Con 335 votos a favor y 108 sufragios en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó, la noche del 13 de noviembre de 2024, el dictamen que modificó el artículo 19 de la Constitución, para ampliar el catálogo de delitos que ameritarían la prisión preventiva oficiosa. El proyecto se envió al Senado, para su discusión y eventual votación.
Sin embargo, hubo una reserva de Morena para eliminar los delitos de narcomenudeo y defraudación fiscal del dictamen original. Los diputados del grupo parlamentario de dicho partido, sumados a los del Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT), votaron a favor. Los sufragios en contra fueron emitidos por los legisladores de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).
El dictamen original consideraba como delitos actividades relacionadas con comprobantes fiscales falsos, narcomenudeo y defraudación fiscal. Pero tras una reserva presentada por el coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, el Pleno de San Lázaro avaló eliminar de la reforma el narcomenudeo y la defraudación fiscal con el objetivo, según dijo el legislador, de darle un tratamiento social al primero y de actuar con responsabilidad en el caso del segundo.
“Necesitamos unidad nacional. He hablado y varios de nosotros, hemos hablado con los sectores económicos del país y hoy, Morena actúa con responsabilidad, el PT actúa con responsabilidad, el Partido Verde actúa con responsabilidad, por eso, los integrantes de este movimiento planteamos que ahora se excluya la defraudación fiscal como delito grave con prisión preventiva oficiosa”, indicó el político zacatecano.
La reserva de Morena planteó también considerar como actividades ilícitas relacionadas con la extorsión, el contrabando, operaciones con facturas falsas, así como la introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
Dicha reforma obligaría a los jueces a ordenar prisión automática en todo los delitos contenidos en el artículo 19 constitucional. Esto eliminaría su capacidad para evaluar otras opciones, sin importar los detalles de cada caso.
La prisión preventiva automática, también conocida como prisión “sin juicio”, obligaría a que personas acusadas de estos delitos fueran encarceladas automáticamente, mientras esperaban su juicio.