Thelma Ramírez Sánchez fue contratada por medio de la empresa de outsourcing Desarrollo Creativo Guil, S.A. de C.V. para desarrollar labores como ejecutivo de ventas en la compañía telefónica Movistar. La firma, con sede en Monterrey, Nuevo León, expidió una constancia laboral con fecha del 15 enero del año en curso, en la que se estipulan sus datos patronales, inicio de labores (29 de agosto de 2012), puesto e ingreso mensual, signada por Edgar Carvajal Silva, del Departamento de Relaciones Laborales. Ramírez Sánchez externó su caso a ZETA, ya que presuntamente y sin motivo aparate, fue despedida de la compañía telefónica y abandonada por la outsourcing que la contrató. En la misma situación se encuentran otros de sus compañeros. La ex empleada explicó que fue destituida de sus labores el 8 de marzo de 2013, las razones que le dieron en Movistar fue que no cumplió con el nivel de ventas para el cual fue contratada; Thelma desconocía por completo que tenía que cumplir ciertas metas. Señaló que el contrato que firmó, no estipulaba que debía consumar una cantidad de ventas, de lo contrario sería despedida. Al ver que se trataba de un despido injustificado, la mujer acudió a la Junta Local de Conciliación y de Arbitraje de la ciudad a exponer las inconsistencias del despojo de labores, donde se expidió un citatorio bajo el expediente 1465/2013-2A hacia la empresa de outsourcing responsable de la contratación de Ramírez Sánchez. En éste, se solicita el pago por 12 mil 124.29 pesos por concepto de indemnización constitucional de tres meses de salario por causa de despido injustificado. ZETA se comunicó a la ciudad de Monterrey, a las oficinas de la empresa Desarrollo Creativo Guil, donde el licenciado Edgar Carvajal Silva desconoció los hechos ocurridos en Tijuana con algunas de las personas que contrató como outsourcing. En la entrevista, se le cuestionaron los términos del contrato que éstas personas firmaban, a lo que respondió: “Son personas que andan vendiendo en la calle, de cambaceo y se les contrata por proyecto. Cuando se les contrata, se les dice de qué van a trabajar y por cuánto tiempo; y si está estipulado en el contrato, que no digan que no, pero bueno, es que cuando firman no leen las letras chiquitas; bueno, no leemos las letras chiquitas…”. Carvajal afirmó que a estas personas se les contrata de primera instancia por un periodo de prueba de un mes, y posteriormente se les informa de cuánto tiempo es la duración del proyecto que la telefónica necesitará de sus prestaciones de labores. Agregó no tener conocimiento del citatorio enviado a la empresa regiomontana por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. La empresa Desarrollo Creativo Guil, S.A. de C.V. desconoce el status en que se encuentra el personal contratado en la ciudad fronteriza, pues la denunciante ya tenía poco más de seis meses laborando para Movistar y no realizaban las actividades de cambaceo, por lo que al parecer fue contratada. De manera cínica, Carvajal Silva se burló de la cantidad solicitada por la demandante, y entre risas dijo: “Trabajan un mes y quieren indemnización de tres meses de sueldo”. El proceso de Ramírez Sánchez continúa, y la empresa regiomontana tendrá que rendir cuentas ante Conciliación y Arbitraje.