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lunes, septiembre 30, 2024
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Club Águilas, malapagas

Han utilizado todo tipo de triquiñuelas legales para no pagar un adeudo, obligado incluso por las autoridades judiciales y hasta la fecha no concretado, todo en un largo proceso que ya completa más de 11 años. Por instalación de butacas -reconocida la acción y el adeudo en juicios- deben 862 mil pesos

 

Un juicio ordinario mercantil iniciado hace siete años, por un adeudo reclamado de 862 mil pesos, ha derivado en un largo y tortuoso camino legal que incluye tráfico de influencias, denuncias por amenazas, hostigamiento y una evidente serie de triquiñuelas para obstruir la decisión de la justicia.

De un lado, el Club Águilas de Mexicali, donde confluyen un grupo de empresarios -incluida la cervecería Tecate-, propietarios del equipo de beisbol que milita en la Liga Mexicana del Pacífico y que en su historial tiene tres títulos de Liga y uno de la Serie del Caribe. Además, cuenta con el respaldo gubernamental, al tener en comodato el estadio y recibir apoyo económico vía la Secretaría de Desarrollo Social.

En la otra parte se ubica a Carla Natalia García Osuna, joven que encabeza una empresa familiar dedicada al servicio de limpieza industrial y desde octubre de 2002, contratada por el club deportivo para la limpieza del estadio. En 2005, en un proyecto de remodelación y ampliación, fue contratada para la instalación de cuatro mil butacas -a cinco días que empezara la temporada- con un precio acordado de 862 mil 521 pesos.

El trabajo se entregó en tiempo y forma, no así la paga, adeudo que originalmente se aceptó y se fue posponiendo uno, dos, tres y hasta cuatro años. El 28 de marzo de 2009, García Luna interpuso una demanda mercantil ante un Juez de Primera Instancia Civil, la cual ganó, luego la empresa buscó una decisión de Segunda Instancia ante el Tribunal Superior de Justicia, donde también perdió, y después fue tras un amparo, el cual le fue negado. Igual les fue en el Tribunal Colegiado.

El 21 de noviembre de 2014, la empresaria y personal del Juzgado Civil se presentaron en las oficinas del Club Águilas de Mexicali -ubicadas en el estadio- para embargar la caja financiera de la empresa, pero la existencia de otro amparo se los impidió.

Luego la demandante enfrentó la embestida del Club Águilas: interpusieron una demanda penal por falsificación y uso de documentos falsos, falsedad ante autoridad judicial, pandillerismo, fraude, presentación de testigos falsos, fraude procesal y falsificación y uso indebido de sellos, marcas, llaves y contraseña.

Originalmente la empresa había aceptado el adeudo, luego lo negó y hasta demandó a quien fue su gerente administrativo -José Luis Aguilar Santiago- y adujo que los trabajos requeridos por García Luna los había realizado el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano.

Jose Luis Rodriguez

Jose Luis Rodriguez

A la par, la empresa beisbolera creó una subsidiaria, PROMOBEIS, a la que supuestamente cedió el control de los ingresos, la cual también interpuso un amparo contra la empresaria que reclamaba el cobro. El Gobierno del Estado se sumó a la embestida y también buscó el amparo contra la empresaria y la decisión judicial a su favor. Ninguna prosperó y hasta la fecha, lo único claro es que legalmente el Club Águilas de Mexicali debe pagar a Carla Natalia los 862 mil pesos que le adeuda desde hace 11 años.

Se buscó la versión del actual gerente del Club, José Luis Rodríguez, pero éste declinó hablar del caso: “Nosotros sólo estamos siguiendo el camino procesal”.

 

 

 

 

BOLA BAJA

En marzo de 1948 fue formalizada la empresa Impulsora Deportiva, por empresarios encabezados por Mario Hernández Maytorena, Carlos Moreno, James W. Stone, Francisco Valdez y Daniel Ávila, para crear el equipo de beisbol Águilas de Mexicali, el cual inicialmente compitió en varias ligas estadunidenses y en 1968 emigraron a la Liga Norte de Sonora, que era parte de la Liga Mexicana de Beisbol. Su estadio sede era el Parque Hidalgo, ubicado a espaldas de lo que fue la Preparatoria Mexicali UABC -hoy COBACH Zaragoza-, frente al Casino de Mexicali.

