La defensa legal del narcotraficante Miguel Ángel Félix Gallardo presentó una nueva demanda de amparo en contra de presuntos actos de tortura psicológica al no acatarse la orden judicial de trasladar al sentenciado a su domicilio y mantenerlo privado de la libertad en una prisión, con lo que ya suman tres los juicios de garantías en favor del capo.
Luego de que los primeros dos amparos por tortura psicológica fueron returnados de los juzgados séptimo y octavo, a otro juzgado de distrito especializado en materia de amparo penal, los abogados del ex líder del Cartel de Guadalajara formularon una nueva demanda ante juzgado distinto.
En el escrito presentado se advierten otros actos reclamados como traslado, detención o aseguramiento, pues Miguel Félix se encuentra recluido en la Comisaría de Sentenciados del Estado de Jalisco, en Puente Grande, de donde la Fiscalía General de la República propuso trasladarlo a un centro federal de rehabilitación psicosocial (Ceferepsi).
El juez de amparo determinó conceder la suspensión de plano al quejoso “para el efecto de que cese o deje de ejecutarse cualquier tortura psicológica con motivo de cualquiera de los actos reclamados y por cualquiera de las autoridades responsables”.
La defensa del narcotraficante reclama de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana por conducto de los servidores públicos adscritos al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, “la realización de obstáculos al retardar y entorpecer de una forma maliciosa la administración de justicia”.
Las referidas autoridades no han resuelto la viabilidad de trasladar a su domicilio a Félix Gallardo, sitio de confinamiento autorizado por el Juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, que el 9 de septiembre anterior concedió la sustitución de la pena de 40 años de prisión por la medida de seguridad mencionada.
Por ello se reclama de las autoridades, “el ordenar a los servidores públicos realicen toda acción para manifestar que no llegan las alertas del monitoreo, como es el caso de bloquear el dominio, no abrir los correos que reciban la alerta del monitoreo, dicha forma de actuar con malicia para retardar y entorpecer la administración de justicia”.
Sin embargo, para el Juez de Amparo que conoce del nuevo juicio de amparo “existe oscuridad en la forma en que fue redactada la demanda” por lo que dio un plazo de cinco días a la defensa del quejoso para que subsane las deficiencias, precise los antecedentes de la causa penal y proporcione las copias necesarias de la demanda.
Por lo pronto, se dio la orden a un actuario judicial para que se presente en el penal de Puente Grande y de fe del estado físico en que se encuentre Miguel Félix Gallardo; “es decir, si presenta o no huellas de maltrato, lesiones o cualquier otro indicio de alteración en su estado de ánimo; de lo cual deberá levantar la razón correspondiente”.
En este caso, el juez de amparo se reservó dar vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita por la posible comisión de actos ilícitos derivado de la tortura que refiere la parte promovente, sino hasta que se formulen las diversas aclaraciones de la demanda.