En lo que va de la administración de Marina del Pilar Ávila Olmeda se impusieron cuatro multas a igual número de servidores públicos del Gobierno del Estado por incumplir determinaciones del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Baja California (ItaipBC).
Las multas aprobadas por el Pleno del ItaipBC tienen un monto conjunto de 62 mil 244 pesos y no han sido pagadas por los servidores públicos sancionados, ni se ha proporcionado la información a la ciudadanía violentando su derecho -humano y constitucional- al acceso a la información, con todo y que llevan esperando hasta dos años; lapso en que los funcionarios han seguido laborando y cobrando sueldos que van desde los 19 mil 416 pesos hasta los 70 mil 905 pesos.
Contrario al discurso oficial de compromiso con la transparencia, al gobierno de Ávila Olmeda le llevó 15 meses firmar el convenio con el ItaipBC para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ejecute las multas, descontándole vía nómina a los servidores públicos sancionados.
En febrero de 2023 el documento fue firmado por el secretario de Hacienda, Marco Antonio Moreno Mexía, y el entonces comisionado presidente del ItaipBC, José Rodolfo Muñoz García.
Pese a que el documento está vigente, se desconoce si el SAT ya ejecutó 23 multas impuestas durante el periodo 2017-2022, por un monto total de 388 mil 368.50 pesos, como fue solicitado el 10 de febrero de 2022 por el entonces comisionado presidente Jesús Alberto Sandoval Franco, en el oficio 135/22, del que se desprendió el citado convenio.
Situación que incumple el convenio, que establece que el SAT “informará de manera trimestral los cobros realizados, embargos ejecutados, ingresos recaudados y demás acciones que correspondan por la ejecución del instrumento”.
La falta de recaudación de las multas va en detrimento del propio ItaipBC, ya que según el documento en poder de ZETA el dinero de las multas debe ser reintegrado al Instituto para ser destinado al “desarrollo institucional y mejora continua del mismo”.
En 2023, el presupuesto asignado al ItaipBC ascendió a 15 millones 915 mil 884 pesos. Cantidad que apenas es 484 mil 434 pesos mayor al presupuesto que tuvo en 2019.
En otras palabras, el monto total de las multas que no han sido pagadas por los funcionarios (4) y de las que se desconoce su estatus (23) suma 450 mil 612 pesos, equivalentes a casi la totalidad del aumento presupuestal que el ItaipBC ha tenido en cuatro años.
Actualmente, están en trámite entre 400 y 500 recursos para votarse en el Pleno del ItaipBC; de los cuales, alrededor de 250 son susceptibles de aplicarse alguna medida de apremio (amonestación y/o multa).
MULTA POR CASO NEXT ENERGY
De las cuatro multas impuestas en 2023, tres de ellas fueron porque el sujeto obligado no acató la resolución del ItaipBC en sendos recursos de revisión derivados de solicitudes de información hechas por tres ciudadanos. En tanto una multa se originó por una denuncia.
Las multas impuestas han sido las mínimas, de 150 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) que equivale a 15 mil 561.00 pesos cada una; dicho monto representa 80.1, 37.8 y 21.94 por ciento respecto al salario mensual neto de tres de los cuatro funcionarios sancionados.
Una de las multas se impuso bajo el recurso de revisión RR/048/2022, contra Antonio Zavala Durán, señalado como titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda. Hasta marzo de 2023, el funcionario tenía el cargo de Analista en Financiamiento de Proyectos.
La solicitud de información data del 25 de noviembre de 2021, en la que se pidió la copia del contrato firmado entre el Gobierno del Estado y la empresa Next Energy para construir una planta fotovoltaica, así como oficios relativos al proyecto entre la Secretaría de Hacienda y diversas dependencias.
En respuesta, la Secretaría de Hacienda y la Oficialía Mayor declararon su “incompetencia”; sin embargo, en el recurso de revisión, el comisionado ponente Sandoval Franco estableció que aun cuando ambas instituciones no generaron la información, existían elementos para suponer que sí la poseían.
Determinó que la Secretaría de Hacienda debía asumir su competencia concurrente y modificar la respuesta que había dado.