En 1973 el lugar fue expropiado por una toma estudiantil de las instalaciones deportivas y, en octubre de 1976, las Águilas de Mexicali debutaron en su nuevo estadio, El Nido, en Ciudad Deportiva. En octubre de 2001 el Gobierno del Estado -a dos meses de la entrada de Eugenio Elorduy a la gubernatura- el estadio se entregó en concesión a Dio Alberto Murillo Rogers, representante legal de Club Águilas de Mexicali S.A. de C.V.

Posteriormente el estadio cambió de nombre -en la era de la privatización- por Estadio Casas Geo, pero ante la crisis de las empresas constructoras otra empresa le entró al quite, Refrigeración Becerril, por eso ahora se llama Estadio B’Air.

De acuerdo a datos del Registro Público de la Propiedad, el Club Águilas de Mexicali lo integran como socios Dio Alberto Murillo Rogers con ocho acciones Serie A; Leticia Hernández Gabilondo -hija de don Mario Hernández, el fundador- con otras ocho acciones; Rigoberto Cárdenas Valdez, ex rector de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) y titular de la Notaría 11,  con otras ocho acciones. La completan 26 acciones Serie B que titula la cervecería  a través de la empresa Actividades Deportivas, S.A. de C.V., con Francisco Bravo Mena, hermano del ex líder nacional del PAN, Luis Felipe Bravo. Todo esto de acuerdo al acta protocolizada de asamblea celebrada el 8 de noviembre de 1996.

 

STRIKE

Según la versión de Carla Natalia García, a principios de octubre de 2005 le solicitaron una cotización para la instalación de 4 mil butacas -adquiridas de segunda mano en Estados Unidos-, pero les urgía el trabajo se concluyera antes del 12 de octubre, dado que en esa fecha iniciaba la temporada invernal. Esto era aparte del trabajo industrial de limpieza de butacas. Tenían 120 trabajadores laborando los tres turnos, 24 horas diarias.

De acuerdo a la versión de Carla Natalia, el Gobierno del Estado licitó y otorgó el trabajo a otras empresas, pero se vino el tiempo encima y no alcanzaron a cumplir. El acuerdo fue -para no modificar el contrato de licitación- que la administración estatal pagaría a la empresa que le correspondía esa área, ésta se lo regresaría al gerente Dio Murillo y a su vez, él lo entregaría a García Luna.

Aseguran que firmaron un contrato y muestran las copias de la cotización, de la aprobación de parte del entonces gerente administrativo José Luis Aguilar, de la entrega documentada de los servicios solicitados

No les pagaron de inmediato, con la promesa de que lo harían en mayo de 2006; no concretaron el pago, pero seguían con el contrato de limpieza. Lo mismo sucedió en 2007, cuando hubo varios reclamos de pago, y en 2008 no solo no les pagaron, sino que además les quitaron el contrato de limpieza. “Yo me iba con un libro, un café y un sándwich a hacerles plantón”, refiere Carla Natalia García Luna, quien muestra varios documentos donde la empresa se comprometía y a la vez difería el pago.

Ante la evidente negativa, el 28 de marzo de 2009 interpusieron la demanda mercantil ante un Juzgado de Primera Instancia de Mexicali.

 

ABANICA

El 6 mayo de 2013, el Juzgado Civil emitió una sentencia a favor de la demandante, obligando al Club Águilas de Mexicali al pago de  862 mil pesos más los costos por el juicio. Entre los argumentos de la empresa destacaba que José Luis Aguilar Santiago no contaba con “facultades por parte de Águilas de Mexicali S.A. de C.V. para suscribir en su nombre contratos de cualquier naturaleza”.

Ante el primer revés recurrieron al Tribunal Superior de Justicia -en Segunda Instancia-, en el resolutivo emitido el 13 de septiembre de 2013, el máximo tribunal estatal confirmó la sentencia del  Juzgado Civil. En respuesta la empresa tramitó el amparo indirecto 628/2014 contra la sentencia del TSJ.

Dio Murillo

Dio Murillo

Con nuevos testigos blandieron nuevos argumentos, como el que la instalación de las graderías fue coordinada por  la SIDUE y la instaló una empresa privada. Entre éstas mencionaron a Sergio A Gabiño, Héctor Núñez Gaxiola de Constructora Misin y Francisco Quiles Solórzano de Constructora CONLEO.

El 24 de marzo de 2014 se promovió la ejecución de sentencia a través de un embargo contra Águilas de Mexicali, .S.A  de C.V. por los 862 mil pesos requeridos, o en su defecto, el otorgar una fianza por la cantidad fijada por el juez.

