El Comité de Evaluación del Poder Judicial Federal (PJF) estaría violando una resolución del Tribunal Electoral (TEPJF), por lo que el amparo no sería procedente, dijo, el 8 de enero de 2025, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, luego de que, una noche antes, suspendió el proceso para seleccionar candidatos a la elección judicial, ello tras acatar una suspensión dictada por Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, con sede en Morelia.
“Están violando una resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder, ¿cómo es? Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El Tribunal ya había hecho una resolución en el sentido de que esos amparos no tenían ninguna validez, porque estaban dentro del terreno electoral”, indicó la ex titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
“Entonces, el amparo no es procedente, entonces la Corte no tendría por qué responder ante este amparo. Hoy consulté con el ministro [Arturo Fernando] Zaldívar [Lelo de Larrea], en consideración con el ministro Zaldívar nos vamos con la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ya había establecido que en materia electoral pues estos amparos no son procedentes”, comentó la titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prens matutina, llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional.
El 20 de diciembre de 2024, dicho juzgador ordenó a los tres comités de Evaluación abstenerse de seguir adelante con sus procesos de selección, como parte del amparo 1074/2024, promovido contra la reforma judicial.
El juez federal también ordenó a los comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo, suspender actividades mientras se resolvía de fondo un juicio de amparo, o de lo contrario se daría vista a la Fiscalía General de la República (FGR), por desacato.
Santamaría Chamú concedió la suspensión definitiva respecto de las: “normas generales (leyes federales y/o secundarias) que pudieran derivar en la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma al Poder Judicial, esto es, para que, sin perjuicio de sustanciar el proceso legislativo correspondiente, las normas generales que resulten de tales actos legislativos no se apliquen en la esfera jurídica de las personas juzgadoras federales, integrantes de la parte quejosa”.
“Se les conmina para que se abstengan de incumplir los efectos de esta suspensión, pues, en caso de que ello ocurra, se procederá, de inmediato, a dar vista al Ministerio Público de la Federación, para que inicie la carpeta o las carpetas de investigación que correspondan, contra las personas servidoras públicas involucradas que tengan el carácter de autoridad responsable”, indicó el juzgador.
Asimismo, el titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, con sede en Morelia, advirtió que impondría, a cada persona integrante de dichos comités de Evaluación, una multa de mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 107 mil 570 pesos.
En cumplimiento a dicho mandato determinado por Santamaría Chamú, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación determinó suspender actividades, en tanto no se revocara o modificara la referida medida cautelar.
“Se suspende, en el ámbito de competencia de este Comité de Evaluación del PJF, toda actividad que implique la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos del PJF, en tanto no se revoque o modifique la medida cautelar”, dice el acuerdo firmado por las magistradas Emma Meza Fonseca y Hortencia María Emilia Molina de la Puente.
“Cabe señalar que no se desconoce por este Comité que de no acatarse esta medida cautelar por los comités de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, se provocaría una considerable inequidad a los participantes en el proceso electoral”, menciona el acuerdo, signado, también, por Luis Enrique Trejo y Mónica González Contró.
“Importa destacar que no pasa inadvertida la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2024 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-AG-632/2024 y acumulados, notificada a este Comité de Evaluación el 26 de noviembre del año indicado, ya que, por una parte, se trata de una determinación previa a la que ahora se acata y emitida en una jurisdicción constitucional diversa a la del juicio de amparo y, por otra parte, no corresponde a este Órgano Colegiado cuestionar lo determinado por un Juez de Distrito, titular de la potestad judicial del Estado Mexicano”, detalló el acuerdo.
El Comité de Evaluación del PJF sólo calificó como elegibles a mil 46 de las 3 mil 814 personas que se inscribieron para contender por alguno de los 881 cargos que estarán en disputa el 1 de junio de 2025, en contraste con los otros comités, que tienen a más de 22 mil aspirantes elegibles. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendría que enviar su lista definitiva de candidatos al Senado de la República, a más tardar el 7 de febrero de 2025.
Por otra parte, el mismo 7 de enero de 2025, en sesión privada, el Pleno de la SCJN acordó que la gran mayoría de los 471 recursos de inconformidad que recibió de aspirantes eliminados por el Comité de Evaluación del PJF, deberían ser resueltos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y no por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, como se había previsto originalmente.
El mismo día, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, informó, durante una conferencia de prensa desde San Lázaro, donde sesiona la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que la reforma al PJF establecía que en caso de una situación no prevista, correspondiera a la Cámara Alta resolverlo.
Ante ello, dijo, la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Senado se reunirían para evaluar las opciones, una de ella era que los comités de los poderes Ejecutivo y del Legislativo finalizaran el proceso de selección de los aspirantes del PJF o incluso la creación de una instancia auxiliar.
“Eso es algo que tiene que discutir la Cámara de Senadores, la decisión está a contrarreloj porque la primera semana de febrero tiene que estar la determinación de quienes serán las personas candidatas a la elección”, declaró Fernández Noroña, previo al inicio de sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
El legislador de Morena aseguró que garantizarían que los aspirantes participaran y se diera continuidad al proceso con las entrevistas para que, en caso de pasar el filtro, estuvieran en el próximo proceso de insaculación. Agregó que también se impugnaría esta decisión ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El mismo 8 de enero de 2025, Ricardo Monreal Ávila, presidente de la JUCOPO de San Lázaro, aseguró que el Poder Legislativo determinó continuar su proceso de selección de aspirantes a jueces, magistrados y ministros, por considerar que los amparos en materia electoral eran improcedentes.
El un mensaje publicado en su cuenta de la red social X, el político zacatecano advirtió que el Juzgado de Distrito que otorgó la suspensión para detener el proceso electoral, carecía de competencia para ello.
“Ante la suspensión concedida por un juez, el Comité de Evaluación del Poder Judicial decidió detener su proceso de selección de aspirantes. El Legislativo optó por continuar con el suyo, ya que no proceden los amparos en materia electoral ni aquel juez tiene competencia en ella”, enfatizó Monreal Ávila.
El diputado de Morena detalló que, en el proceso de selección de aspirantes a juzgadores, 639 personas se inscribieron, tanto en el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, como en el del Judicial, mientras 531 se registraron en los comités de los tres poderes de la Unión.