Algunos de los siete aspirantes a ser el “responsable de la construcción” del Frente Amplio por México (FAM), que impulsan los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), que también integran la alianza “Va Por México”, no están obligados a dejar su cargo en el Congreso de la Unión, según lo determinó, 9 de agosto de 2023, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Las siete personas aspirantes que juntaron más de 150 mil firmas y pasaron a la segunda etapa del proceso interno del FAM fueron: Xóchitl Gálvez Ruiz, Beatriz Paredes Rangel, Santiago Creel Miranda, Enrique Octavio de la Madrid Cordero, Silvano Aureoles Conejo, Miguel Ángel Mancera Espinosa y Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Con 5 votos en contra y 2 sufragios a favor, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF rechazaron el proyecto de la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis, quien propuso que los aspirantes opositores debían separarse de sus cargos en un plazo de 48 horas, a partir de la notificación, a fin de no vulnerar los principios de neutralidad en la contienda y prevenir el uso indebido de recursos públicos.
Otálora Malassis señaló que en el caso de los procesos políticos en curso, resultaba “evidente la incompatibilidad entre lo mandato en la Constitución general y desarrollado en la línea jurisprudencial en esta Sala Superior por la participación de las personas inscritas en los procesos políticos que están siendo regulados por estos lineamientos y el desempeño de cualquier cargo público”.
“Las personas inscritas ejercen un rol protagónico en el desarrollo de estos procesos. Son quienes encabezan los actos, actividades y propaganda con la finalidad de ocupar los liderazgos políticos que se están construyendo en estos procesos”, apuntó la magistrada, quien también indicó que el continuar en el cargo y al mismo tiempo participar en el proceso interno, “pudiera significar una vulneración al principio de equidad”.
Asimismo, Otálora Malassis señaló que “las personas inscritas en cualquiera de los procesos políticos que ocupen cualquier cargo público en alguno de los tres poderes deberán separarse de este, esta notificación que propongo debe ser notificada a través de los partidos políticos a las personas inscritas en sus procesos y estos deberán separarse por medio de licencias, en un lapso de 48 horas a partir de la notificación”.
No obstante, cinco magistrados de la Sala Superior del TEPJF -Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante González, Mónica Aralí Soto Fregoso, José Luis Vargas Valdez y Reyes Rodríguez Mondragón- no acompañaron el proyecto de Otálora Malassis, ya que señalaron que ello vulneraba la libertad de expresión y el pleno ejercicio de los derechos políticos de los aspirantes opositores. Felipe Alfredo Fuentes Barrera sufragó a favor.