Hasta ahora, la Asociación del Consumidor Mexicano y el despacho Krasovsky Asociados tienen registradas ocho denuncias colectivas en Tijuana, en diferentes tribunales del Poder Judicial de la Federación y en contra de diversos proveedores de bienes y servicios, en aras de proteger al consumidor y mejorar los productos que se ofrecen a los bajacalifornianos. Mientras que en Tijuana se ordenó la suspensión de la construcción del Zócalo 11 de Julio debido a una denuncia colectiva, en Mexicali continúa el litigio en contra de Zeta Gas por suspensión de suministro en 2012. El 30 de agosto de 2011, se adicionó al Código Federal de Procedimientos Civiles el Libro Quinto, que establece el concepto de las acciones colectivas, dando poder a los ciudadanos de unirse y presentar una querella; sin embargo, a la fecha pocas son las personas que han hecho uso de ese beneficio, según comentó Sergio Moctezuma Martínez López, titular de la Procuraduría de los Derechos del Consumidor (PRODECO). Previo a enmienda, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) era la única instancia que podía promover ese tipo de reclamaciones; ahora, los ciudadanos en conjunto pueden llevar a cabo el procedimiento, siempre y cuando se reúnan 30 quejosos, tengan un representante con la opción de llevar la acción por dos vías legales, presenten la demanda ante un Juzgado Civil, o establezcan una denuncia ante una Agencia del Ministerio Público para que se investigue la posible comisión de hechos que constituyan un delito. En relación al tema, un juez del orden civil consultado por ZETA indicó que por el momento en los Juzgados, las demandas de ese tipo son muy escasas, debido al desconocimiento de ese derecho. Cabe mencionar que un estudio de la empresa de consultoría Accenture, establece que menos de la mitad de los mexicanos se sienten satisfechos con los servicios que reciben por parte de empresas de televisión por cable, internet, telefonía celular, luz, aerolíneas, gas, bancos y hoteles. De acuerdo al documento, solo el 44 por ciento presenta una queja formal. El análisis reveló que para los mexicanos es más importante la calidad del servicio que el precio al momento de escoger un proveedor. De hecho, el 74% de los consultados se dijo dispuesto a pagar un mayor precio a cambio de un mejor nivel de servicio. El beneficio de la colectividad El abogado Jorge Eduardo Viejo, del despacho Krasovsky Asociados, comentó a ZETA que la demanda colectiva es un procedimiento judicial en que un grupo de personas con un derecho igualmente violado por una empresa o un proveedor de servicios, o de un producto en contra de ellos, se unen y presentan una sola demanda para que se dicte una sola sentencia, en la cual el proveedor de servicios o aquel que violentó el derecho, les restituya en sus derechos como colectividad y después como individual. “Como colectividad, es no dar publicidad engañosa, porque al hacerlo, violan el derecho de todos los ciudadanos. Ese sería el beneficio de la colectividad, y en lo individual sería que una persona que compró mi producto derivado de publicidad engañosa, le restituiría una bonificación por los daños que les haya ocasionado, o en la totalidad de su dinero si es que mi producto responde a lo ofertado”, detalló el especialista. Krasovsky Asociados ha presentado diversas demandas colectivas en Tijuana y en el Distrito Federal en contra de Nextel, Telcel, Coppel y Capital Bank; inclusive tienen inconformidades en el rubro de vivienda, en contra de Urbi y Grupo Melo, pero no se han concretado por la falta de los treinta ciudadanos requeridos por la Ley. “Sí demando aquí contra una de estas compañías, lo hago a nombre de toda la nación, y es por deficiencia de servicio, porque el radio (Nextel) no sirve, en un lugar cerrado no funciona, esto es contrario a lo que señalan de que es el mejor proveedor de telecomunicaciones. Le demandamos que ponga más antenas y nos dé una compensación por estos tres años y medio de mal servicio, esto en tanto que no mejore la estructura; además, que baje precios en 50 por ciento porque es eso lo que nos da del servicio. Igual sucede con la demanda de Telcel. “En contra de Coppel es porque sus intereses no están pactados en el contrato. Si compras un bien o un mueble a plazos, firmas pagarés, sin embargo, al adquirir producto en el ticket se menciona el cobro, es ilegal que lo hagan, no estaba