El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha obtenido alrededor de 16 millones de pesos por la recuperación de créditos fiscales que no hayan sido impugnados o que el contribuyente se desista del medio de defensa interpuesto.
Así lo señaló Daniel Benigno Granados Herrera, administrador desconcentrado de Recaudación de Baja California 2, quien aseguró que “son muchos los contribuyentes que quieren regularizar su situación”, aunque no precisó la cifra de quienes se han acercado a la institución con ese propósito.
“Aquí es muy común, por la zona fronteriza, a lo mejor algún permiso de un vehículo que no retornó y se les determinó algún tipo de sanción, entonces ellos se están acercando para tratar de obtener este beneficio”.

En declaraciones a la prensa, este 12 de febrero de 2026, Granados Herrera tampoco precisó el número de créditos fiscales existentes, ni la meta de recaudación para los municipios de Tijuana, Tecate, Playas de Rosarito, Ensenada y San Quintín que son su área de atención.
Granados Herrera dijo que, con base en la Ley de Ingresos 2026, el SAT ofrece un estímulo para que los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, que tuvieron ingresos en 2024 hasta por 300 millones de pesos puedan estar al corriente de su situación fiscal.
El beneficio que comenzó a aplicarse desde inicios de este año consiste en la disminución del 100% de las multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas aquellas con agravantes.
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También puede aplicarse a recargos y gastos de ejecución relacionados con las contribuciones, aprovechamientos o cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio 2024 o anteriores.
El estímulo fiscal será del 90% de total de las multas cuando se trate de créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, añadió el funcionario, quien afirmó que el “estímulo” que el SAT otorga “no es una condonación como tal”.

Granados Herrera reiteró que el beneficio fiscal no aplica el importe principal de las contribuciones, sino únicamente a las multas y a los accesorios de las contribuciones y aprovechamientos en los términos previstos en la propia ley.
Para acceder a este beneficio, dijo, los contribuyentes no deben haber recibido condonaciones en programas generalizados previos, ni haber sido beneficiados por el estímulo fiscal previsto en el 34 transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, ni formar parte de los listados definitivos relativos a los artículos 69 B y 69 bis del Código Fiscal de la Federación.
MULTAS POR IRREGULARIDADES EN CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL
En otro tema, Marisol Blanco Orozco, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Baja California 2, aseguró que la constancia de situación fiscal “no es un requisito obligatorio para la emisión de la factura electrónica”, ni los empleadores deben solicitarles a los trabajadores la constancia de situación fiscal para el timbrado de nómina.
Si se incurre en dichas irregularidades se podrá ser acreedor a una sanción económica, que va de los 21 mil 420 pesos a 122 mil 440 pesos, indicó Blanco Orozco, sin que precisara cuántas multas se han impuesto por estas irregularidades.

“Infracciones al día de hoy pues no, no tengo conocimiento de que se hayan realizado. Normalmente esto se procesa de forma sistemática, al momento no tenemos esa información”, afirmó Granados Herrera.
La constancia de situación fiscal no tiene vigencia y sólo se actualiza cuando el contribuyente hace alguna modificación de su información en el RFC, cambio de domicilio, actualización de régimen fiscal, actividades económicas y actualización de la CURP.
La constancia de situación fiscal está disponible para personas físicas y morales, está disponible a través del portal del SAT y aplicación SAT móvil. Solo se requiere contar con contraseña y es firma vigente. Así como en las oficinas del SAT presentando una credencial de identificación.






