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miércoles, octubre 9, 2024
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Amparo de Caro Quintero al DF

El Juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, se declaró legalmente incompetente para resolver el juicio de amparo promovido por el narcotraficante Rafael Caro Quintero, contra la orden de extradición que existe para llevarlo ante la justicia de los Estados Unidos. Asistido de su secretaria María de Jesús Paola Castro Nava, el juez Carlos Alberto Elorza Amores, llegó a esa conclusión tras conocer del asunto el 28 de octubre de 2013, cuando defensores del capo promovieron el amparo 2317/2013. En audiencia celebrada en Zapopan, Jalisco, el 31 de marzo de 2014, el juzgador declinó la competencia para conocer del juicio de derechos fundamentales a favor del Juez de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal en turno, a quien se ordena remitir el expediente principal, para que dentro del término legal, manifieste si acepta o no la competencia declinada. Elorza estima que dado que fue en el Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, donde se dictó la orden de detención provisional con fines de extradición internacional contra Rafael Caro Quintero, el 10 de agosto de 2013, “la competencia en razón del territorio, corresponde a un Juez de Distrito, en cuya jurisdicción resida el juez instructor del procedimiento respectivo”. A criterio del Juez de Amparo, “si el proceso seguido en contra del quejoso culminara con la resolución que emite la Secretaría de Relaciones Exteriores, en la que se concede la extradición impetrante a los Estados Unidos de América, el cumplimiento de tal resolución, se iniciaría con la extracción del agraviado del lugar en que estuviese recluido, a fin de ponerlo a disposición de la Procuraduría General de la República, por ser ésta la encargada de su entrega al Estado reclamante en el lugar convenido, el cual, por estar sujeto al sitio donde se acuerde la entrega, puede no coincidir con la jurisdicción del juez del lugar donde se encontrase recluido el quejoso”. Detalla la autoridad declinante que “se desconoce el lugar donde pudiera ser detenido el quejoso, a virtud de la resolución que se reclama, debido a que precisamente se ignora su paradero; lo que abona a la consideración de establecer como criterio rector de la competencia para conocer del amparo contra la detención provisional con fines de extradición, el que tenga jurisdicción en la residencia del juez instructor del procedimiento, que como se ha visto, en el caso radica en el Distrito Federal”. Así, las constancias del juicio de amparo, que ya cuenta con los informes justificados de las autoridades señaladas como responsables del acto reclamado, a saber, el secretario de Gobernación, el procurador general de la República y el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, entre otras, será enviado en las próximas horas a la Oficialía de Partes Común de los juzgados federales de la Ciudad de México para que se turne al Tribunal de Amparo correspondiente. Como lo ha informado ZETA, Rafael Caro Quintero obtuvo su libertad del Reclusorio Preventivo de Guadalajara la madrugada del 9 de agosto de 2013, tras recibir la protección del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito. Mediante un amparo directo quedó sin efecto la sentencia de 40 años de prisión que le fue dictada al capo por el secuestro y homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar. A juicio de los magistrados colegiados, el asunto debió ser juzgado en el fuero común y no en el federal. En cambio, quedaron firmes las condenas por delitos contra la salud, pero debido a que el sinaloense ya tenía más de 28 años preso, la pena se tuvo por compurgada. A la vez que la Procuraduría General de la República (PGR) promovía el recurso de revisión de amparo directo, el gobierno de los Estados Unidos de América solicitó la detención provisional con fines de extradición internacional de Caro Quintero, misma que fue concedida el 10 de agosto siguiente por el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales del Distrito Federal. De la impugnación de la PGR conoció la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que el 6 de noviembre, revocó el fallo del Tribunal Colegiado de Guadalajara y resolvió que el Poder Judicial Federal sí es competente para juzgar al narcotraficante por los crímenes mencionados. Por lo anterior, se ordenó la reaprehensión de Caro Quintero, quien a la fecha no ha sido localizado, y la primera señal de vida desde su egreso del penal de Puente Grande es el nuevo amparo en contra de la extradición. Las huellas del capo El 7 de agosto de 2013, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Jalisco le concedió a Rafael Caro Quintero el amparo dejando sin efectos su condena por los homicidios de Enrique Camarena y Alfredo Zavala, porque supuestamente no debían juzgarse en el fuero federal. A los dos días, el 9 de agosto, el capo salió de la cárcel y desde entonces se ignora su paradero. Para el 10 de agosto de 2013 y a petición del gobierno de los Estados Unidos, el Ministerio Público Federal solicitó orden de detención con fines de extradición. El Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal  concedió el mandamiento de captura; entonces la PGR, a través del agente del MPF adscrito al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Guadalajara, interpuso el recurso de revisión del amparo directo concedido al ex convicto. El 28 de octubre de 2013, los abogados de Caro promovieron un juicio de amparo contra la orden de extradición, mientras el Departamento del Tesoro de la Unión Americana agregó empresas y personas ligadas al narcotraficante a la lista negra. Días después, e 5 de noviembre, el Departamento de Estado anunció una recompensa de 5 millones de dólares a quien proporcione información que lleve a la captura de Caro Quintero. Demasiado tarde, el 6 de noviembre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el amparo otorgado por el Primer Colegiado Penal de Jalisco al sinaloense, al determinarse que el Poder Judicial Federal sí es competente para conocer de los homicidios de Camarena y Zavala. En diciembre de 2013, Rafael Caro Quintero envió una carta al Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, exponiéndole que “lo que tenía que pagar ya lo saldé”, y exhortó a los funcionarios mexicanos a no dejarse presionar por el ánimo de “venganza y revancha” de Washington. Con todo, Caro fue incluido en la lista de los 15 fugitivos más relevantes de América Latina para la Interpol.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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