La reforma a la Ley de Edificaciones aprobada por el Congreso de Baja California el 31 de marzo establece que la exención de pago en estacionamientos de plazas comerciales por 40 minutos aplicará para quienes acudan a esos complejos en calidad de “clientes”. Los usuarios que sólo pretendan hacer uso del espacio sin pasar a consumir no quedaron contemplados.
En la sesión celebrada el lunes el legislador de Morena Eligio Valencia López, quien presentó la iniciativa de reforma el 18 de octubre de 2024, argumentó que la clientela de los centros comerciales no debería pagar estacionamiento. Tener dónde aparcarse habría de constituir un derecho para quienes acuden a una plaza comercial, consideró.
Abogados consultados por ZETA refirieron que por ley cualquier edificación debe incluir “un número mínimo de espacios” para estacionarse. De modo que en esos inmuebles, sean centros comerciales o edificaciones de otra índole, no se debería cobrar el uso de estacionamiento.
Explicaron que tratándose de los estacionamientos privados “el giro comercial per se es el estacionamiento”; mientras que en una plaza comercial el cliente tiene derecho a un espacio para situar su vehículo. “Tú ya vas a consumir, tú ya vas a solicitar un servicio”; de ahí que “en principio no debería estarse cobrando” por disponer de un lugar para estacionarse, hicieron saber.
“El cobro de estacionamiento en los centros comerciales es un abuso disfrazado de norma. ¿Desde cuándo se volvió normal que nos cobren por entrar a gastar nuestro dinero en sus negocios?”, arguyó Valencia López, en cuyo caso dijo haber sido objeto de “presiones de los dueños del dinero”, de quienes mencionó que intentaron “sofocar y descarrilar” su propuesta.
“No estamos en contra del desarrollo económico ni del sector privado; al contrario, creemos en un modelo de negocios que respete a sus clientes, que incentive el consumo sin imponer cargas injustas. Garantizar 40 minutos de estacionamiento gratuito no solo protege a los consumidores, sino que también fortalece al comercio al fomentar un mayor flujo de clientes”, estableció.
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Una vez que entrara en vigor la reforma empezaría a correr un plazo de 60 días naturales para que, en dado caso, los siete Ayuntamientos de BC adecuaran la reglamentación, en aras de aplicarse el descuento. Los abogados consultados observaron que con todo y que en Mexicali los primeros 20 minutos son gratuitos, el cuerpo edilicio debe doblar ese lapso, y que tratándose de Tijuana, no está estipulado descuento alguno, de manera que igualmente el Cabildo deberá adecuar.