Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, titular de la Coordinación General de Política y Gobierno, de la Oficina de la Presidencia de la República, sugirió, el 3 de octubre de 2025, a los legisladores, hacer adecuaciones a la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, para que no se aplicara la retroactividad.
Durante la conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo -llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional, el ex ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aseguró que no estaban de acuerdo con la retroactividad y lanzó tres peticiones al Congreso de la Unión.
“No estamos a favor de ningún tipo de retroactividad. Por eso, de manera muy respetuosa y en el ánimo de un diálogo constructivo, institucional entre poderes, nos permitimos sugerir respetuosamente, si así lo estiman conveniente las y los legisladores, hacer las siguientes adecuaciones al artículo, sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”, indicó el funcionario federal.
“Primero que se establezca que la Ley de Amparo es una ley procesal. Entendemos que esto no es ortodoxo, no sería estrictamente necesario, pero estamos en una etapa donde las leyes deben tener también un efecto pedagógico, que el pueblo las entienda, los tecnicismos jurídicos a veces son inevitables y en una ley como la de amparo incluso necesarios, pero hay que tratar de clarificar de la mejor manera”, insistió Zaldívar Lelo de Larrea.
“Si se establece claramente que la ley de amparo es una ley procesal de inmediato se advierte que el juego de la ley es distinta y que se aplica la jurisprudencia. En segundo lugar, que se prevea con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación”, agregó el ex ministro.
“La regla general es que cada actuación en un juicio se rija por las leyes vigentes en el momento de esta actuaciónEntonces, no hay problema, no se van a revocar suspensiones ni actos en los amparos que ya causaron estado y esto creemos que se debe establecer de manera expresa en el precepto”, abundó el funcionario federal.
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“En tercer lugar que se diga también que de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de este decreto de reformas se regirán por las nuevas disposiciones sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos pues se trata de actuaciones futuras”, enfatizó Zaldívar Lelo de Larrea, quien subrayó en que se debía clarificar la Ley, para que se disiparan las dudas.
“Si las y los legisladores tienen a bien acoger estas respetuosas sugerencias, nos parece que el precepto tendrá claridad, se ajusta perfectamente a la Constitución, no tiene retroactividad alguna, no se afectan derechos adquiridos ni violan la Constitución”, expresó el ex ministro presidente de la SCJN.
“Pensamos que se tiene que clarificar porque la presidenta, lo digo una vez más, ha sido clara y contundente, no estamos de acuerdo con ninguna violación a la Constitución, con ninguna aplicación retroactiva, y si este precepto no es suficientemente claro, exhortamos respetuosamente a que se aclare para que las dudas se disipen y quede sin ningún problema que las etapas anteriores a la entrada en vigor de la reforma no se tocan, y eso solamente al futuro, para hacer más ágil el juicio de amparo y aprovechar las ventajas de la reforma”, finalizó el funcionario federal.
Un día antes, el coordinador del grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Ricardo Monreal Ávila, consideró que el artículo transitorio aprobado por el Senado, que contemplaba hacer retroactiva la Ley de Amparo recién aprobada, era violatorio de la Constitución.
Aunque dijo que se trataba de una opinión como constitucionalista, el político zacatecano advirtió que en San Lázaro privaría la racionalidad y corregirían dicho artículo. “Vamos a darle congruencia a la Constitución, se lo aseguro”, planteó.
El coordinador del grupo parlamentario de Morena en San Lázaro dijo que el Artículo 14 constitucional establecía que no se le podía dar efecto retroactivo a ninguna ley en perjuicio de persona alguna, y una ley secundaria no podía contravenir la Constitución
“Si la redacción queda así: someter a la ley que se aprueba juicios anteriores que se hayan iniciado, sí es violatorio, desde mi punto de vista como constitucionalista. En todo caso, el transitorio debería decir que en el caso de juicios anteriores tiene que aplicarse la norma jurídica que inició el proceso, no la nueva que se está reformando, precisamente para que no se aplique retroactivamente la ley en perjuicio de las personas que están intentando por la vía jurisdiccional algún medio de defensa”, explicó Monreal Ávila.
“Es mi opinión como constitucionalista, como maestro del Posgrado de Derecho de la [Universidad Nacional Autónoma de México] UNAM, pero obviamente tengo que comentarlo con mis compañeros, lo haré valer ante la Comisión de Justicia, pero creo que en las bancadas hay una actitud muy racional y jurídicamente sustentable, espero que lo revisemos con mucho cuidado este transitorio”, planteó el político zacatecano, quien descartó que hubiera existido dolo por parte de los senadores o una señal específica a empresa o persona alguna.
