Por unanimidad, con 127 votos a favor, el Pleno de la Cámara Alta del Congreso de la Unión aprobó, el 25 de febrero de 2025, en lo general y los artículos no reservados, del dictamen de reforma constitucional en materia de no reelección consecutiva y nepotismo electoral.
Después, con 97 sufragios a favor y 26 votos en contra, el Pleno del Senado aprobó, en lo particular y los artículos reservados, con las modificaciones aceptadas al dictamen, planteadas por los senadores Adán Augusto López Hernández, de Morena, y Manuel Velasco Coello -del Partido Verde Ecología Mexicano (PVEM)-, en relación con el plazo de aplicación de la reforma, a partir del año 2030.
La modificación permitiría que senadores como Félix Salgado Macedonio y Saúl Monreal Ávila -de Morena-, así como Ruth Miriam González Silva -del PVEM-, pudieran competir en 2027 por las gubernaturas de Guerrero, Zacatecas y San Luis Potosí, respectivamente, ya que actualmente sus familiares ocupan dichos cargos.
El vicecoordinador del grupo legislativo de Morena en el Senado, Moisés Ignacio Mier Velazco, justificó la modificación, argumentando que se buscaba armonizar ambas prohibiciones, para que entraran en vigor al mismo tiempo.
Por su parte, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, afirmó que Morena privilegió “la unidad del movimiento”.
En tanto que el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázares, destacó que se trataba de una reforma clave para la democracia, debido a que evitar la reelección inmediata impedía la consolidación de ventajas políticas y fomentaba la alternancia en el poder.
Publicidad
Mientras que el secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, Saúl Monreal Ávila, subrayó que la eliminación del nepotismo electoral buscaba terminar con las dinastías políticas y garantizar que los cargos públicos se obtuvieran por méritos y no por relaciones familiares.
La reforma estableció que ninguna persona podría ser candidata a un cargo de elección popular si en los tres años anteriores a la elección habían tenido vínculos familiares con el titular del cargo al que aspiraba ocupar. Esto incluiría lazos de matrimonio, concubinato, parentesco consanguíneo o civil hasta el cuarto grado en línea colateral y el segundo en línea de afinidad.
El 18 de febrero de 2024, las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado, aprobaron, sin cambios, el dictamen de reforma constitucional para prohibir el nepotismo electoral desde 2027 y la reelección consecutiva, pero hasta las votaciones de 2030.