La segunda multa impuesta bajo el expediente RR/707/2021 fue a Carlos Raúl Ezquerro Nava, titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien hasta junio de 2023 fungía como director jurídico de la Unidad de Transparencia de ese organismo autónomo.
La solicitud de información presentada el 4 de octubre de 2021 pedía “conocer cuál es el grado máximo de estudios del Comisionado de la Guardia Estatal de Seguridad e Investigación de B.C., Carlos Alberto Flores”. Asimismo, solicitó se anexara la versión pública del comprobante, constancia, título, cédula y/o certificado de su máximo grado de estudios.
La FGE contestó que el grado máximo del comisionado era el sexto cuatrimestre de la Licenciatura de Derecho, pero no proporcionó la documentación académica que lo acreditara, argumentando que “esos documentos contienen datos confidenciales”.
Ante el recurso de revisión presentado por el ciudadano, quejándose de la respuesta incompleta, el comisionado ponente Sandoval Franco determinó que la FGE no colmó el derecho a la información del recurrente y debía proporcionar en versión pública el documento solicitado.
La tercera multa se impuso por el Recurso de Revisión número RR/571/2021 a Cynthia Selena Ruiz Ramos, encargada de desahogo de expedientes en trámite del Centro de Atención Integral a Jóvenes en Riesgo “Misión San Carlos”, por no haber dado respuesta a la solicitud de información ciudadana. Hasta el cierre de edición no se encontraron registros de la funcionaria en la Plataforma Nacional de Transparencia.
La solicitud de información consistía en: “Dentro del ámbito de su competencia, brindan atención psicológica? (hospitales, centros comunitarios, centros de desarrollo, etc), de ser así cuántos psicólogos laboran en la institución, cuáles son los horarios de trabajo de los psicólogos (todos los turnos, especificar si son de fines de semana). Cuáles son los horarios de atención al paciente, cuál es el sueldo que percibe un psicólogo en su institución, cuáles son los padecimientos que más atiende el psicólogo en su institución” (sic).
En el recurso de revisión, la comisionada ponente Cinthya Denise Gómez Castañeda determinó que el sujeto obligado fue omiso, y le instruyó responder la solicitud y notificarle al interesado.
La cuarta multa deriva de la denuncia DEN/117/2022. Fue impuesta a Jesús Alfonso Márquez García, titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Inclusión Social e Igualdad de Género, quien hasta julio de este año se desempeñaba como director administrativo de la citada dependencia.
De la denuncia ciudadana presentada el 29 de agosto de 2022, la comisionada ponente Lucía Ariana Miranda Gómez instruyó “publicar la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza”, así como el “tabulador a sueldos y salarios” en cuanto al primer y segundo trimestre de 2022, en la Plataforma Nacional de Transparencia.
FALTAN “DIENTES”
Los recién designados comisionado presidente del ItaipBC, José Francisco Gómez Mc Donough, y comisionado propietario, Luis Carlos Castro Vizcarra, junto con un equipo de funcionarios señalaron que no existe un plazo límite para ejecutar las multas.
Al momento de que se impone la sanción por parte del pleno del órgano garante (ItaipBC) se notifica a la Secretaría de Hacienda y ellos tienen que hacer el procedimiento. “Nosotros no tendríamos facultades o atribuciones para ejecutar la sanción. Únicamente la imponemos”, precisó Jimena Jiménez Medina, secretaria Ejecutiva.
En entrevista con ZETA refirieron que caso de que el SAT no siguiera el procedimiento de la sanción podrían ser sancionados funcionarios por el respectivo Órgano Interno de Control, pero la Secretaría de Hacienda, cuando suscribe este convenio, “muestra este ánimo de coadyuvar para poder garantizar los derechos al acceso a la información pública y la protección de datos personales”. Además, la sanción puede ir incrementando al ser recurrente su incumplimiento.
Aunque reconoció que hay “muchas áreas de oportunidad”, destacó que el acceso a la información es un derecho humano muy joven, “de última generación”, por lo que es importante seguir apoyando a los órganos garantes locales y nacional. A título personal consideró que aún falta que el Instituto tenga más “dientes” y “garras”.
