Aunque fueron suspendidos provisionalmente como escoltas del director de la Policía y Tránsito Municipal, Reyes Montilla López por la Sindicatura Procuradora de Tijuana, un juez federal determinó que las pruebas para sentenciar a Ifigenio Cano y Benjamín Toledo por uso ilegal de sus armas de fuego, fueron insuficientes. Las primeras horas del 10 de febrero de 2014, los dos oficiales municipales protagonizaron un enfrentamiento armado con policías auxiliares, agentes y jefes policiacos en la subdelegación de Villa Fontana que concluyó con su consignación ante el ministerio público federal. Pero en la resolución de la causa penal 51/2014, el juez primero de distrito de procesos penales federales, Héctor Flores Lara dictaminó auto de libertad para los dos indiciados por falta de elementos. De acuerdo al oficio, con fecha del 24 de marzo de 2014, la determinación se basó en que durante los careos procesales, los agentes aprehensores “cayeron en contradicciones” que dejaron sin elementos la acusación por el delito de disposición indebida de armas dotadas a los cuerpos de policías federal, estatal o municipal o al Ejército Armada y Fuerza Aérea. Por su parte, Ifigenio Cano interpuso una denuncia formal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en contra de los oficiales aprehensores, el juez calificador y el comandante García, por abuso de autoridad y falsedad de declaraciones. En la averiguación previa 3973/14/211, los policías municipales Efrén Preciado Flores, Esteban Medellín García, Fernando García Hernández, Gerardo Alberto Cota Portillo, José Israel Olvera Amézquita y Roberto Carlos Crespo Alcocer, así como el juez municipal Gustavo Soto Gálvez son denunciados por Cano. El ex jefe de escoltas expuso a ZETA que sus compañeros tergiversaron los hechos en el parte informativo y mintieron en las declaraciones, en las cuales acusan a Benjamín Toledo –entonces escolta de Reyes Montilla– de sacar su arma en el OXXO “Zafiro”, ubicado en el fraccionamiento Villas del Sol, para amenazar de muerte a José Isaías Aguilar Zamorano, policía auxiliar quien vestía de civil en el momento. El policía dio aviso por medio del radio de frecuencia y cuando Toledo, junto a Cano y sus respectivas esposas transitaban en una Isuzu Trooper, y según el parte policíaco, tres patrullas de la policía municipal, les cerraron el paso. Ahí inició el enfrentamiento. De acuerdo a las declaraciones de los policías que participaron la detención, los dos policías municipales –quienes se encontraban fuera de servicio– se negaron a entregar sus armas o a ser inspeccionados por sus compañeros. En el parte policiaco, indican que Cano y Toledo, con sus pistolas fajadas, se ostentaron como policías municipales y que el primero empuñó su arma y la apuntó hacia los agentes, quienes procedieron a inmovilizarlo y desarmarlo. Esto también quedó registrado en el expediente Q/121/2014 de Sindicatura, a través de que una queja levantada por el director de la policía, Reyes Montilla. Después de ser detenidos en la vía pública, los dos ex escoltas del director de Policía, fueron remitidos a la delegación de La Presa, de donde fueron enviados a las instalaciones de la Procuraduría General de la República (PGR), ya que Cano fue acusado por sus compañeros de realizar detonaciones con su pistola Beretta. Cano, a su vez señala a Efrén Preciado Flores –policía perito municipal– de haber disparado frente a la delegación. Fue durante las comparecencias, ampliaciones de declaraciones y los careos procesales, en la PGR, cuando el juez federal detectó contradicciones en los policías aprehensores. Por ejemplo, de acuerdo al parte informativo del 10 de febrero de 2014, suscrito y ratificado por los oficiales Carlos Crespo, Israel Olvera, Esteban Medellín, Efrén Preciado y Gerardo Cota, afirman que con apoyo de las tres unidades en que se trasladaban, se logró cerrar el paso del vehículo donde viajaban los dos aprehendidos. Sin embargo, el subjefe Carlos Crespo, declaró en el juzgado que el vehículo fue interceptado solamente por Efrén Preciado, perito de accidentes y que él llegó en una segunda o tercer patrulla. Una contradicción más ocurrió cuando el subjefe se careó con Benjamín Toledo y aseguró que él detuvo la marcha del vehículo cuando el indiciado hizo caso omiso de sus indicaciones. Los agentes también se contradijeron al afirmar algunos, que los detenidos fueron trasladados en patrulla hacia la delegación municipal, mientras que uno declaró que esto se realizó a pie. El 10 de abril de 2014 –días antes de que el juez dictaminara la insuficiencia de pruebas en las acusaciones– el director de Responsabilidades de Sindicatura, Omar Durán notificó a Ifigenio Cano y a Benjamín Toledo de su suspensión provisional, por considerar grave los señalamientos por abuso de autoridad y uso ilegal del arma. Pero los policías afirman que no buscarán un amparo para ser reinstalados, pues confían en que Sindicatura revertirá la decisión, “con base a las mentiras en las declaraciones de los oficiales y con los testigos que tenemos, las pruebas y testigos que presentamos, que fueron suficientes para que la PGR dictaminara las inconsistencias”.
Policía demanda a compañeros por abuso de autoridad
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