“Todavía no hemos recibido la minuta que proviene de la Cámara de Senadores, una vez que la recibamos he pedido que la turnen a la Comisión de Justicia, que es el lugar que le corresponde”, comentó Monreal Ávila, quien respecto a la ruta legislativa a seguir, detalló que en cuanto llegara la minuta a la Cámara revisora, se turnaría a la Comisión de Justicia de San Lázaro, presidida por Julio César Moreno Rivera.
“Creo que va a prevalecer el buen juicio en la Cámara de Diputados y que la Comisión hará lo correcto en el contenido de la reforma, particularmente del transitorio”, planteó el legislador zacatecano.
El 2 de octubre de 2025, la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) afirmó que aprobación de la reforma a la Ley de Amparo en el Senado de la República, representaba “un grave retroceso”, en un momento decisivo para la justicia constitucional en México.
“En COPARMEX reconocemos los ajustes realizados al dictamen, como la incorporación del interés legítimo colectivo y las sanciones a autoridades que incumplan sentencias; sin embargo, advertimos que persisten disposiciones que limitan derechos fundamentales, ponen en riesgo la certeza jurídica y pueden frenar la inversión y la generación de empleo”, dijo el sindicato patronal, en un comunicado.
“El juicio de amparo, creado en el siglo XIX, ha sido un instrumento histórico que permitió a México ser referente mundial en justicia constitucional. Gracias a él, negocios familiares, micro y pequeñas empresas como loncherías, papelerías, tortillerías, tintorerías o gimnasios han podido defenderse frente a abusos de autoridad. Por ello, cualquier cambio debe fortalecerlo y no restringirlo”, recordó la COPARMEX.
“Valoramos la apertura a escuchar voces sociales y empresariales, así como el reconocimiento a la figura del interés legítimo colectivo. No obstante, esta sigue siendo limitada y corre el riesgo de dejar sin representación a comunidades, organizaciones y empresas que históricamente han utilizado el amparo para defender causas sociales, ambientales y de salud pública. Por ejemplo, un ciudadano o un negocio que busque detener una norma inconstitucional antes de que le cause un daño irreparable, ya no podría hacerlo si no demuestra ese interés inmediato”, destacó el sindicato patronal.
“En materia de suspensión del acto reclamado, observamos rigidez que debilita la eficacia del amparo como salvaguarda inmediata. En casos como el bloqueo de cuentas bancarias o créditos tributarios, las restricciones impuestas impedirán a muchas empresas seguir operando mientras se resuelve el juicio. Esto puede traducirse en cierres de negocios, pérdida de empleos y afectaciones directas a la economía de miles de familias”, subrayó la COPARMEX.
“Otro punto crítico es la limitación en la forma de garantizar créditos. Al exigirse únicamente depósitos en efectivo o cartas de crédito, se excluye la posibilidad de hacerlo con inmuebles, prendas o negocios en marcha, generando un esquema que favorece únicamente a quienes cuentan con alta liquidez y dejando en desventaja a micro, pequeñas y medianas empresas, que son el corazón de la economía mexicana”, enfatizó el sindicato patronal.
“Reconocemos que las autoridades ahora enfrentarán sanciones en caso de incumplir sentencias, pero advertimos que la cláusula de “imposibilidad jurídica o material” sigue siendo demasiado abierta. Bastará alegar falta de presupuesto o de recursos para incumplir una resolución, debilitando el papel del amparo como garante efectivo de los derechos”, comentó la COPARMEX.
“Aún más grave es que en la sesión plenaria se reincorporó un artículo transitorio que establece la aplicación retroactiva de la reforma, lo que impactaría incluso a los juicios actualmente en trámite. Este cambio rompe con la certeza jurídica, vulnera principios constitucionales y genera incertidumbre tanto para ciudadanos como para las empresas que hoy litigan en defensa de sus derechos”, refirió el sindicato patronal.
“En COPARMEX hacemos un llamado respetuoso y firme a todos los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados para que corrijan el rumbo de esta reforma y escuchen a la sociedad civil, a la academia, a colegios de abogados y al sector productivo. México necesita preservar un juicio de amparo sólido, accesible y eficaz, capaz de proteger a los ciudadanos, garantizar el Estado de derecho y sostener la confianza en nuestras instituciones. Solo así podremos asegurar la justicia, la inversión y el desarrollo económico de nuestro país”, finalizó la Confederación.