estipulado en el contrato. La misma queja es contra Famsa”, declaró Viejo. Pese a las modificaciones ya mencionadas que se aprobaron en 2011, no fue sino hasta febrero de 2012 que entraron en vigor. Hasta entonces el despacho inició con la primera demanda contra Nextel, la cual tardó siete meses en ser admitida porque en los Juzgados de Distrito no estaban informados de cómo llevar a cabo estos procesos legales. “Estamos en espera que se resuelva en un año, depende cómo se lleve el juicio porque las empresas grandes meten muchos recursos legales y pueden retrasarlo, mientras que 30 personas que demandan, no tienen muchas veces el recurso”, consideró el experto. — ¿Cuál ha sido la respuesta de los ciudadanos en relación a las querellas grupales, de 2011 a la fecha? “Creíamos, al principio, que todo mundo se iba a quejar, pero la verdad es que no. Y es muy triste, pero debemos hacer conciencia que estamos tan pisoteados, que nos da miedo defendernos. Hemos tocado de puerta en puerta preguntando sobre el servicio de radio y nos dicen que es muy malo, pero a la hora de preguntarles si se quieren unir a una demanda colectiva dicen ‘no’, porque tienen miedo de que les quiten el servicio, pero eso no puede pasar”. “La verdad es que te estás quejando por un derecho que es tuyo, estás defendiéndote y provocando que el proveedor de servicios se ponga las pilas. Es miedo, desidia, ignorancia, y nos ha costado hacer conciencia. La gente se queja, pero no le gusta reclamar de una forma oficial”, precisó Jorge Eduardo Viejo. El procedimiento legal Una acción colectiva puede registrarse en un Juzgado Civil o una Agencia de Ministerio Público por un representante común de la colectividad; así como por asociaciones civiles, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la Comisión Federal de Competencia, y la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente. Además de los consumidores, los habitantes de un lugar afectados por un problema ambiental o prácticas monopólicas, pueden reclamar un bien o servicio. De igual manera, los usuarios de servicios financieros. El procedimiento es similar a la acción individual donde se cita al proveedor para buscar una conciliación. Se firma y se lleva a cabo un convenio, para que proceda debe existir una treintena de afectados que dan poder o representación a una persona para llevar a cabo el procedimiento. No deberán haber pasado más de tres años y seis meses a partir de causado el daño. Debe aportarse documentación que los avale como usuarios del bien o servicio, y documentación probatoria que establezca que la compañía no ha cumplido con lo ofertado. En entrevista con ZETA, el abogado Carlos Atilano Peña recalcó que el procedimiento podría ser impráctico en algunos hechos, citando como ejemplo el caso de un autobús con 25 personas que se vieron afectadas por la mala prestación del servicio. Si son esos, ya no va a ser colectivo, además tendrán que recurrir en última instancia con un abogado, pues no van a tener la experiencia para redactar los hechos y desconocen los tecnicismos de la abogacía; lo cual impedirá el buen desarrollo del procedimiento, y por ende, pueden hacer improcedente la acción por una deficiencia. “En Tijuana, el ejemplo de una demanda colectiva fue la que se presentó para impedir que se hiciera el Zócalo en 11 de Julio, debido a que el uso de suelo era distinto. Firmaron varios vecinos de la colonia Libertad manifestándose como agraviados en el tema del medio ambiente; les concedieron la suspensión, aunque el litigio sigue”, argumentó el licenciado. Declinan denunciar Ya sea por desconocimiento de sus derechos o por evitar la pérdida de tiempo en engorrosos trámites, la mayoría de los consumidores en Tijuana se quejan de un proveedor de bien o servicios que les otorgó un deficiente servicio o un producto defectuoso, pero remotamente presentan una querella formal en contra. “De un universo de 121 inconformidades que nos plantearon los consumidores víctimas de prácticas comerciales abusivas y desleales, el 80 por ciento se resolvieron de manera satisfactoria, a través de conciliación vía telefónica con los diversos proveedores de bienes, servicios y productos. “En otros casos, en que no tenemos éxito por dicho medio, en PRODECO se elabora la reclamación por escrito, bien fundada y motivada, y se presenta ante la PROFECO para que notifiquen al proveedor y le