En ese sentido, Gómez Mc Donough comentó que en un futuro podría platicar con los legisladores y la Secretaría de Hacienda para ver si se pueden tener más atribuciones, y pugnó porque más ciudadanía se acerque al Instituto y utilice los recursos disponibles para acceder a la información.
La impulsora del Observatorio Ciudadano Demócrata MX (de transparencia y buen gobierno) Eréndira Bibiana Maciel López, señaló “que no hay un seguimiento puntual al tema de las multas” por parte del ItaipBC, las cuales deberían estar publicadas en las obligaciones de transparencia del Instituto.
Refirió que el Informe Anual indica que existen 208 acuerdos de cumplimiento y 258 de incumplimiento, de las cuales 240 son vistas por incumplimiento de resoluciones ante los Órganos Internos de Control. Mientras 38 personas fueron apercibidas a sanciones.
TRANSPARENCIA, LETRA MUERTA
A la “voluntad” del SAT, que encabeza Gustavo Santos Hernández Valenzuela, para cumplir con el convenio que también firmó se suma el incumplimiento de los sujetos obligados (dependencias municipales y estatales, paraestatales, paramunicipales, partidos políticos, instituciones académicas, etc.) para proporcionar información a la que están obligados.
Con más recursos de revisión presentados en su contra fueron: Ayuntamiento de Tijuana (85), Fiscalía General del Estado (83), Ayuntamiento de Ensenada (73), Secretaría General de Gobierno (71) y Colegio de Bachilleres de Baja California (Cobach) (70), según el Informe Anual 2022-2023.
Del 1 de junio de 2022 al 31 de mayo de 2023, el Cobach (11), y los Ayuntamientos de Mexicali (11), Ensenada (9), Tecate (8) y Tijuana (7) fueron los que tuvieron más denuncias por incumplir con la publicación de la información a la que están obligados por ley.
De los 24 sujetos obligados verificados al 31 de mayo pasado, destacan por el bajo cumplimiento en la publicación de información por Ley: la Fiscalía General del Estado con 68.91 por ciento, en la segunda revisión.
Así como el Instituto Estatal Electoral (IEEBC) (28.73 por ciento), el Issstecali (55.92 por ciento), el Ayuntamiento de Rosarito (64.17 por ciento), la Oficialía Mayor (68.87 por ciento), la UABC (77.58 por ciento), la Secretaría del Trabajo (79.11 por ciento) y la Secretaría de Hacienda (82.90 por ciento) en una primera revisión.
Si bien al cierre de mayo estaba en proceso la segunda revisión a 24 de los 44 sujetos obligados seleccionados para ser verificados, resalta negativamente que el propio ItaipBC haya tenido un nivel de cumplimiento de 59.16 por ciento.
El que se tengan bajos niveles de cumplimiento “no abona para seguir construyendo la confianza ciudadana y se aleja del combate a la corrupción, puesto que la transparencia y el acceso a la información pública son elementos indispensables para combatir los actos de corrupción”, manifestó Maciel López, otrora comisionada del ItaipBC.
¿A QUIÉNES MULTAN?
El excomisionado presidente del ItaipBC, Jesús Alberto Sandoval Franco, explicó que conforme al artículo 157 de la Ley de Transparencia, el Instituto puede imponer desde una amonestación hasta una multa, de 150 a 1,500 UMAS ($15,561-$155,610) al servidor público encargado de cumplir con la resolución del órgano garante.
Aunque los titulares de las Unidades de Transparencia de cada dependencia son el vínculo con el ItaipBC, no son los responsables ni son a quienes sancionarán, a menos que se determine que incurrieron en alguna responsabilidad.
La persona que se hace acreedora a una multa es el servidor público que “generó, la administró y/o la tuvo en su poder y que identificado que es competente para proporcionar la información y no lo haga”, que puede ser un director, un jefe de departamento, etc., explicó.
Si bien, como último recurso el Instituto puede imponer las multas para lograr la efectividad de sus determinaciones, la ley establece que como no cuenta con un mecanismo administrativo para hacerlas efectivas directamente; será por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas (ahora llamada Secretaría de Hacienda) que se ejecutarán, de ahí la necesidad de establecer los convenios.