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viernes, febrero 16, 2024
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Amparo para 58 presos del Cereso de Mexicali

Defensoría Pública presentó demanda para que se garantice acceso a la salud

Un total de 58 personas privadas de libertad en el Centro de Reinserción Social de Mexicali recibieron la suspensión de plano en un juicio de amparo promovido por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) para que autoridades penitenciarias y de salud garanticen a los quejosos, medidas que hagan frente al virus SARS-CoV2  y en caso de que se detecten casos positivos de la enfermedad, garanticen la salud a través de un tratamiento médico y rehabilitación.


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Así se informó a ZETA en el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en esta capital, donde la demanda de garantías fue presentada la semana anterior por parte del titular de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del IFDP, en una acción que parece replicarse en la mayoría de los estados del país.

Inicialmente el escrito fue presentado en favor de más de 60 internas e internos, pero varios de ellos ya no se encontraban cautivos en el CERESO de Mexicali, por lo que solo fue admitido y se decretó la suspensión de plano por 58 reclusos, quedando como representante común Ana María N., alias “Mariana”, una mujer presa por el delito de secuestro.


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Fotos: Cristian Torres

La petición de amparo se formuló para reclamar del director del CERESO de Mexicali, del secretario de Salud de Baja California, y del subsecretario del Sistema Penitenciario estatal, “la omisión de cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos, particularmente de protección y garantía del derecho a la salud, la vida, la dignidad y la integridad persona, ante la pandemia del coronavirus.

La medida cautelar no dejó conformes a los defensores públicos federales, pues también reclamaban las acciones necesarias para que las autoridades carcelarias despresurizaran el penal mexicalense, y el juzgador denegó dicho punto, por lo que los promoventes interpusieron el recurso de queja y el asunto fue turnado al Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito.

Los inconformes refirieron que “en el contexto de la emergencia de salud pública derivada de la pandemia por el virus COVID19, considerando la existencia de contagios y muertes a causa de dicho virus al interior del centro penitenciario en comento, así como, la deficiente atención médica al interior del mismo”; la negativa de conceder la suspensión provisional para efectos de ordenar la despresurización de la prisión estatal, les genera graves violaciones a los derechos de “las 58 personas privadas de libertad”, a la salud, la vida y la integridad personal.

Los defensores públicos federales arguyeron que “si bien existen mecanismos y herramientas jurídicas a través de las cuales una persona privada de libertad podría solicitar un beneficio preliberacional o una revisión de su medida cautelar, es precisamente dada la situación extraordinaria de emergencia sanitaria que deben activarse otro tipo de mecanismos que permitan acceder a las personas de forma rápida, efectiva y posiblemente colectiva, a medidas alternativas a la prisión”.

Sin embargo, los magistrados del Tribunal Colegiado consideraron como infundados los motivos de disenso sintetizados de los representantes de los reclusos. El juicio de amparo indirecto se resolverá en fecha próxima, una vez que se desahogue la audiencia constitucional que señala la ley especializada.

Cabe mencionar que, “de acuerdo con cifras del Diagnóstico Nacional del Sistema Penitenciario emitido por la Comisión Nacional en el año 2019, en el 63% de los centros de reclusión del país existen deficientes condiciones materiales, equipamiento e higiene de las áreas de dormitorios, en el 32.79% de los centros supervisados hay deficiencia en los servicios de salud, en el 33% de las prisiones hay sobrepoblación y el 32% hacinamiento”.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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