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viernes, abril 25, 2025
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Magistrado llama traidor a ministro Dayán, por votar a favor de la reforma al Poder Judicial

El magistrado en retiro Pablo Monroy Gómez llamó traidor, el 24 de abril de 2025, al ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, quien fue uno de los cuatro votos contra siete sufragios, con los que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó, el 5 de noviembre 2024, el proyecto de sentencia que presentó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos de oposición, en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) y que resolvería las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).

Durante la conferencia magistral ‘La defensa de la Constitución’, que ofreció el ministro en la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán, el magistrado en retiro tomó el micrófono entre el público, para reprocharle las consecuencias de la reforma judicial.

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“Nunca sospechamos que tú no votarías a favor de ese proyecto porque, como juzgador, recordarás que no solamente se analizan temas jurídicos, sino también políticos, el momento que se está viviendo. Y también, como juzgador, sabrás, lo sabemos, que hay que pensar en las consecuencias que tiene nuestro voto o nuestra sentencias y ve las consecuencias que estamos sufriendo por ese voto que tú no diste a favor del proyecto. Ve las consecuencias: candidatos a jueces que son personas ligadas al narco y eso es una consecuencia de lo que tú no votaste”, dijo Monroy Gómez.

“Cuando nos designan jueces o magistrados, rendimos una protesta, decimos que protestamos honrar a la Constitución, protegerla; yo creo que esa protesta, y te lo digo de frente, Alberto, no la cumpliste, la traicionaste, yo aquí en este foro te he calificado de traidor y te lo digo de frente, no me gusta decirlo a las espaldas de nadie. Eso es todo, Alberto”, enfatizó el magistrado en retiro.

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Monroy Gómez también cuestionó a Pérez Dayán, cómo podía lidiar su conciencia con el hecho de haber acabado con los proyectos de vida de muchos servidores públicos judiciales y con lo que ambos creían de jóvenes, porque ambos se conocían desde hacía 35 años, cuando ambos fueron secretarios en un tribunal colegiado, con la magistrada María Simona Ramos Ruvalcaba.

“Yo lo que te pregunto, y con esto termino, es ¿cómo puedes vivir tú las consecuencias de ese voto que no diste reflejado en tantos perjuicios? ya no digamos a los funcionarios judiciales, ya no digamos al robo de los fideicomisos, uno de ellos, Alberto, uno de ellos ahorros nuestros, tuyos, míos ¿te acuerdas cuando éramos secretarios con Simona, que conformamos ese ahorro? Y después la Corte dijo ‘oigan, están ahorrando, yo les doy un tanto más porque como no sube el sueldo, es una prestación”, expresó el magistrado

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“Eso es un robo, es una expropiación, pero bueno, tantos compañeros, tantas compañeras, con sus proyectos de vida frustrados, Alberto. No me lo puedo imaginar cómo tú, siendo una persona que yo conocía, una persona de bien, puede vivir con eso en la conciencia, no lo sé”, insistió Monroy Gómez, quien coincidió con Pérez Dayán en un tribunal colegiado como secretarios, además de que ambos trabajaron en la SCJN, y más tarde llegaron a ser jueces de distrito y magistrados.

En el 2012, ambos estuvieron en la terna que rechazó el Senado para sustituir al ministro Salvador Aguirre Anguiano. No obstante, Pérez Dayán llegaría a ministro en una segunda terna propuesta ese mismo año, para ocupar el cargo del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

El de noviembre de 2024, durante el debate del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el ministro Pérez Dayán anunció que votaría en contra del proyecto de sentencia que presentó su homólogo, González Alcántara Carrancá, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos de oposición, en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) y que resolvería las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos PAN, PRI y MC.

Al dar su postura, Pérez Dayán afirmó que invalidar la reforma al PJF sería una insensatez para responder a otra insensatez. Norma Lucía Piña Hernández, presidenta del máximo tribunal constitucional intentó aclarar su posible voto, pero el ministro le volvió a responder que no irá con el proyecto de González Alcántara Carrancá.

