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martes, mayo 7, 2024
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Niegan amparo a “La Connie” de Ensenada

En apoyo de autoridades judiciales de Baja California, el Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, confirmó la negativa de otorgar un amparo a Consuelo Sánchez Osuna “La Connie”, presunta abusadora sexual y homicida de la niña Estefanía Davis González. El fallo de los magistrados federales deja firme el auto de formal prisión dictado en contra de la ex profesora e inspectora de zona de educación primaria de Ensenada por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de homicidio calificado y violación impropia cometidos en agravio de la menor de 10 años de edad. El caso que conmocionó a Baja California se conoció el 16 de noviembre de 2013, cuando la pequeña murió desangrada en la sala de urgencias del Hospital ISSSTECALI por una falla orgánica generalizada, causada por una lesión que perforó la vagina y el abdomen de Estefanía. Tras el fallecimiento de la niña, quien al parecer fue víctima de abuso sexual desde que tenía tres años de edad, el Ministerio Público detuvo a la madre, Erika González; en tanto, “La Connie”, su pareja, escapó para ser detenida el 2 de diciembre siguiente en el fraccionamiento Portales, en Mexicali. Ambas fueron acusadas del crimen. La defensa de Sánchez Osuna pretendió desacreditar la formal prisión dictada en el Juzgado Tercero Penal del Partido Judicial de Ensenada contra de su clienta argumentando que en la resolución “se dejó de precisar con qué elementos de prueba se acreditó que hubiese privado de la vida a la menor y con cuáles se cometió el delito de violación impropia que le son recriminados”.   Los abogados usan a favor de “Connie” la declaración de su pareja, Erika González, en el sentido de que la primera no se encontraba en la casa cuando ella llegó y vio a la niña limpiando –con papel- la sangre que estaba en el piso, por lo que aseguran que “no existe señalamiento en su contra”. Con tal de defenderse, Consuelo arremete contra su coacusada -la progenitora de la niña- y refiere que “en ningún momento se tomó en cuenta el informe policial de 17 de noviembre de 2013, donde la mamá de la víctima reconoció que ella era la que la golpeaba y amarraba”. También afirma que los señalamientos de abusos anteriores a Estefanía son hechos diversos a los que se investigan y sujetos a comprobación, que para nada prueban su responsabilidad en la violación impropia y el homicidio calificado que le achacan. Sánchez Osuna remata que no debe perderse de vista que la propia madre refiere en su declaración que las lesiones que presentaba la niña fueron ocasionadas por la misma víctima y “por omisión de la propia progenitora de llevarla al médico para que se atendiera la lesión que se provocara el 15 de noviembre de 2013, la cual le ocasionó el sangrado y finalmente la provocó la muerte”. Los argumentos de una supuesta “insuficiencia probatoria” alegada por “La Connie” fueron desestimados por los magistrados que así ratifican la negativa de amparo que el año pasado decretó el Juzgado Octavo de Distrito en Baja California. Con este veredicto se destraba el proceso penal en el Juzgado Tercero Penal del Distrito Judicial de Ensenada, donde podría dictarse una condena de hasta 50 años de prisión en contra de la pareja formada por Consuelo Sánchez Osuna y Erika González. 


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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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