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viernes, octubre 3, 2025
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Presidente de la SCJN rechaza retroactividad en Ley de Amparo

Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), rechazó, el 3 de octubre de 2025, la retroactividad en la reforma a la Ley de Amparo, avalada en el Senado, e incluso advirtió que sería corregida de llegar al máximo tribunal constitucional.

“No, eso sí, no [la retroactividad]. Eso se tiene que ajustar”, afirmó el ministro, en un encuentro con reporteros, en la sede de la SCJN. “Claro”, respondió si la Suprema Corte de Justicia de la Nación ajustaría la reforma en caso de que los diputados federales no acataran la recomendación de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, de eliminar ese transitivo en la reforma.

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Sin embargo, Aguilar Ortiz -quien fue el único de los nueve ministros que acudió a la reunión con los reporteros que cubrían las actividades de la SCJN- aseguró que la reforma a la Ley de Amparo era necesaria, debido a lo burocratizado de los casos.

“El procedimiento está muy burocratizado. O hay muchísimos medios de impugnación que hacen de pronto que los juicios se hagan interminables. Entonces sí es necesario simplificar buena parte del procedimiento. En algunos casos el tema de la ejecución de sentencias”, dijo el ministro.

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Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, titular de la Coordinación General de Política y Gobierno, de la Oficina de la Presidencia de la República, sugirió, el 3 de octubre de 2025, a los legisladores, hacer adecuaciones a la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, para que no se aplicara la retroactividad.

Durante la conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo -llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional, el ex ministro presidente de la SCJN aseguró que no estaban de acuerdo con la retroactividad y lanzó tres peticiones al Congreso de la Unión.

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“No estamos a favor de ningún tipo de retroactividad. Por eso, de manera muy respetuosa y en el ánimo de un diálogo constructivo, institucional entre poderes, nos permitimos sugerir respetuosamente, si así lo estiman conveniente las y los legisladores, hacer las siguientes adecuaciones al artículo, sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”, indicó el funcionario federal.

“Primero que se establezca que la Ley de Amparo es una ley procesal. Entendemos que esto no es ortodoxo, no sería estrictamente necesario, pero estamos en una etapa donde las leyes deben tener también un efecto pedagógico, que el pueblo las entienda, los tecnicismos jurídicos a veces son inevitables y en una ley como la de amparo incluso necesarios, pero hay que tratar de clarificar de la mejor manera”, insistió Zaldívar Lelo de Larrea.

“Si se establece claramente que la ley de amparo es una ley procesal de inmediato se advierte que el juego de la ley es distinta y que se aplica la jurisprudencia. En segundo lugar, que se prevea con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación”, agregó el ex ministro.

“La regla general es que cada actuación en un juicio se rija por las leyes vigentes en el momento de esta actuación. Entonces, no hay problema, no se van a revocar suspensiones ni actos en los amparos que ya causaron estado y esto creemos que se debe establecer de manera expresa en el precepto”, abundó el funcionario federal.

“En tercer lugar que se diga también que de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de este decreto de reformas se regirán por las nuevas disposiciones sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos pues se trata de actuaciones futuras”, enfatizó Zaldívar Lelo de Larrea, quien subrayó en que se debía clarificar la Ley, para que se disiparan las dudas.

“Si las y los legisladores tienen a bien acoger estas respetuosas sugerencias, nos parece que el precepto tendrá claridad, se ajusta perfectamente a la Constitución, no tiene retroactividad alguna, no se afectan derechos adquiridos ni violan la Constitución”, expresó el ex ministro presidente de la SCJN.

“Pensamos que se tiene que clarificar porque la presidenta, lo digo una vez más, ha sido clara y contundente, no estamos de acuerdo con ninguna violación a la Constitución, con ninguna aplicación retroactiva, y si este precepto no es suficientemente claro, exhortamos respetuosamente a que se aclare para que las dudas se disipen y quede sin ningún problema que las etapas anteriores a la entrada en vigor de la reforma no se tocan, y eso solamente al futuro, para hacer más ágil el juicio de amparo y aprovechar las ventajas de la reforma”, finalizó el funcionario federal.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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