“Por tales razones, no coincido con la propuesta sobre una nueva reflexión. Convencido que esta acción de constitucionalidad a partir de sus precedentes debe considerarse improcedente y sobreseer en la misma sé de las consecuencias de la reforma judicial e incluso lo siento personalmente, a mí también me toca, sin embargo, sostengo que existen otras vías que protegen esos anhelos y que tienen como eje principal no el combate de normas electorales, sino el reconocimiento y protección de los derechos humanos”, aseguró Pérez Dayán.

“Lamento profundamente que aquellas instancias del orden electoral, tanto en el ámbito administrativo, y después, en el jurisdiccional, renunciando al ejercicio responsable de sus competencias, esas ciertas y no cuestionadas, hay en privilegiando, interpretaciones sesgadas que favorecieron intereses estrictamente personales”, insistió Pérez Dayán.

“Concluyo, aceptando con el proyecto que los actores tienen legitimación para promover una acción de inconstitucionalidad la aquí analizada es en mi concepto total y absolutamente improcedente y ello conduce a sobreseer en ella conforme a los precedentes a los que me he referido”, enfatizó el ministro.

“Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo, con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez, llevada irresponsablemente al texto supremo, con otra insensatez equivalente, al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, finalizó Pérez Dayán.

El ministro leyó los anteriores criterios emitidos por la SCJN, con los que argumentó su no coincidencia con el criterio de González Alcántara Carrancá, pero destacó que, en determinados casos y a través de otros medios de defensa, el máximo tribunal constitucional sí tenía competencia para revisarlos.

Pérez Dayán agregó que existían medios de control para que se cuestionara ante la SCJN, el procedimiento de reforma a la propia Constitución, siempre y cuando, se desprendiera del artículo 135 de la Constitución, así como de los artículos 71 y 72 de la Carta Magna.

El ministro del máximo tribunal constitucional, González Alcántara Carrancá planteó en su proyecto declarar la inconstitucionalidad de la elección por vía voto popular de jueces y magistrados, pero mantendría la de ministros, para poner fin a la “crisis constitucional”.

“Se declina conocer de ese régimen (elección de ministros) en un ejercicio de autocontención, deseando el final de la crisis constitucional actualmente en curso y la vuelta a la normalidad institucional de las relaciones entre los Poderes de la Unión”, explicó González Alcántara Carrancá en su sentencia.

El proyecto del ministro también propuso declarar la invalidez de la figura de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales, así como la elección por voto popular de jueces y magistrados.

Sin embargo, la propuesta de González Alcántara Carrancá pidió que se mantuviera la elección de los integrantes de la SCJN, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.

Además de la posible invalidación de la elección de jueces federales y magistrados, el ministro también propuso declarar la inconstitucionalidad de la renovación total de los poderes judiciales locales, esto es, que los jueces estatales no fueron removidos y sustituidos por otros electos por la vía del voto popular.

El ministro aclaró que el análisis de la reforma judicial surgió de que hubo una violación a los principios constitucionales y una “grave afectación a la democracia constitucional” y, haciendo eco del discurso presidencial en contra del PJF, asegurando que los privilegios que se buscaban mantener, eran las garantías de imparcialidad e independencia en el cargo.

En su proyecto, González Alcántara Carrancá afirmó que sus pares del máximo tribunal estaban plenamente facultados para analizar el régimen electoral de ministros, pero propuso sobreseer su discusión por “mesura institucional”.

El ministro afirmó que la SCJN, en su carácter de tribunal constitucional, pudiera revisar las reformas constitucionales que afectaran los principios básicos establecidos en la Carta Magna, lo que se había llamado “cláusulas pétreas”.

El 5 de noviembre de 2024, por cuatro votos a favor contra siete sufragios, el Pleno de la SCJN, desechó el proyecto de sentencia que presentó el ministro González Alcántara Carrancá, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos de oposición, en contra de la reforma al PJF y que resolvería las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos PAN, PRI y MC.

Los ministros que sufragaron a favor del proyecto, fueron Noma Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos-Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, y Luis María Aguilar Morales. Mientras que Alberto Gelacio Pérez Dayán, Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama, votaron en contra.

Tras cinco horas de sesión, en la que se discutió y aprobó únicamente los apartados de legitimación y procedencia, el proyecto de González Alcántara Carrancá no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para determinar la invalidez parcial de la modificación constitucional.

