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viernes, octubre 11, 2024
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Se quejan por multas de CESPT; aplicación de la Ley no es con fines recaudatorios: García

Jesús García Castro, director de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), dio a conocer que las notificaciones de multa que se han entregado a dueños de comercios no son con fines recaudatorios, sino de regularización.

A partir del 12 de agosto de este año, la CESPT comenzó a enviar notificaciones a los dueños de comercios, de cualquier giro, en donde les indicaban que no cumplían con la normatividad en materia de descargas de aguas residuales al sistema de drenaje sanitario, o trampas de grasa, por lo que debían pagar 100 UMAS (poco más de 10 mil pesos) y tenían 15 días hábiles para regularizarse.

Desde entonces, las oficinas de la CESPT se llenaron de usuarios confundidos y molestos, pues nunca se les avisó que debían contar con dicho requerimiento; algunos otros que ya lo habían hecho; y otros más que ni siquiera estaban registrados o actualizados con su permiso.

Laura Amaya, contadora de diversos comercios en la ciudad, comentó a ZETA que a un par de los negocios de sus clientes les llegó el requerimiento de pago de la multa de 100 UMAS, sin una notificación previa.

“A dos de mis clientes les llegó esta hoja donde les piden 100 UMAS por no cumplir con el programa ‘Atrapa la grasa’, pero están agarrando parejo; nunca había visto que les llegara un cobro sin antes una notificación”, dijo la contadora de negocios como restaurantes, llanteras, abarrotes y otros.

Consideró la por parte de la paraestatal acción como arbitraria, pues siempre se cumplía con un protocolo de advertencias, aclaraciones, y si no se cumplía con lo establecido, entonces se procedía a la multa.

Así como ella, decenas de dueños de negocios (la mayoría de la Zona Centro y Playas de Tijuana) han acudido a las oficinas de la CESPT a aclarar su situación, desde mediados de agosto, pues, a decir de los afectados, “agarraron parejo” con todos los locatarios y les pusieron multas de más de 10 mil pesos, por situaciones inexistentes o errores que ellos mismos cometieron.

La dueña de una estética, recién abierta hace unos meses en el Centro de la ciudad, había recibido la notificación de multa, también por no cumplir con el programa “Atrapa la grasa y sólidos”.

“Yo no sabía que tenía que tener una trampa, no precisamente de grasa, pero me dijeron que de cabellos… ni siquiera sabía que existían. Esta es la primera vez que tengo una estética, pero ya había trabajado en una, y jamás supe de esta supuesta trampa”, dijo la empresaria.

 

Es estrategia

El director de la CESPT subrayó que este procedimiento lo comenzaron a hacer por quejas de los comerciantes sobre malos olores en el drenaje de la Zona Centro y Zona Norte, en la que también pidieron una sanción para quienes tiraban la grasa, directamente al drenaje.

Las multas equivalen a más de 10 mil pesos, Foto: Ángela Torres

Desde el 2006 se inició el programa “Atrapa la grasa y sólidos”, para invitar a los comercios a poner estas medidas de control, pero fue hasta 2017 cuando quedó estipulada en la Ley de Servicio de Agua Potable en el Estado, explicó.

Sin embargo, estas multas de 100 UMAS se extendieron a todos los negocios, sin importar su giro, sobre todo en Zona Centro, Zona Norte y Playas de Tijuana, hasta el momento, con el fin de que los usuarios fueran obligados a ir a las instalaciones de la CESPT y arreglar su situación, confesó García Castro; es decir, fue una estrategia para hacer que los usuarios sacaran o revalidaran sus registros.

García Castro señaló que hay 33 giros comerciales que sí necesitan dicha trampa, aunque no todas son de grasa; algunas son de otros residuos, como la pelusa desechada en las lavamáticas, o algunos consultorios dentales que realizan ciertos procedimientos.

Entre los giros comerciales que sí necesitan una trampa son minimercados, el Aeropuerto, lotes de autos y motos, negocios de bebidas envasadas, clínicas u hospitales, consultorios médicos y dentales, empacadoras y procesadoras, estéticas, peluquerías, accesorios de belleza, funerarias, gasolineras, hoteles, moteles, laboratorios de análisis de Rayos X y ultrasonidos, lavado de carros, lavamáticas, maquiladoras, tiendas de conveniencia, paleterías, raspados, neverías, panaderías, pescaderías, plazas y centros comerciales, restaurantes, taquerías, cafeterías, supermercados, tiendas departamentales, tortillerías de harina y maíz, veterinarias y graneros, así como venta de frutas, verduras y legumbres.

Por su parte, Marco Antonio Barraza Diarte, subdirector comercial de la CESPT, mencionó que de 42 mil usuarios comerciales del servicio, sólo se han notificado a mil 500 de ellos, por lo que no va ni el uno por ciento, sin embargo, es una medida que piensan aplicar en toda la ciudad.

Daniel De la Peña, abogado fiscalista consultado por ZETA, recomendó a los usuarios afectados tres opciones, la primera: acudir a las instalaciones de la CESPT y solucionar el problema de forma directa.

La otra es promover un juicio de amparo; sin embargo, ante el paro indefinido del Poder Judicial, en protesta por la reforma, podría tardarse más de lo debido.

Y por último, proceder con un juicio contencioso ante el Tribunal Contencioso Administrativo, en el que las autoridades tendrían que justificar las multas interpuestas; y sin argumentos que lo sustenten, quedaría a favor de los usuarios.

 

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Autor(a)

Ángela Torres Lozano
Ángela Torres Lozano
Soy licenciada en Comunicación por UABC, periodista desde 2008, reportera en ZETA de temas generales y especializada en periodismo de ciencia y salud, también soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia desde 2017.
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