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viernes, enero 17, 2025
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Senado aprueba la “Ley silla” y la turna al Poder Ejecutivo para su promulgación

Por unanimidad, con 104 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó, el 4 de diciembre de 2024, la “Ley Silla”, que establecía la obligación de poner a disposición de trabajadores de los sectores de servicio, comercio y centros análogos, el número suficiente de asientos o sillas con respaldo, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara Alta del Congreso de la Unión, turnó el dictamen a la titular del Poder Ejecutivo Federal, para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Con 476 votos a favor, cero sufragios en contra y cero abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó, el 2 de octubre de 2024, en “fast track”, la “Ley Silla”.

Tras la aprobación por unanimidad en San Lázaro, regresó al Senado para su discusión y eventual aprobación. La iniciativa fue presentada por Ricardo Monreal Ávila, coordinador del grupo legislativo de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

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El dictamen fue suscrito por sus pares de todas las fracciones parlamentarias. Luego fue sometida a discusión y se avaló dispensar trámites. Dicha reforma fue desechada luego de que se aprobó en el Senado de la República, en la anterior Legislatura y se remitió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en donde no fue avalado, tras ser turnado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

La propuesta que modifica los artículos 132, 133, 423 y 423 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), señalaba que en el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas deberían estar ubicadas en las áreas específicas que para tal efecto se designaran. La misma disposición se observaría en los establecimientos industriales, cuando lo permitiera la naturaleza del trabajo.

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Además, prohibía a las personas empleadoras, y a sus representantes, obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones, así como realizar cualquier acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenecieran los empleados.

Señalaba, también, que el reglamento interior de trabajo contendría los periodos obligatorios de reposo durante la jornada y las normas que regularan el derecho de los trabajadores para usar los asientos o sillas durante la jornada laboral. Esta iniciativa buscaba evitar enfermedades relacionadas con estar de pie por largos periodos, como varices o problemas en la planta del pie.

Al presentar la iniciativa, Monreal Ávila informó que había estado en contacto con dueños de establecimientos mercantiles y tiendas de autoservicio, quienes les expresaron su disposición de obedecer de inmediato el contenido de la reforma.

“Es tan elemental que cuando tú vas a un almacén, a una tienda de autoservicio, ves a las personas que te cobran o que te atienden paradas las ocho horas sin derecho a descanso y sin derecho a sentarse en sillas con respaldos. Es eso, simplemente, que al patrón le quede prohibido tener en esas condiciones a miles, quizá millones de trabajadoras y trabajadores que se encuentren en estas condiciones”, señaló el político zacatecano.

Por unanimidad, con 82 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó, el 20 de febrero de 2024, una reforma a la Ley Federal del Trabajo, que obligaría a las empresas a proveer una silla con respaldo a sus empleados para su descanso, durante la jornada laboral, o bien, realizar descansos periódicos, cuando sus funciones sólo pudieran hacerse de pie, con el objetivo de evitar repercusiones a su salud. La denominada “Ley Silla”, fue remitida a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para su eventual discusión y aprobación.

La iniciativa fue presentada por la senadora Dora Patricia Mercado Castro, del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC), en la Cámara alta del Congreso de la Unión, quien detalló que dicha reforma obligaría a las empresas, a proveer una silla con respaldo a los trabajadores, o, cuando esto no fuera posible, a otorgar tiempos de descanso durante la jornada laboral.

Por su parte y también desde tribuna, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, Napoleón Gómez Urrutia, del grupo parlamentario de Morena, destacó que en caso de que se violara esta disposición legal, se deberían aplicar sanciones que van desde 250 hasta 2 mil 500 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), equivalente a más de 270 mil pesos, y en caso de reincidencia, se podría llegar a la suspensión temporal de actividades de los comercios o empresas.

“Prohibirle a un trabajador o trabajadora sentarse se basa en un supuesto realmente inhumano, el que la salud ocupa un segundo plano ante la exigencia de una empresa, no hay forma que la necesidad de obtener utilidades se imponga sobre la necesidad de evitar padecimientos […] Es increíble que ante los dolores de una cajera, un vigilante, una vendedora o un mesero del Siglo 21, tengamos que recuperar argumentos de antiguos humanistas”, alertó Mercado Castro.

La senadora del grupo parlamentario de MC advirtió que desde que se presentó la iniciativa, habían escuchado testimonios de trabajadores que padecían pies hinchados; hormigueo en las piernas; punzadas en la columna; “debilidad que les hace difícil mantenerse en pie”.

Ante ello, Mercado Castro lamentó que los trabajadores habían tenido que implementar estrategias, como sentarse a escondidas cuando se distraían los supervisores; arrimarse a una pared para recargar un poco el cuerpo o fingir que iban al baño, para descansar cinco minutos.

La senadora del grupo parlamentario de MC alertó que según estudios científicos, había decenas de problemas a corto y largo plazo, ocasionados por estar varias horas de pie. “A veces tres horas, sin descanso, son suficientes para desarrollar un padecimiento, como insuficiencia venosa, varices, tendinitis; lumbalgia crónica o fascitis plantar”, indicó.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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