Con 431 votos a favor y uno en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó este martes 3 de marzo, aumentar de 3 hasta 7 años de prisión la penalidad por el delito de violencia familiar. Las reformas a los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, se turnaron al Senado de la República para su revisión.
En la actualidad las penas van de 6 meses a 4 años. El dictamen presentado por la Comisión de Justicia argumentó que es necesario aumentarlas, porque no se ajusta a la gravedad del hecho, ya que en la actualidad no ha logrado su objetivo total de prevenir la comisión de este tipo de hechos.
“En tal sentido, esta dictaminadora estima que la previsión legal de la pena, como su imposición judicial y ejecución no están cumpliendo con su función […] por ello se propone un incremento justo y proporcionado”, indicó el dictamen.
“Sin caer en penas excesivas y de larga duración que inhiban la reinserción social del condenado, más aún cuando se trata de temas relacionados con el entorno y núcleo familiar”, se explicó en el dictamen, que desechó la propuesta original de declarar prisión preventiva oficiosa para la violencia familiar, pero sí se aceptó el incremento de la pena.
“La violencia familiar no es un asunto privativo de algún país o cultura, no es exclusivo de algún estrato social o económico y por sus consecuencias a nivel individual y social, tampoco puede considerarse como un problema privado. Una forma endémica de la violencia familiar es el abuso a las mujeres por parte de su pareja”, se argumentó en el dictamen, en el que se agregó la violencia física, psicológica y sexual dentro de la familiar.
“A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de tres a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado”, dice el nuevo artículo 343 Bis reforma.
“Se equipara a la violencia familiar y se sancionara con 3 a 7 años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona”, indica el artículo 343 Ter sobre la violencia, que también se pueda ejercer sobre otros miembros de la familia, no solo la pareja.
Según cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre enero y octubre del 2019 se registraron 603 mil 838 llamadas al número de emergencias 911, relacionadas con incidentes de violencia familiar.
En el mismo periodo del año pasado, el SESNSP tuvo conocimiento de 544 mil 811 reportes, es decir, que durante 2019 hubo 10.8 por ciento más llamadas (59 mil 027) a los Centros de Atención de Llamadas de Emergencia (CALLE), y que el promedio diario pasó de mil 792 a mil 986.
Asimismo, la Secretaría de Salud (Ssa) del Gobierno Federal registró 74 mil 217 casos de lesiones por violencia intrafamiliar hasta noviembre del 2019, 2 mil 806 más que los notificados en el mismo periodo de 2018, principalmente contra mujeres, ya que de los casos reportados, el 93 por ciento se cometió en contra del género femenino.