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martes, enero 6, 2026
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Por “dedazo” TSJE rescata a 7 jueces perdedores

La simulación de democratizar la elección de funcionarios jurisdiccionales le duró apenas unos meses al régimen morenista, al menos en Baja California, donde -a diferencia del resto del país- el Poder Judicial del Estado recibió facultades, en contubernio con el Congreso de Baja California y el Poder Ejecutivo, para la designación de jueces de manera libre, siempre y cuando se trate de un puesto de “nueva creación”.

La noche del pasado martes 23 de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) llevó a cabo una sesión extraordinaria que no fue subida a la página de internet, cuyo objetivo era concretar la imposición de siete jueces de materias civil y laboral, proceso que se vino analizando desde el 8 de diciembre, cuando el magistrado Nelson Kim Salas presentó el dictamen ante el órgano colegiado.

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La propuesta, conformada por 18 perfiles en materia civil y laboral, fue depurada de la “reserva judicial”, una especie de “banco” donde todos los aspirantes a ocupar cargos de titularidad dentro del Poder Judicial, presentan su currículum en espera de que se abra una vacante.

El origen de la reserva está en el viejo esquema de selección de jueces de carrera judicial y del que se hacía cargo el extinto Consejo de la Judicatura del Estado. Tras la reforma emprendida por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y avalada por el Congreso de la Unión, a finales del 2024, el esquema nacional de designación de juristas fue desechado y se armó un marco legal motivado -al menos conceptualmente- en la democratización de los cargos jurisdiccionales, mediante el voto popular directo; un esquema altamente cuestionado por organismos nacionales e internacionales, pero que aún así fue empujado por la agenda del régimen vinotinto.

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Ni en la Constitución Mexicana ni en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se dejó espacio para la interpretación en torno a la designación de letrados. Por el contrario, establece requisitos para ser electo juez en varios artículos.

Pero esto no fue impedimento para que el Congreso de Baja California, con respaldo de la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda, crearan una figura que viola flagrantemente el espíritu de la norma, dado que le otorga facultades a la gobernadora y a los diputados de designar a magistrados sin elección judicial; en tanto, al TSJE lo dotó para imponer jueces sin necesidad de un proceso electoral.

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El artículo 65 de la Constitución de Baja California, define las facultades que tiene el Consejo de Administración (antes Consejo de la Judicatura); escondido en uno de los párrafos, el Congreso de Baja California, cuyo coordinador de la Junta de Coordinación Política es el diputado Juan Manuel Molina, otorgó facultades que están fuera del origen de la norma: “Para ocupar los cargos de nueva creación de Magistraturas a que hace referencia el párrafo anterior, la gobernadora o gobernador del Estado, someterá una terna a consideración del Congreso del Estado, el cual elegirá por el voto de la mayoría calificada de sus integrantes presentes a una persona para ejercer la vacante de nueva creación. Por lo que hace a los cargos de Juezas y Jueces, el Pleno del Tribunal de Justicia del Estado elegirá por el voto de la mayoría calificada de sus integrantes presentes a una persona para ejercer la vacante de nueva creación”, refiere el párrafo ampliamente cuestionado por juristas entrevistados por ZETA hace algunas semanas.

Marina del Pilar Àvila Olmedo, Foto: Cristian Torres

No conforme con ello, el mismo párrafo obliga a que los jueces, por “dedazo”, tengan preferencia para ser colocados en las boletas electorales para el próximo proceso electoral que, según el consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE), Luis Alberto Hernández Morales, se tiene prevista hasta el 2033, y no el 2027, como se hará a nivel federal.

Esto otorgará a los próximos jueces el beneficio de ocupar los nuevos espacios por un periodo de ocho años sin necesidad de someterse a elección judicial. No conforme con la descarada traición a la política de la Presidenta Claudia Sheinbaum, los planteamientos en Baja California refieren que por no haber sido propiamente “electos”, podrían competir en el 2033, y nuevamente por otro periodo de ocho años al terminar éste.

Este párrafo también faculta a la gobernadora para incrementar libremente el número de salas del TSJE cuando le plazca, y colocar a uno, dos o tres amigos (o amigas) dentro del Poder Judicial, pues enviaría una terna que sería discutida y avalada por el Congreso de Baja California, convertido en Oficialía de Partes del Poder Ejecutivo.

LOS JUECES DEL DEDAZO

Los jueces impuestos, son algunos abogados que solían ser secretarios en las salas de los magistrados; exjueces que no alcanzaron la votación para la representación popular y algunos litigantes de Tijuana.

Según lo referido por el artículo 98 de la Constitución Mexicana, cuando exista una vacante de jueces “la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en número de votos en la elección para ese cargo; en caso de declinación o imposibilidad, seguirá en orden de prelación la persona que haya obtenido mayor votación. El Senado de la República tomará protesta a la persona sustituta para desempeñarse por el periodo que reste al encargo”; mientras que los artículos 94 y 96 define el procedimiento mediante el cual se hará la selección, que va desde el proceso de selección y depuración de los comités seleccionadores, hasta el proceso de análisis del Senado y la toma de protesta del mismo.

Esto quiere decir que no existe un marco legal que sustente el proceso de selección realizado por el Congreso de Baja California ni el TSJE, dado que el proceso debería otorgar el espacio a los segundos lugares dentro del proceso electoral. Esto, sin mencionar que el “estudio” realizado por el Poder Judicial para ampliar el número de jueces a 11, debió tomar al menos un año, según especialistas consultados por ZETA, por lo que debieron someterlos también a voto popular.

