José Fernando Franco González Salas, ministro de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propuso declarar inconstitucional la reforma al artículo Octavo del decreto 112, llevada a cabo el pasado 23 de julio del 2019, por el Congreso de Baja California, llamada “Ley Bonilla”, con la cual se amplió de dos a cinco años el periodo de mandato del gobernador Jaime Bonilla Valdez.
El proyecto de sentencia 112/2019 -que fue distribuido este lunes 4 de mayo a los demás ministros, entre ellos los nuevos: Yazmín Esquivel Mossa, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis Alcántara Carrancá-, será dado a conocer públicamente en los próximos días, para ser enlistado y discutido vía videoconferencia por el Pleno de la SCJN, el próximo lunes 13 de mayo.
“DECLARATORIA DE PROCEDENCIA DE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, MEDIANTE DECRETO NÚMERO 112, DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2014′, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 17 de octubre de 2019.
En los términos siguientes: ‘OCTAVO.- Para efecto de la concurrencia de la elección de Gubernatura del Estado con el proceso electoral federal 2024, la Gubernatura electa en el proceso electoral de 2019, iniciará funciones el primero de noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2024. La reforma al artículo 44, mediante el cual se adelanta la toma de posesión del Gobernador del Estado al mes de septiembre posterior a la elección, será aplicable al que sea electo en dicho cargo en el proceso electoral de 2030. Por única ocasión el Gobernador del Estado electo en el proceso electoral de 2024, iniciará funciones el primero de noviembre de 2024 y concluirá el treinta y uno de agosto del 2030’.”
Por tratarse de una acción de inconstitucionalidad, se requiere el voto de al menos ocho de los once ministros para que el proyecto de sentencia anule la reforma al artículo transitorio de la Constitución estatal, que el Congreso bajacaliforniano aprobó después de las elecciones locales, por la cual el periodo de Bonilla Valdez fue ampliado de dos a cinco años.
De concretarse la invalidez, quedará vigente la versión del transitorio bajo la cual fueron celebradas las elecciones de junio de 2019, por lo que el periodo del actual mandatario estatal de Baja California finalizaría el 1 de noviembre de 2021, lo que obligaría a convocar a elecciones para gobernador de la entidad el próximo año.
En marzo pasado, el ministro González Salas cerró el periodo de instrucción para recibir pruebas por parte de los involucrados en las siete acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra las reformas a la Constitución estatal, que ampliaron a cinco años el mandato de Bonilla Valdez.
Un total de siete acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas contra las reformas a la Constitución local, por parte de los partidos Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC), de la Revolución Democrática (PRD), Revolucionario Institucional (PRI), Partido de Baja California (PBC), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional Electoral (INE).
“Visto el estado procesal del expediente, toda vez que ha transcurrido el plazo legal concedido a las partes para que formularan alegatos y que los autos se encuentran debidamente integrados, se cierra instrucción a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente”, detallaba el acuerdo del ministro González Salas.
En octubre pasado, el mismo ministro rechazó frenar la toma de protesta de Bonilla Valdez como gobernador, después de que el presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN, Marko Cortés Mendoza, interpuso un recurso con la intención de evitar que el militante de Morena asumiera el cargo.
El dirigente panista buscaba que la SCJN primero se pronunciara en el sentido de si era constitucional que Bonilla Valdez gobierne cinco años, como lo legisló el Congreso Local, o solo dos años como le ordenó la ley. Sin embargo, el ministro González Salas indicó que el hecho de que el mandatario electo asumiera sus funciones no significaba que quedaría sin materia las acciones de inconstitucionalidad.
El ministro detalló que la vigencia de la norma impugnada no impedía que la Suprema Corte de Justicia de la Nación realizara el estudio oportuno de su validez, por lo que Bonilla Valdez tomó protesta el 1 de noviembre de 2019, tras una serie de protestas de la oposición.
El pasado 4 de noviembre, Julio Scherer Ibarra, Consejero Jurídico de la Presidencia, aseguró que el presidente Andrés Manuel López Obrador está “totalmente” en contra de la llamada “Ley Bonilla”.
“El presidente López Obrador ya se pronunció en términos de lo qué pasó en Baja California y el presidente López Obrador dijo que está totalmente en contra de lo qué pasó en Baja California”, expresó el funcionario federal durante una entrevista con la cadena televisiva La Octava, de Grupo Radio Centro.
