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sábado, septiembre 7, 2024
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Modificaciones legales a Ley de Justicia para Adolescentes

Luego de que las agresiones sexuales cometidas por adolescentes van en aumento, el Congreso del Estado aprobó la restricción de derechos de los agresores, con el fin de garantizar protección a las víctimas. Las agresiones sexuales cometidas por menores de edad no eran tan frecuentes en el pasado, por lo que la iniciativa fue aprobada de manera unánime por el Congreso en las reformas a la Ley de Justicia para Adolescentes. Dentro de las razones expuestas para proponer estas modificaciones legales, el diputado Gregorio Carranza Hernández explicó que actualmente se dan comportamientos cada vez más alarmantes en cuanto a delitos sexuales, por parte de ese segmento social ubicado entre los 12 y 18 años de edad. La reforma permitirá obtener una justicia que satisfaga y proteja a las víctimas y ofendidos sexualmente por un menor, aunque aclaró, sin que se violenten los derechos del adolescente acusado, puesto que el Estado debe garantizar el respeto a sus derechos internacionalmente reconocidos. En ese sentido, el legislador  propuso que el juzgador pueda restringir los derechos y libertades del adolescente acusado, mediante la aplicación de medidas sancionadoras como, por ejemplo, negarle que  acuda a determinados lugares y se acerque a ciertas personas, así como el tiempo y vigencia de dicha restricción. Para llevar a cabo lo anterior, a Carranza le fue aprobada la reforma a la Fracción V del Artículo 121 de la Ley de Justicia para Adolescentes, donde se inscribe que al menor que cometa un delito sexual, se le prohibirá relacionarse con determinadas personas, lo cual incluye a familiares. Asimismo, se modifica el Artículo 129 para quedar como sigue: “El Juez para adolescentes, al determinar la medida prevista en esta sección, deberá indicar, en forma clara y precisa, con qué personas no deberá relacionarse el adolescente, la restricción de acercamiento familiar para las conductas tipificadas como delitos contra la libertad y seguridad sexual de las personas, que no podrá ser mayor de tres años”. Estas modificaciones legales aprobadas con 20 votos a favor y cero en contra por el Poder Legislativo, se enviarán al Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.  

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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