En septiembre de este año, el nuevo Poder Judicial tomó protesta con aproximadamente el 85 por ciento de los cargos reelectos -es decir, no hubo depuración dentro del Poder Judicial-, pero les fue tomada la protesta por parte del Poder Legislativo. En este caso no ocurrió así, y se designó de manera libre -y poco transparente- por parte de los 17 magistrados.

Dentro de la lista de nombres podemos ver en materia civil a:

Norma Angélica Nila González: Exjueza del Juzgado Séptimo de lo Civil, que perdió en el pasado proceso electoral al ser la candidata número 72 de los 79 que integraban toda la lista de jueces de primera instancia en el municipio de Tijuana, con un total de 0.18 por ciento, los cuales obtuvo con poco más de 16 mil votos, cuando los ganadores alcanzaron hasta 79 mil sufragios.

Nila González fue una de las juezas beneficiadas por el “enroque” de jueces promovido por el magistrado Alejandro Isaac Fragozo López, dado que se ubicaba en el Juzgado Octavo Civil y pasó al séptimo, con mucho menor rezago.

 

 

María del Socorro Peralta Robles: Sería otra exjueza rescatada por los magistrados del TSJE, dado que fue titular del Juzgado Décimo Quinto Corporativo hasta que perdió en el pasado proceso electoral. Anteriormente fue jueza provisional del Juzgado Sexto de Tijuana.

Su votación apenas alcanzó los 19 mil votos, lo que la hizo acreedora al 0.21 por ciento de los sufragios. Es decir, fue una de las menos votadas de todo el proceso electoral en su jurisdicción. Durante su gestión como jueza sólo concretó el 12 por ciento de los exhortos emitidos y la mayoría de sus audiencias diferidas se dieron porque no se les notificó a las partes del proceso.

 

 

 

Jorge Humberto Plantillas García: Exjuez rescatado, que dirigía el Décimo especializado en materia mercantil en el Partido Judicial de Tijuana, quien obtuvo apenas el 0.20 por ciento de las preferencias electorales, con 18 mil 200 votos; uno de los peor calificados, pese a que tenía amplia experiencia judicial.

 

 

 

 

 

Erika Michele Segura Covarrubias: Consejera presidenta de la Delegación Baja California, de la Barra Latinoamericana de Juristas y Peritos, quien aspiró a ocupar el cargo de Jueza en el Partido Judicial de Ensenada, pero días antes de la elección judicial presentó su renuncia a la candidatura de forma inexplicable y no participó en el proceso. Extrañamente, meses después de la decisión de no participar, es designada jueza, pero en materia civil en el municipio de Tijuana, para los juzgados de “nueva creación”.

 

 

 

En materia laboral:

 

Héctor Ricardo Canales Ramírez: Otro exjuez laboral de Tijuana, rechazado por la ciudadanía en el pasado proceso electoral 2025, pero al que el magistrado Alejandro Isaac Fragozo López y sus compañeros del TSJE decidieron darle un repechaje, para que pudiera obtener el nuevo nombramiento.

La votación alcanzada fue de apenas 12 mil 941 votos, lo que le da un total del 0.14 por ciento de las preferencias electorales, pese a que ya era juez reconocido y que trabajó como subdirector jurídico en la administración de Arturo González Cruz, teniendo como jefe al conocido abogado Salvador Gómez Ávila.

 

 

Antonio Lagunas Molina: Exjuez laboral rescatado, dado que no alcanzó los votos suficientes para ser electo por la ciudadanía; obtuvo apenas el 0.16 por ciento, con poco más de 15 mil votos en toda la jurisdicción de Tijuana.

Lagunas Molina, fue uno de los jueces que más impugnaciones y quejas electorales presentó en la materia, en las que en algunos casos ni siquiera presentó correos o domicilio para recibir notificaciones, según consta en expedientes emitidos por el propio Tribunal de Justicia Electoral de Baja California.

 

 

 

 

Alondra Eugenia ⁠Abraján Castañeda: Exjueza, removida tras los malos resultados en la elección judicial, misma que ahora será reasignada por decisión de la cúpula del TSJE. Su experiencia en materia laboral no es cuestionable, dado que cuenta con amplia experiencia en el ramo. Sin embargo, su designación corrió por cuenta de los magistrados y no del voto popular, ignorando el proceso de selección constitucional.

La diferencia en torno a los jueces laborales es que había menos candidatos compitiendo por dichos cargos.

El Poder Judicial no definió criterios específicos por los cuales definió concretamente por estos perfiles que prácticamente fueron “rescatados” del pasado proceso electoral, pues no alcanzaron la votación requerida para su nombramiento.

Resulta interesante conocer que -según el Poder Judicial- los candidatos fueron extraídos de una lista de reserva, cuando la mayoría de los perfiles eran titulares, por lo que sus nombres debieron ser removidos de este “banco” de abogados.

El único punto que el TSJE respetó es que los nuevos jueces fueron electos respecto al principio de paridad.

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Autor(a)

Eduardo Villa
Eduardo Villa
Periodista desde 2011 y corresponsal en Mexicali del Semanario Zeta. Participante del Border Hub del International Center for Journalists y coautor del libro “Periodismo de Investigación en el ámbito local: transparencia, Acceso a la Información y Libertad de Expresión”
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