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lunes, noviembre 10, 2025
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Violencia política de género

El caso del proceso penal contra el conductor de PSN, Marco Antonio Blásquez Salinas, por presunta violencia política de género cometida en agravio de la gobernadora Marina del Pilar Avila Olmeda se encuentra suspendido hasta que se resuelva en su totalidad el juicio de amparo que el imputado promovió en su intento de que el asunto no llegue a sentencia y evitar ser condenado. Por el momento, su defensa consiguió la exclusión probatoria para acreditar la reparación del daño en favor de la ofendida. Se trata de la causa penal 3690/2024 que se sigue en el Centro de Justicia Penal de Tijuana en contra del comunicador neoleonés, quien antes fue senador de la República, y a la postre, diputado en el Congreso del Estado por el Partido del Trabajo. Desde el 20 de agosto de 2024, Blásquez se encuentra vinculado a proceso por su probable responsabilidad en la comisión del delito de violencia política contra la mujer en razón de género, previsto y sancionado por el artículo 20 Bis fracciones I y VIII de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cometido en agravio de la gobernadora del Estado. Marco Antonio Blásquez Salinas fue denunciado el 25 de julio de 2023 ante la Fiscalía General de Baja California por tres expresiones vertidas en contra de Avila Olmeda. La primera de ellas, el 18 de enero de 2022, desde las oficinas de PSN Noticias y compartida en redes sociales, señalando que la gobernadora simulaba estar en control del gobierno, pero “la señora optó por darle el poder a su marido”. El segundo de los dichos atribuido a Blásquez, es el de fecha 7 de febrero de 2022, igual emitido en PSN a través de redes, refiriendo que la gobernadora “no se está ocupando de los temas públicos, de eso se ocupa su esposo”. Y finalmente, el último de los comentarios, emitido el 9 de febrero de ese mismo año, insiste en señalar que Carlos Torres, consorte de la gobernadora, era el que tomaba las decisiones. En su declaración, durante la audiencia inicial, el imputado reconoció tales manifestaciones, pero dijo que su intención nunca fue lastimar a la víctima, asegurando que fue sancionado por la autoridad electoral, e incluso ofreció disculpas en dos ocasiones. Sin embargo, la Jueza de Control estableció que los exabruptos del hoy procesado se realizaron con estereotipos de género con la intención de menoscabar los derechos políticoelectorales, al afectar y menospreciar el desempeño en el cargo público de Marina del Pilar Avila Olmeda. Incluso se tomaron en consideración las opiniones técnicas de dos psicólogas. Tras ser sometido a proceso penal, Blásquez Méndez buscó el amparo y protección de la justicia federal en el Juzgado Decimoséptimo de Distrito con residencia en Tijuana (190/2024), mismo que le fue negado el 31 de julio de 2025, aunque ya interpuso el recurso de revisión por conducto de su defensor particular, Rubén Fernando Benítez Álvarez del Castillo, y el asunto irá a un Tribunal Colegiado en Mexicali. Por su parte, la Consejería Jurídica del Estado también tramita un amparo contra la jueza y magistrados que negaron autorizar la reclasificación de la pena aplicable, la exclusión probatoria para acreditar la reparación del daño y la suspensión del proceso sin emitir el auto de apertura al juicio oral.

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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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