17.8 C
Tijuana
miércoles, septiembre 18, 2024
Publicidad

Sala Regional desecha medidas cautelares contra regidores de Tijuana

La Sala Regional Guadalajara desechó las medidas cautelares dictadas por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California contra los regidores de Tijuana que faltaron a 6 sesiones de cabildo en julio de 2024.

El acuerdo del Tribunal derivó del juicio de la ciudadanía promovido por la alcaldesa, Montserrat Caballero Ramírez, por posibles actos constitutivos de Violencia Política en Razón de Género contra las Mujeres.

La munícipe acompañó el recurso con el argumento de que la inasistencia de los regidores a las sesiones de cabildo provocó “una obstrucción a su cargo en condiciones de igualdad como presidenta municipal de Tijuana”.

Las medidas dictadas por el TJEE estuvieron encaminadas a que los regidores efectuaran “las gestiones necesarias para llevar a cabo la celebración de las mencionadas Sesiones”, recapituló la Sala Regional. El Tribunal local además ordenó reencauzar a la Unidad de lo Contencioso Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California, para efectos de que tuviera conocimiento de los actos denunciados.

Los regidores recurrieron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, instancia ante la que promovieron dos juicios, los cuales fueron turnados al magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, quien preside la Sala Regional Guadalajara.

Uno de los juicios (para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano) fue promovido por los regidores Alejandro Cabrera Acosta, Mónica Lucero Vázquez Arévalo, Édgar Montiel Velázquez, Marisol Hernández Sotelo, Miriam Patricia Echeverría Gastélum, Erwin José Areizaga Uribe, Juan Carlos Hank Krauss, Claudia Casas Valdez; el otro, por Juan Carlos Hank Krauss.

En calidad de tercera interesada Caballero Ramírez señaló con motivo de los juicios promovidos por los regidores, que los argumentos de los ediles resultaron ser “frívolos” toda vez que a su modo de ver se constituyeron como “afirmaciones genéricas, vagas e imprecisas” con las que no lograron aportar elementos que desvirtuaran los argumentos en los que el Tribunal local sustentó su determinación de dictar las medidas cautelares.

Igualmente señaló que los ediles no tenían “interés jurídico para acudir al juicio de la ciudadanía”, en razón de que no existía derecho alguno que les hubiera sido vulnerado con el acuerdo plenario del TJEE; pues “las regidurías no tienen el derecho a faltar a las sesiones de manera injustificada”, arguyó.

La Sala Regional estableció que los razonamientos de los 8 regidores “sí” contuvieron hechos en los cuales sustentaron su inconformidad.

En cuanto a la supuesta falta de interés jurídico, la Sala Regional tampoco le encontró fundamento a semejante señalamiento; “la Sala Superior ha establecido que basta con que la parte actora aduzca la infracción de algún derecho sustancial de la parte actora y a la vez ésta haga ver que la intervención del órgano jurisdiccional es necesaria y útil para lograr la reparación de esta conculcación (vulneración)”.

La Sala Regional Guadalajara recalcó que las partes actoras (los regidores) señalaron que el acuerdo del Tribunal local “afectó su derecho al ejercicio efectivo del cargo”.

El 12 de septiembre de 2024, la Sala Regional resolvió a propósito de los juicios promovidos por los ediles del XXIV Ayuntamiento de Tijuana: “Se revoca el acuerdo impugnado en lo que fue materia de controversia, únicamente respecto a las medidas cautelares, por las razones indicadas en el fallo”.

El regidor de Movimiento Ciudadano, Édgar Montiel Velázquez refirió a consulta de ZETA que el cabildo de Tijuana aún debe sesionar para declarar la sesión solemne en la que se le tomará protesta al alcalde entrante, Ismael Burgueño Ruiz, quien entrará en funciones el 1 de octubre.

“No sabemos si la señora quiere hacerlo, la alcaldesa, por un berrinche, no nos va a convocar, ahorita con lo que pasó no creo que nos vaya a querer convocar”, manifestó este viernes, 13 de septiembre.

Sobre el motivo de la inasistencia a las sesiones resumió que en vista de haberse programado con carácter de extraordinarias, la convocatoria respectiva se emitió con poca antelación.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas