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miércoles, septiembre 18, 2024
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Magistrado del TEPJF propone confirmar mayoría calificada para la “4t” en San Lázaro

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), difundió un proyecto de resolución de su autoría, el 27 de agosto de 2024, respecto la impugnación de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), por la asignación de diputaciones y de senadurías por la vía de representación proporcional o plurinominal, en el Congreso de la Unión, en el que concluyó que cambiar el reparto iría en contra de la certeza del proceso electoral, de la Constitución y de las leyes electorales.

“Les comparto el proyecto de resolución del SUP-REC-3505/2024 y acumulados, relativo a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional”, escribió el magistrado, en su cuenta de la red social X, antes Twitter, en la cual adjuntó una liga para descargar el documento de 64 cuartillas de extensión,

De la Mata Pizaña propuso a sus homólogos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dar la mayoría calificada en la Cámara Baja del Congreso de la Unión, a los grupos legislativos de Morena y aliados, los partidos Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT), durante la LXVI Legislatura, que comenzaría el 1 de septiembre de 2024.

Con ello, la autodenominada “cuarta transformación” tendría la mayoría calificada en la Cámara Baja del Congreso de la Unión, para poder realizar reformas constitucionales, entre ellas, la del Poder Judicial de la Federación (PJF).

“Se confirma el acuerdo con Consejo General del INE por el cual asignó las diputaciones federales de representación proporcional”, establece la propuesta del magistrado, con el que también se validaría la fórmula de asignación de legisladores que aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE) y que dio mayoría calificada a Morena y sus aliados en San Lázaro.

“Esos planteamientos resultan inoperantes, precisamente porque esta Sala Superior ha concluido que el Consejo General del INE desarrolló la fórmula de conformidad con lo previsto en la Constitución, en la legislación y en el acuerdo del INE, así como con los precedentes y línea jurisprudencial, sin que sea jurídicamente posible una interpretación diferente […] En consecuencia, se debe estar a lo resuelto en las consideraciones de esta sentencia, dada la ineficacia de los argumentos que controvierten la forma de interpretar el artículo 54 de la Constitución y el cálculo de la sobrerrepresentación”, indicó De la Mata Pizaña, en su proyecto.

“Este órgano jurisdiccional considera que la asignación del Consejo General del INE fue correcta, pues atendió a los parámetros constitucionales previstos para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, por lo que no es dable adoptar los escenarios alternativos planteados por los promoventes, ya que se traducen en la modificación injustificada del citado mecanismo”, señaló el magistrado.

“Por lo tanto, no hay posibilidad de que este órgano interprete el porcentaje de sobrerrepresentación (+8%), o bien, la fórmula a través de fuerza mayoritaria que aportó, en los términos en que proponen los promoventes, porque en cada caso implicaría una modificación a la manera en que se ha aplicado el artículo 54 constitucional; cuestión que, como se adelantó, sería contraria a los principios de certeza y la propia estabilidad de los precedentes de esta Sala Superior”, explicó De la Mata Pizaña, en el documento.

En sesión extraordinaria, el Consejo General del (INE, aprobó, el 23 de agosto de 2024, el proyecto de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del órgano constitucional autónomo, que los grupos legislativos de Morena, PVEM y PT, tuvieran el 72.8 por ciento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, es decir, 364 legisladores, basándose en la fracción V, del artículo 54 constitucional, respecto a la sobrerrepresentación, por coalición y no por partido político, reformado el 3 de septiembre de 1993.

Guadalupe Taddei Zavala, Norma Irene De La Cruz Magaña, Uuc-Kib Espadas Ancona, Arturo Castillo Loza, Carla Astrid Humphrey Jordan, Jorge Montaño Ventura, y, Rita Bell López Vences, votaron a favor de las 364 diputaciones a Morena y sus aliados. Mientras que Beatriz Claudia Zavala Pérez, José Martín Fernando Faz Mora, Dania Paola Ravel Cuevas, y Jaime Rivera Velázquez sufragaron a favor de las 317 diputaciones a Morena, PT y PVEM.

Por otra parte, el Consejo General del INE aprobó, por unanimidad, la nueva integración del Senado, por lo que los partidos de la autodenominada “4t” tendrían 83 escaños, de los 128, y necesitarían tres más para lograr la mayoría calificada.

Morena tendría 60 senadores, el PVEM 14 y el PT 9, lo que significaría el control del 64 por ciento de la Cámara Alta del Congreso de la Unión. Mientras que los partidos de la oposición contarían con 45 de ellos. Acción Nacional (PAN) con 22, el Revolucionario Institucional (PRI) con 16, Movimiento Ciudadano (MC) con cinco, y, el de la Revolución Democrática (PRD) con dos.

El mismo día, Mario Martín Delgado Carrillo, presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, anunció que presentaron un recurso por “conflicto de interés” contra Norma Lucía Piña Hernández, ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego que esta admitiera la queja del PAN contra la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

El dirigente partidista indicó que el recurso también fue presentado contra el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Al terminar la Reunión Constitutiva del Grupo Parlamentario de Morena, para la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados 2024-2027, detalló que presentarían un recurso de reclamación para que la denuncia del PAN no fuera admitida en la SCJN.

