Los integrantes del grupo musical Los Alegres del Barranco fueron vinculados a proceso por haberle cantado y mostrado imágenes alusivas al líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, durante un concierto en marzo pasado.
Un juez de control penal y de oralidad en el núcleo del Penal de Puente Grande inició el proceso penal por apología del delito en contra de los músicos, así como su promotor y representante, han sido vinculados.
En la audiencia de vinculación celebrada la mañana de este lunes 12 de mayo se dictaron las siguientes medidas cautelares:
* Presentación periódica cada semana para firmar en el juzgado.
* Prevalece la garantía económica de 300 mil pesos por cada uno de ellos (1 millón 800 mil pesos en total).
* Solo se les dará oportunidad de salir a conciertos en otros estados y regresar al terminar.
El juzgador decretó un plazo de tres meses para la investigación complementaria y duración de las medidas cautelares que permiten a los vinculados enfrentar el proceso en libertad.
Esta es la tercera ocasión en que la Fiscalía del Estado procede en casos de apología del delito presuntamente cometidos por intérpretes musicales.
La primera fue vez fue en 2016, tras la difusión del video de la canción Fuiste mía interpretada por el cantante Gerardo Ortiz, en el que se representaba un presunto feminicidio, aunque a final de cuentas el cantante fue exonerado.
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Otro juicio penal se desarrolló en 2018 en contra de un cantante de rap, quien además habría participado en la desaparición de tres estudiantes de cine de una universidad particular en Guadalajara.
Y finalmente este caso de Los Alegres del Barranco, que habrían desplegado la presunta conducta delictiva durante un concierto realizado el pasado 29 de marzo en el Auditorio TELMEX administrado por la Universidad de Guadalajara.
Los referidos procesados fueron imputados el pasado martes 6 de mayo, fijándoseles en el juzgado las medidas cautelares de no salir del Estado, y la exhibición -en conjunto- de una garantía por 1 millón 800 mil pesos; es decir, 300 mil por cada uno de ellos.
La resolución es apelable.