hagan saber que tiene interpuesta una reclamación de un consumidor; fijando la autoridad fecha de audiencia para la conciliación personal, y así el proveedor tenga la garantía de audiencia para ser oído y vencido durante el procedimiento conciliatorio”, citó Sergio Moctezuma Martínez López, titular de PRODECO. El 20 por ciento de las inconformidades planteadas por los consumidores, tiene relación con asesoría jurídica para saber cómo hacer efectivos sus derechos ante el mismo proveedor o la propia autoridad. “Simplemente hay consumidores que se quejan en aislamiento, pero no alzan la voz, esto es, debido a la mala percepción que ha ido creando la propia autoridad, de que no se sanciona enérgica y ejemplarmente a este tipo de proveedores para evitar que sigan incurriendo en prácticas abusivas, en detrimento de los derechos e intereses económicos de la sociedad consumidora”, acotó el representante de la Procuraduría de los Derechos del Consumidor. El caso Zeta Gas El miércoles 17 de octubre de 2012, comerciantes, residentes e instituciones de gobierno de Mexicali se despertaron sin servicio de gas por tubería; 3 mil 700 tomas que abastecían aproximadamente a dos mil familias, comercios, restaurantes, hospitales y la Casa de Gobierno, fueron cerradas al suministro por Zeta Gas (Gas Butano Propano de Baja California, S.A, de C.V), una de las dos principales concesionarias del consorcio que opera en México, Centro y Sudamérica. No fue sino hasta el 8 de enero de 2013 que PRODECO Delegación Tijuana creó el expediente del asunto Zárate Landazuri M. Amparo y otros en contra de la compañía de gas. Entonces la PRODECO inició un procedimiento por infracciones a la Ley en contra del proveedor de gas en cuestión, otorgándole un período de diez días para rendir pruebas y manifestar por escrito lo que a su derecho convenga. En el entendido que de no hacerlo, la Procuraduría resolvería de conformidad con los elementos de convicción que disponga. Al dar por agotada la fase conciliatoria, se dejan a salvo los derechos de las partes, a efecto que los denunciantes los hagan valer en la vía de forma que más convenga a sus intereses. Por otra parte y de acuerdo al presidente de la Barra de Abogados “Rubén Armendáriz Rodríguez”, con sede en Tecate, el licenciado Saúl Solís Ocegueda expuso que hasta el momento en dicho municipio no se han registrado demandas colectivas; igual ha sucedido en Playas de Rosarito y Ensenada, según reportaron colegios de abogados consultados por ZETA. Denuncias colectivas pendientes de resolver en Tijuana 1. Krasovsky Asociados (KA) vs. Comunicaciones Nextel de México, S. A. de C. V., por mal servicio Se presentó el 29 de febrero de 2012 ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) en Tijuana, radicándose en el Juzgado Décimo Sexto de Distrito de Tijuana, con número de expediente 03/2012. 2. KA vs. Radio Móvil Dipsa, S. A. de C. V., por redondeo Se presentó el 9 de marzo de 2012 ante el PJF de Tijuana, radicándose en el Juzgado Décimo Sexto de Distrito de esta ciudad; expediente 04/2012 3. Asociación del Consumidor Mexicano vs. Radio Móvil Dipsa, S. A. de C. V. (redondeo) El expediente se encuentra en el Juzgado Décimo de Distrito del Distrito Federal, bajo el número 746/2012 4. KA vs. Coppel, S. A. de C. V., por no pactar intereses en la compra de productos en su contrato Presentada el 29 de marzo de 2012 ante el PJF de Tijuana, radicándose en el Juzgado Cuarto de Distrito en Tijuana; expediente 05/2012 5. Asociación del Consumidor Mexicano vs. Teléfonos del Noroeste, S. A. de C. V., por tarifas elevadas La demanda se presentó el 10 de agosto de 2012 y fue radicada en el Juzgado Sexto de Distrito de Tijuana, con número de expediente 11/2012 6. Asociación del Consumidor Mexicano vs. Teléfonos de México, S. A. de C. V. Actualmente en etapa de certificación 7. KA vs. Capital Bank, por incumplimiento de cláusulas Presentada el 7 de noviembre de 2012, y radicada en el Juzgado Noveno de Distrito de Tijuana, con número de expediente 15/2012 8. Asociación del Consumidor Mexicano vs. Teléfonos del Noroeste, S. A. de C. V. por cobros elevados Asentada por redondeo, actualmente se enviaron al Juzgado copias de la demanda a Telnor para que manifieste lo que convenga, respecto a si la petición reúne o no los requisitos de procedencia. Posteriormente se certificará, dando 15 días a la parte demandada para contestar