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jueves, octubre 2, 2025
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No era necesario incluir transitorio para retroactividad en Ley de Amparo: Sheinbaum

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dijo, el 2 de octubre de 2025, que no era necesario incluir un artículo transitorio al proyecto de reforma a la Ley de Amparo que presentó ante el Senado, y señaló que la misma iniciativa no permitía la retroactividad de esta norma.

No obstante, durante su conferencia de prensa matutina -llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional-, la titular del Poder Ejecutivo Federal pidió esperar a que se terminara de discutir en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

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“Nosotros enviamos esta iniciativa que no tenía este agregado. Primero, hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que uno cambie la Constitución, y en ese cambio en la Constitución establezca las condiciones”, detalló la mandataria nacional.

“Para contratos previos o para otras acciones tendría que cambiarse la Constitución, pero en las leyes no puede haber retroactividad. Eso es lo primero y hay que respetar la Constitución”, enfatizó la presidenta de la República.

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“Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio, lo que dice es que a partir de que se apruebe la ley, que lo nuevo tiene que irse con ese decreto. Me parece que tiene que garantizarse que tienen que seguir con las leyes anteriores, el tema es a los nuevos amparos, aunque sea un caso del pasado

“Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio. Lo que dice es que a partir de que se apruebe la ley pues lo nuevo ya tiene que ir con ese decreto. Desde mi punto de vista, no era necesario poner ese transitorio porque, si es a partir de que se emite la ley, lo nuevo pues ya entra con la nueva ley, para qué entonces se pone el transitorio. Ese es mi punto de vista, no soy abogada, pero creo que así debe ser”, sostuvo Sheinbaum Pardo.

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No obstante, la titular del Poder Ejecutivo Federal consideró que los nuevos amparos, de casos pasados, deberían estar regidos bajo la nueva ley y que no fueran aplicables a la retroactividad.

“Me parece, desde mi punto de vista, pues que tiene que garantizarse que los juicios que hoy están en amparo, que no han llegado a la Corte, y que no representan un nuevo juicio de amparo, pues tienen que seguir con las leyes anteriores, porque ya es un procedimiento previo, no hay retroactividad en las leyes. El tema es a los nuevos amparos, aunque sea un caso del pasado, si es un nuevo amparo, pues se aplica la nueva ley. Ese es mi punto de vista”, agregó la mandataria nacional.

Después de un par de audiencias públicas, con 76 votos a favor y 39 sufragios en contra, el Pleno del Senado de la República avaló, en lo general, la noche del 1 de octubre de 2025, con algunas modificaciones, la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, que reformó la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Los sufragios a favor fueron emitidos por los senadores de la autodenominada “cuarta transformación”, integrada por los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT).

Mientras que los votos en contra, fueron emitidos por los senadores de los grupos parlamentarios de oposición, integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).

Sin embargo, en la discusión en lo particular, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, senador del grupo parlamentario de Morena, propuso una reserva para agregar, de último momento, una cláusula de retroactividad, que establecía que los amparos en trámite (más de 700 mil casos en la actualidad) continuarían bajo las nuevas reglas restrictivas, contraviniendo el artículo 14 constitucional, que prohíbía la retroactividad de las leyes.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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