Sin embargo, Scherer Ibarra indicó que a pesar de estar en contra de la llamada “Ley Bonilla”, el titular del Poder Ejecutivo Federal no interpondrá un recurso ante la SCJN, para evitar que se genere presión sobre la decisión que deberán tomar los ministros ante las cuatro acciones de inconstitucionalidad que habían sido presentadas por diversos actores.
“Pero el presidente López Obrador también es respetuoso del Poder Judicial y sabe el peso que tiene el Ejecutivo en las decisiones que pueda tomar el Judicial. Entonces, el presidente, sabiendo que hay cuatro acciones ya en el Poder Judicial, dice ‘¿para qué cargo una quinta acción de inconstitucionalidad al Poder Judicial, con el peso que tiene todo el Ejecutivo Federal, que eso puede hacer que el Judicial pueda tomar una decisión distinta a la que pueda tomar”, abundó el Consejero Jurídico de la Presidencia.
“Yo ya me pronuncié, en lo personal, no estoy de acuerdo con lo que se hizo en Baja California, que ellos decidan lo que quieran decidir […] Yo creo está muy largo lo que ya pasó, no creo que tenga mayor discusión. Estoy cierto de que hay una Constitución sobre la que se votó y punto”, acotó el funcionario federal.
“¿Dos años?”, le preguntó un conductor del programa ‘Los Periodistas’ que se transmite en la cadena La Octava. “Como debe ser”, respondió Scherer Ibarra, Consejero Jurídico de la Presidencia.
Por su parte, López Obrador afirmó el pasado 4 de diciembre, que respetaba la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de considerar inconstitucional la llamada “Ley Bonilla”, aprobada en el Congreso de Baja California para ampliar, de dos a cinco años, el periodo de mandato del actual gobernador.
“Quiero decir que respetamos la decisión que tomo la Suprema Corte [sic] el día de ayer declarando inconstitucional la reforma que se hizo en el Congreso local de Baja California, el Tribunal Electoral, a petición de la Corte”, indicó el mandatario nacional durante su conferencia de prensa matutina.
El titular del Poder Ejecutivo Federal consideró que la acción de respetar la opinión de la autoridad electoral, “deja de manifiesto que no somos iguales, se acuerdan allá mismo en Baja California, acordaran en lo oscurito y luego usaban los órganos para legitimar lo que ya habían negociado o ya habían transado”, recordó.
A través de una opinión solicitada por la SCJN, el TEPJF consideró el pasado 3 de diciembre, que es inconstitucional la reforma aprobada por el Congreso de Baja California, ya que siete magistrados coincidieron en que la modificación se aparta de la “regularidad constitucional”.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que la reforma aprobada por el Congreso bajacaliforniano, que permite ampliar de dos a cinco años el mandato de Jaime Bonilla Valdez como gobernador es inconstitucional.
“No es válido que se prorrogue el mandato a cinco años que fue conferido al Gobernador por voluntad de los electores para un tiempo determinado de dos años, pues el texto transitorio impugnado de la Constitución local necesariamente debe ceñirse a las disposiciones y principios de la norma suprema […] no es válido que se prorrogue el mandato”, señaló el TEPJF.
Sin embargo, en la opinión jurídica solicitada por el ministro José Fernando González-Salas, se considera la prórroga o ampliación de mandato también viola el principio de no reelección previsto por la Constitución Federal.
“Los artículos constitucionales transitorios que han sido impugnados violan el principio de no reelección consagrado en el artículo 116, fracción I de la Carta Magna, de tal suerte que la norma impugnada resulta inconstitucional por violentar el principio de no reelección”, abundó el TEPJF.
Los siete magistrados consideraron, además, que los temas de retroactividad, división de poderes, prohibición de leyes privativas y conclusión de los efectos que tiene el artículo transitorio reformado van más allá del ámbito electoral.
El documento, remitido a la SCJN el pasado 30 de octubre, como parte del análisis que se realiza de la acción de inconstitucionalidad, contó con el respaldo de los siete magistrados que integran la Sala Superior, quienes firmaron el documento.
Anteriormente, el TEPJF desechó en varias ocasiones los recursos interpuestos por diversos actores por considerar que escapaba el ámbito electoral, a pesar de que en al menos tres ocasiones señaló que el periodo de la elección donde obtuvo el triunfo Bonilla Valdez era solo por dos años.
-Con información de Milenio, El Universal y Reforma.