La respuesta vino el 14 de junio del mismo año, cuando la empresa interpuso una demanda de carácter penal contra Carla Natalia García y su madre, Natalia Luna, por la posible comisión de delitos de falsificación y uso de documentos falsos, falsedad ante autoridad judicial, pandillerismo y fraude.

En esencia señalan que las butacas en mención fueron colocadas por personal capacitado en la materia y contratado por la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado con cargo a los programas de obra 2005 y 2006, ejecutados en octubre y noviembre de 2005, “debidamente pagados con la factura 0026 de fecha 04 de abril de 2006”. Aseguran que el trabajo lo realizaron  entre la empresa Ingeniería, Vivienda y Obras Urbanas, S.C. de C.V. y CONLEO, S.A. de C.V.

En julio de ese 2014 la Procuraduría General de Justicia del Estado resolvió procedente la extinción de la acción penal por “prescripción de la acción punitiva”, pero el 30 de septiembre el Gobierno del Estado -como tercer interesado- entró al quite a través de la Subsecretaría Jurídica que encabeza Víctor Lujano, interponiendo un amparo contra los actos emitidos por el Juzgado Civil ante el Juzgado IV de Distrito en el Estado. El reclamo fue que el Gobierno del Estado no había sido llamado al juicio.

En ese inter, el 21 de noviembre la demandante, acompañada por personal del Juzgado Civil, acudió a las instalaciones del Club Águilas de Mexicali para ejecutar el embargo, pero debido al último amparo interpuesto no lo pudieron concretar.

En enero de 2015 el Juzgado IV Federal resolvió en contra del Gobierno del Estado -sobreseyó el juicio, por lo que el 18 de febrero de ese año presentaron un recurso de revisión ante el Sexto Tribunal Colegiado del XV Circuito -toca número 218/2015-, pero esta instancia confirmó la sentencia recurrida bajo el argumento de que “ resulta insuficiente señalar que al no haber sido llamado a juicio de origen como tercera persona interesada, se causaba grave afectación a las finanzas públicas del Estado”, pues no indica ni acredita de qué manera, o cómo se materializa la afectación.

 

SQUEEZE PLAY

Como si no fuera suficiente, apareció otra empresa interponiendo un juicio de amparo contra Carmen Natalia García Luna. Se trata de PROMOBEIS, asociación civil creada en agosto de 2011 y titulada por Alexis Adrián Becerra Palacios. En febrero de 2014, ese organismo firmó un contrato de prestación de servicios con el Club Águilas de Mexicali para brindar los servicios de administración y asistencia técnica en el área de ingresos por concepto de entrada de taquilla, venta de promocionales, publicidad, arrendamiento de espacios, así como administración de recursos y pago de la nómina.

El acta constitutiva de PROMOBEIS, fedatada por el notario 11, Rigoberto Cárdenas Valdez, establece que la AC está conformada por Karen Kumate Rogers, José Carlos Goldbaum, José Fernando García Rodríguez y Wendoline Covarrubias Núñez.

Pero resulta que Karen Kumate fue empleada de Fetasa, empresa propiedad de Dio Murillo y Wendoline Covarrubias es parte del equipo de Ventas de Abonos y Palcos del Club Águilas de Mexicali. José Carlos Goldbaum tiene apenas 28 años de edad y vive en el exclusivo fraccionamiento San Pedro Residencial

De acuerdo a información solicitada a la Unidad de Trasparencia, esta asociación civil tiene registro en el padrón de organizaciones sociales -junto con apoyo a migrantes, casas hogar, centros de rehabilitación-, que reciben apoyo gubernamental a través de la Secretaría de Desarrollo Social y, tan solo en 2013, le entregaron 300 mil pesos. Oficialmente tiene su dirección en Pasaje Tuxpan número 1093, en Centro Cívico, pero ahí es una oficina de abogados, quienes aseguran no conocer a PROMOBEIS.

El caso es que esta asociación también interpuso un amparo, el 26 de noviembre de 2014 -cinco días después del intento de embargo-, pero también les fue negado dado que “la quejosa no se encuentra legitimada para ocurrir a la vía constitucional en defensa de bienes que, aunque pudieran estar bajo su administración, son propiedad de su contratante (…) la persona moral quejosa carece de interés jurídico para reclamar juicio de amparo…”, resolvió el juez federal el 11 de mayo de 2015.

Ahora parece que se les terminaron y, aunque la demandante y su familia han sido hostigados y amenazados, insisten, se aferran a una sola idea: “Nos tienen que pagar…”.

 

 

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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