“Estamos pidiendo la recusación porque tienen claramente un conflicto de interés. Queremos recordar que el ministro González Alcántara fue el anfitrión de aquella cena que tuvieron con la ministra presidenta de la Corte y el presidente del Partido Revolucionario Institucional, en pleno proceso electoral. Evidentemente no pueden ellos atender y estamos pidiendo la recusación, porque tienen conflicto de interés y ellos no podrían hablar sobre ese tema, dictaminar sobre ese tema”, dijo Delgado Carrillo.

“La Corte no puede resolver sobre el tema. Sería trastocar las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Este tipo de actuaciones, tratar de entrometerse en una decisión que ha tomado el pueblo de manera contundente, es que urge una reforma judicial como la que se está planteando”, afirmó el presidente del CEN de Morena.

Por su parte, Marko Antonio Cortés Mendoza enfatizó que buscaba que fuera el máximo tribunal constitucional, el que analizara el reparto de diputados federales plurinominales, ya que según argumentó, en este tema “hay una contradicción de criterio”, uno de los cuales es el que toma la SCJN, y otro, el del TEPJF.

“Esperemos que la Corte se atreva a resolver de forma rápida e inmediata como este asunto amerita”, agregó Cortés Mendoza, quien también confió en que al menos tres de los magistrados del TEPJF “defiendan la pluralidad de votos de los mexicanos, y en consecuencia defiendan la República, que es lo que está en juego”, y aseveró que quieren “subrrepresentar” a la oposición, lo cual, consideró que era “violentar la voluntad popular”.

Además, Cortés Mendoza adelantó que acudiría, el mismo día, a la Sala Superior del TEPJF, en audiencia con el Pleno, para presentar los alegatos de su impugnación “a la sobrerrepresentación ilegítima que pretende tener Morena-PT-Verde en la Cámara de Diputados”.

En conferencia de prensa al concluir la reunión plenaria con los diputados federales y senadores del blanquiazul, organizada en Querétaro, el político michoacano detalló que, en su calidad de presidente partidario, presentó la petición a la SCJN, para que se analice este tema, el cual fue admitido por la ministra Piña Hernández.

Cortés Mendoza sostuvo que “hay una contradicción de criterio: Un criterio que, por cierto, emitió la ex ministra Olga [María] Sánchez Cordero [Dávila], y yo hago un respetuoso pero firme llamado a la SCJN a que resuelva, porque el criterio de la Corte es uno, en donde debe haber una interpretación sistemática y funcional del artículo 54 constitucional, y el criterio del Tribunal es la lectura y aplicación literal”.

Sin embargo, el 27 de agosto de 2024, González Alcántara Carrancá afirmó que se tomaría “el tiempo debido” para estudiar el expediente iniciado por el PAN, para aclarar el criterio respecto a la asignación de diputados plurinominales.

El ministro insistió que cualquier criterio de la SCJN no sería retroactivo, no podría afectar el proceso electoral en curso y no podía reemplazar las decisiones que tomara la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre asignación de diputados y senadores.

“Se han generado expectativas y confusiones en torno al alcance del medio de control invocado que pueden resultar más nocivas que enriquecedoras, en un contexto como el actual, a horas o días de que la Sala Superior del TEPJF resuelva en forma definitiva e inatacable las ultimas impugnaciones sobre las elecciones federales de diputados y senadores”, dijo González Alcántara Carrancá, durante la sesión de la SCJN, misma que fue suspendida.

“Me tomaré el tiempo debido para proponer un proyecto al Pleno, pero éste no podrá tener por efecto reemplazar las decisiones de la Sala Superior del TEPJF en lo que a su competencia corresponda”, agregó el ministro.

“Sin adelantar mi criterio, y repito, sin adelantar mi criterio sobre un tema que me encuentro todavía estudiando, habría que recordar que las contradicciones de criterios no son retroactivas por mandato Constitucional, y que en específico, el proceso electoral se rige por el principio de certeza jurídica contenido, entre otros, en el artículo 105 Constitucional, que regula puntualmente nuestro modo de actuar”, comentó González Alcántara Carrancá.

Asimismo, el ministro recordó que el TEPJF era la máxima autoridad para resolver respecto a la asignación de diputaciones y senadurías, mientras que la atribución de la SCJN, según detalló, se limitaba a la revisión en abstracto, de la constitucionalidad de las leyes electorales.

“Sobre todo, la Sala Superior es el órgano especializado competente para conocer en última instancia sobre la debida asignación de diputaciones y senadurías por el principio de representación proporcional hecha por el Consejo General del INE, asumiendo así su responsabilidad histórica”, sostuvo González Alcántara Carrancá.

“Por lo tanto, no puede caber ni la menor duda de que yo seré el primero en observar y respetar esta previsión competencial especifica. Cada órgano del Estado Mexicano debe y tiene que asumir en este sentido la responsabilidad que la Constitución le confiere”, concluyó el ministro, en lo que él mismo describió como una intervención atípica.

 

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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