se calcula que en el Poder Judicial de Baja California existen alrededor de mil 200 empleados de confianza. Según el acuerdo del Juzgado de Distrito, se solicitará a las autoridades responsables -todas las enunciadas- un informe justificado donde expongan las razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado, o la improcedencia del juicio de amparo. También, deberán acompañar las constancias que sean necesarias para apoyar dicho informe. Para la celebración de la Audiencia Incidental, el Juzgado fijó como fecha el día 15 de abril a las 10:05 am. Por lo pronto, el Juzgado de Distrito  otorgó al Poder Judicial de Baja California la suspensión provisional de los actos reclamados, a la par de que corre el trámite de la Controversia Constitucional ante la SCJN. La aprobación de la reforma a la Ley ISSSTECALI fue parte de un repetido intento por varias administraciones estatales; fue hasta diciembre de 2014 -en medio de movilizaciones y protestas sobre todo del sector magisterial- que el Congreso local acordó la reforma. Sergio Haro


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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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