Piña Hernández declaró un receso tras la postura del ministro Pérez Dayán, de mantener su voto en contra para analizar el fondo del asunto. La ministra presidenta pidió discutir si era necesario alcanzar una votación de ocho votos para declarar la inconstitucionalidad o se aplicaba la reforma judicial, que señalaba sólo seis sufragios.

Ante la negativa de aplicar la reforma judicial con la conformación actual del máximo tribunal constitucional de once ministros, se llegó al acuerdo en el Pleno de la SCJN, de mantener una mayoría calificada de ocho votos.

Pérez Dayán rechazó, el mismo día, que fuera presionado políticamente o que existieran denuncias penales en su contra. Sin embargo, horas antes, el mismo día, Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRI, cuestionó al ministro Pérez Dayán, a quien le preguntó, a través de su cuenta en la red social X, si lo habían “doblado” y le pidió no dejarse presionar.

“Simplemente decidí de acuerdo con lo que he expresado en precedentes. No existe denuncia ni carpeta de investigación en mi contra, eso es falso […] Me dolería resolver de manera diferente a lo que pienso, siempre ha sido así […] No imagino una Corte que tenga la atribución de decidir qué lleva la Constitución y qué no lleva”, dijo el ministro, en entrevista con el diario de circulación nacional Reforma.

“Hoy, en una de las sesiones más importantes en la historia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hemos visto el inusual ‘giro’ que ha dado un Ministro de la Suprema Corte. Me refiero al Ministro Alberto Pérez Dayán, quien, con su ‘giro’ procedimental, ha asegurado que la reforma del oficialismo pueda quitar a todos los jueces del país mediante una tómbola”, escribió el político campechano, también conocido como “Alito”.

“Respecto al mismo Ministro, la semana pasada nos enteramos, a través de un portal mediático argentino, que en su contra había denuncias por “acoso sexual” en la Fiscalía de la CDMX. El Ministro lo negó, enviando una réplica. Pero luego de lo votado hoy, crecen las dudas. ¿Ministro, ya lo doblaron? No se deje presionar”, enfatizó Moreno Cárdenas.

“Disentir del oficialismo lleva sus costos. Para ser opositor en México hoy hay que tener carácter, firmeza y determinación. El gobierno es bajo, rudo y ruin con tal de alcanzar sus objetivos. Esperamos que el Ministro Pérez Dayán aclare las acusaciones que sobre él se han vertido; y le pedimos que su voto sea libre de presión alguna y que SOLO tenga en mente la defensa de la República, de la patria, de la división de poderes, el estado de derecho y la Constitución de las y los mexicanos. Son horas clave para el futuro del país, y en la certeza que todos buscamos de tener juzgadores profesionales. Es hora de ser patriota. ¡MÉXICO LO NECESITA!”, arengó “Alito”.

“Según comentan en el máximo tribunal, la Fiscalía capitalina impulsa dos expedientes contra el ministro Alberto Pérez Dayan: en un caso, por supuesto abuso contra una trabajadora de escasos recursos, rescatada incluso de un centro de atención a víctimas, para ser re-victimizada; y, en otro caso, igual de grave, la víctima sería una magistrada federal”, afirmó, el 23 de octubre de 2024, el medio digital La Política Online.

“Según pudo conocer esta redacción, la Fiscalía de la CDMX ha hecho contacto ya con la Cámara de Diputados para empezar el proceso de desafuero contra Pérez Dayan a efecto de que pueda perder su ‘fuero’ y ser arrestado. El clima entre la 4T y la Corte Suprema no puede ser peor”, agregó el citado medio digital.

Durante el debate de la sesión del Pleno de la SCJN, al dar su postura, Pérez Dayán afirmó que invalidar la reforma al PJF sería una insensatez para responder a otra insensatez. Piña Hernández, presidenta del máximo tribunal constitucional intentó aclarar su posible voto, pero el ministro le volvió a responder que no irá con el proyecto de González Alcántara Carrancá.

