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martes, diciembre 3, 2024
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Juez denuncia a consejeros del INE ante FGR, por desacato, por no frenar elección judicial

Francisco García Contreras, juez segundo de Distrito en Colima, denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR) a los 11 consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), por desacato, además de que les impuso una nueva multa de 54 mil 285 pesos y les dio 24 horas para frenar el proceso electoral extraordinario para elegir jueces, magistrados y ministros.

Los once integrantes del Consejo General del INE son Guadalupe Taddei Zavala (presidenta), Carla Astrid Humphrey Jordan, Dania Paola Ravel Cuevas, Jaime Rivera Velázquez, Arturo Castillo Loza, Uuc-kib Espadas Ancona, Norma Irene de la Cruz Magana, Rita Bell López Vences, Jorge Montaño Ventura, Beatriz Claudia Zavala Pérez y Jaime Rivera Velázquez.

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El juzgador federal publicó un acuerdo en el que señaló que el órgano constitucional autónomo había sido renuente a acatar la resolución judicial dictada, por lo que, según García Contreras, la institución de procuración de justicia debería investigar el asunto.

“Toda vez que en la autoridad responsable ha sido renuente en acatar la suspensión decretada por este juzgador; por tanto, dese vista al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito al juzgado, con copia autorizada del incidente de suspensión relativo al juicio de amparo en que se actúa, a fin de que se realicen las investigaciones pertinentes en relación al delito previsto en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo, al ser su proceder, el de desobedecer la suspensión provisional concedida por este juzgador; no obstante se le ha requerido en diversas ocasiones y se le ha apercibido de que incurriría en la conducta prevista en el numeral antes señalado”, indicó García Contreras.

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El mencionado artículo de la Ley de Amparo establece una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a quien no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado.

Asimismo, el juzgador federal ordenó girar un oficio al Administrador Desconcentrado de Recaudación de Ciudad de México “1”, para hacer efectiva la sanción pecuniaria, misma que debería acreditar haberla ejecutado, dentro de los tres días siguientes al en que se notificara la determinación.

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“Apercibido que de no acatar lo ordenado, se le impondrá multa de 50 unidades de medida y actualización, que corresponden a 5 mil 428 pesos. Además, hágase de su conocimiento que los nombres de las personas a quien se hizo efectivo el medio de apremio ordenado en el presente incidente, corresponden a los consejeros y consejeras electorales del Instituto Nacional Electoral”, mencionó García Contreras en su acuerdo.

Además, el juzgador federal requirió nuevamente al Consejo General del órgano constitucional autónomo, para que en el plazo de 24 horas contadas a partir de que quedara debidamente notificado, acreditara mediante las documentales o videograbaciones que había acatado los efectos de la suspensión provisional concedida en septiembre de 2024.

El 23 de octubre de 2024, con tres votos a favor y dos sufragios en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que el INE continuara con el desarrollo del proceso electoral extraordinario para elegir a jueces, magistrados y ministros, que se llevaría a cabo el 1 de junio de 2025.

A favor votaron los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso -presidenta de la Sala Superior del TEPJF-, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera. Mientras que en contra sufragaron Janine Madeline Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón.

De la Mata Pizaña propuso, un día antes, un proyecto para que el Instituto Nacional Electoral continuara con la organización de la elección de jueces, magistrados y ministros, que se llevaría a cabo el primer domingo de junio de 2025.

En el proyecto argumenta que “es constitucionalmente inviable” suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE, sin embargo, el mismo aún debería ser discutido y votado en la Sala Superior del TEPJF.

“Resolución que declara procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral y determina que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo de esa autoridad respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”, se leía en el proyecto.

El magistrado destacó que los actos vinculados con el desarrollo y organización del proceso electoral para la renovación de los Poderes de la Unión, no podían detenerse por parte de la autoridad electoral, dado que devenían de un mandato y atribuciones expresamente conferidos por la Constitución.

Por ello, según De la Mata Pizaña, era “constitucionalmente inviable” detener la implementación de los procedimientos electorales a cargo del INE, en tanto existiera una norma que constitucionalmente le impusiera dicha atribución y mandato.

Asimismo, el magistrado advirtió que “concluir lo contrario implicaría paralizar a los entes del Estado, tanto de aquellos que tienen la atribución de organizar la elección y de los que tienen facultades para resolver las controversias que se susciten con motivo de la elección”.

En su proyecto, De la Mata Pizaña concluyó que era procedente la acción declarativa solicitada por el INE, que era constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE y como tercer punto que “no es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo, por lo que esas determinaciones quedan intocadas en esta sentencia”.

El 18 de octubre de 2024, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo consideró pertinente que la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, pidiera a la Sala Superior del TEPJF, manifestarse respecto a los amparos interpuestos contra la elección del PJF.

“No está suspendido, lo que llamó la presidenta del INE, y creo que es pertinente, es a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pudiera manifestarse en torno a estos amparos que se están recibiendo”, comentó la mandataria nacional, quien también destacó la importancia de aclarar qué instancia tenía la facultad final para determinar la validez de una elección.

“Es importante que se sepa, en el caso de elecciones, quien tiene la atribución final para determinar si procede o no una elección, decir si se realizó bien o mal, no es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación […] Entonces lo que hizo la presidenta del INE, es decir, pedirle al Tribunal Electoral que se manifieste”, puntualizó Sheinbaum Pardo.

Ante el cuestionamiento respecto a si esta situación podría retrasar aún más la elección de jueces, magistrados y ministros de la SCJN, la titular del Poder Ejecutivo Federal dijo que “no tienen sustento jurídico, no hay sustento jurídico”.

El 17 de octubre de 2024, Taddei Zavala señaló que iban a respetar las resoluciones judiciales ante las notificaciones de amparo emitidas por diversos jueces, contra la organización de la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros.

Sin embargo, la presidenta del órgano constitucional autónomo explicó que formalmente no estaba suspendido el proceso electoral, pero en el INE sí se encontraban en espera de la resolución por parte de la Sala Superior del TEPJF.

“El INE ha venido siendo muy prudente y no va a cambiar su actitud, creo que tenemos dos situaciones, una que nos mandata la propia Constitución. Nosotros tenemos que ser congruentes con el mandato constitucional y la otra es las notificaciones de amparo emitidas por jueces. A ambos se les debe respeto”, indicó Taddei Zavala, en una conferencia de prensa.

“Si esto se suspende de manera definitiva habrá de acatarse, pero en este momento estamos esperando que las resoluciones lleguen y surtan los efectos correspondientes”, señaló la consejera presidenta del INE, quien también explicó que el órgano constitucional autónomo encontró la vía correcta, que, según ella, era el juicio electoral para presentarlo, y la máxima autoridad en materia electoral para resolverlo sería la Sala Superior del TEPJF.

Taddei Zavala detalló que, hasta el momento, llevaban 140 suspensiones emitidas por jueces, en las que les ordenaban suspender el proceso, mismos que se habían atendido y dado la respuesta correspondiente.

“Hemos sido respetuosos de las atribuciones de los jueces, ellos pueden emitir estos amparos, sin embargo, somos conocedores de que en materia electoral no proceden los amparos en materia electoral, no por eso no vamos a ser respetuosos de la competencia de los jueces”, agregó la consejera presidenta del INE.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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