En la sesión extraordinaria número 21 del Cabildo de Tijuana el cuerpo edilicio aprobó por unanimidad la condonación de multas y recargos municipales para el ejercicio fiscal 2025 y anteriores con vigencia del 1 de julio al 31 de agosto.
En el acuerdo se establece que aquellos contribuyentes que realicen el pago del impuesto predial e impuesto sobre la adquisición de inmuebles durante el período de vigencia, se les condonará el 100 por ciento de las multas y recargos del ejercicio 2025 y anteriores.
Mientras que para aquellos que paguen derechos municipales entre el 1 de julio y el 31 de agosto, se les condonará el 50 por ciento de las multas y los recargos, lo mismo para quienes realicen el pago de multas por incumplimiento de los reglamentos municipales, siempre y cuando sean liquidados en su totalidad y cumplan con las disposiciones establecidas.
Sin embargo, la condonación de multas no aplica para las infracciones impuestas por estacionar el vehículo frente a rampas y accesos exclusivos para personas con discapacidad, así como las infracciones establecidas en el Artículo 119 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular del Municipio de Tijuana, como:
-Conducir en estado de ebriedad, bajo el influjo de alguna droga o estupefacientes
-No acatar la distancia reglamentaria entre un vehículo y otra, que garantice la detención oportuna en los casos en que uno frene intempestivamente
Publicidad
-No respetar el exceso de velocidad restringida
-No respetar el límite de velocidad máxima en la ciudad, que es de 40 kilómetros por hora, excepto en las zonas escolares donde es de 20 kilómetros por hora o el límite que el señalamiento gráfico indique en ambos casos.