“Por tales razones, no coincido con la propuesta sobre una nueva reflexión. Convencido que esta acción de constitucionalidad a partir de sus precedentes debe considerarse improcedente y sobreseer en la misma sé de las consecuencias de la reforma judicial e incluso lo siento personalmente, a mí también me toca, sin embargo, sostengo que existen otras vías que protegen esos anhelos y que tienen como eje principal no el combate de normas electorales, sino el reconocimiento y protección de los derechos humanos”, aseguró Pérez Dayán.

“Lamento profundamente que aquellas instancias del orden electoral, tanto en el ámbito administrativo, y después, en el jurisdiccional, renunciando al ejercicio responsable de sus competencias, esas ciertas y no cuestionadas, hay en privilegiando, interpretaciones sesgadas que favorecieron intereses estrictamente personales”, insistió Pérez Dayán.

“Concluyo, aceptando con el proyecto que los actores tienen legitimación para promover una acción de inconstitucionalidad la aquí analizada es en mi concepto total y absolutamente improcedente y ello conduce a sobreseer en ella conforme a los precedentes a los que me he referido”, enfatizó el ministro.

“Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo, con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez, llevada irresponsablemente al texto supremo, con otra insensatez equivalente, al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, finalizó Pérez Dayán.

El ministro leyó los anteriores criterios emitidos por la SCJN, con los que argumentó su no coincidencia con el criterio de González Alcántara Carrancá, pero destacó que, en determinados casos y a través de otros medios de defensa, el máximo tribunal constitucional sí tenía competencia para revisarlos.

Pérez Dayán agregó que existían medios de control para que se cuestionara ante la SCJN, el procedimiento de reforma a la propia Constitución, siempre y cuando, se desprendiera del artículo 135 de la Constitución, así como de los artículos 71 y 72 de la Carta Magna.

Afuera de la sede de la SCJN, cientos de trabajadores del Poder Judicial de la Federación gritaban “¡Que salga el traidor, que salga el traidor!”, a Pérez Dayán, tras haber votado en contra de la validez del proyecto de González Alcántara Carrancá.

¿QUIÉN ES ALBERTO GELACIO PÉREZ DAYÁN?

Alberto Gelacio Pérez Dayán, de 63 años de edad, nació el 13 de diciembre de 1960, en la Ciudad de México. Cursó la Licenciatura en Derecho en la Universidad La Salle, titulándose en 1984 con mención honorífica. Posteriormente, realizó los estudios correspondientes a la Especialidad en Amparo en la Universidad Panamericana y en el Instituto Mexicano del Amparo.

Asimismo, cuenta con una especialidad en Derecho Constitucional y Administrativo, así como con una Maestría en Derecho y el Doctorado en Derecho, en la Universidad Nacional Autónoma de México.

Después cursó un Diplomado en Derecho Angloamericano impartido por la Universidad de Texas, y realizó el Curso de Especialización Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, obteniendo el primer lugar.

Es Tutor Académico de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM; profesor de la Universidad de Yucatán, del Instituto de la Judicatura Federal y de la Universidad Panamericana (Campus Guadalajara).

Integró el Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal y fungió como Sinodal en el Primer Concurso de Oposición para designar Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.

Es autor de los libros Ley de Amparo y su Jurisprudencia (18ª. ed.) y Teoría General del Acto Administrativo (6ª. ed.), y de diversos artículos monográficos publicados en revistas y compilaciones de carácter jurídico.

Es miembro de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Fundador del Claustro de Doctores de la Facultad de Derecho de la UNAM, de la International Legal Honor Society of Phi Delta Phi y Miembro del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México.

Fue Juez Primero de Distrito en el Estado de Yucatán y Quinto de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal; Magistrado del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito y del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, y Magistrado Propietario en el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

El 22 de noviembre de 2012, el Senado de la República lo designó ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cargo que asumió el 1 de diciembre siguiente, quedando adscrito a la Segunda Sala del Alto Tribunal, de la cual fue electo presidente el 19 de marzo de 2015, para el periodo que culminó el 31 de diciembre de 2016.

Pérez Dayán asumió, el 4 de enero de 2023, la Presidencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respectivamente, para el periodo 2023-2024, en sustitución de Yasmín Esquivel Mossa, quien concluyó su mandato, el 31 de diciembre de 2022.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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