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lunes, octubre 14, 2024
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Cámara de Diputados aprueba en lo general y en lo particular Ley antifactureras

Sin discutir ninguna de las reservas presentadas, principalmente por legisladores de la oposición, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 276 votos a favor, 144 en contra y 16 abstenciones la llamada Ley antifactureras, la cual equipara la defraudación fiscal (por un monto superior a 7.8 mdp), el contrabando y la compra-venta de facturas falsas como delincuencia organizada.

El dictamen, que será turnado al Ejecutivo Federal para su publicación, establece que los ilícitos contra el fisco federal son una amenaza a la Seguridad Nacional, por lo que quienes los cometan serán acreedores a prisión preventiva oficiosa, es decir, que enfrentarán su juicio en la cárcel.

Aquellos que incurran en la compra-venta de facturas falsas que amparen operaciones inexistentes podrían hacerse acreedores a una pena de 2 a 9 años de prisión, y cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos.

En la sesión celebrada en San Lázaro este martes 15 de octubre, diputados de Morena, PRI, PAN, MC, PRD, y sin partido externaron su preocupación ante la aprobación del dictamen que consideraron “criminaliza al contribuyente”, al modificar las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada, de Seguridad Nacional, así como los Códigos de Procedimientos Penales, Fiscal de la Federación y Penal Federal.

Una de las reservas la presentó la diputada Lorena Villavicencio Ayala, de Morena, quien señaló que la modificación al artículo 2 de la Ley fracción octava de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada viola el principio de presunción de inocencia, el nuevo sistema penal, y los artículos 1 y 19 de la Constitución Política, así como de los derechos humanos.
“Si se establecen estas conductas como amenaza a la seguridad nacional estaremos frente a todo el poder del Estado, que podrá usar todos los recursos que legalmente tiene conforme lo señala el artículo 33 de la Ley de Seguridad Nacional, tales como la denuncia anónima o la intervención de comunicaciones privadas, la escucha, grabación, etc”.

Al opinar que la prisión preventiva oficiosa sólo debe determinarse cuando hay razonablemente el riesgo de fuga o de entorpecimiento de investigación, la diputada propuso la modificación al artículo 5 la Ley de Seguridad Nacional para que se elimine la fracción décimo tercera así como se modifique la fracción 8va del artículo 2 de la Ley de Delincuencia Organizada. Planteamientos, cuya discusión fue rechazada por votación económica.

La diputada de Acción Nacional, Mariana Dunyaska García Rojas también presentó una reserva sobre el mismo artículo 2 fracción 8va de la Ley de Delincuencia Organizada. Señaló que en el Parlamento Abierto, llevado a cabo en días pasados sobre esta iniciativa, se puso de manifiesto que la reforma que se estaba discutiendo contraviene el principio de inocencia, del debido proceso y de certeza jurídica.

“Implica una sobrerregulación, ya que hay disposiciones vigentes que sancionan la defraudación fiscal y la facturación”, sentenció.

En una de sus intervenciones, el diputado priista, Enrique Ochoa Raza, aseguró que con esta modificación se “criminaliza” al contribuyente. Pidió a la mayoría de Morena sacar la defraudación fiscal de la Ley de Delincuencia Organizada, pues al incluir la defraudación fiscal en esta ley no necesariamente se está hablando de compra-venta de facturas falsas, sino de una persona que cometió un error en su contabilidad y que no tendrá la oportunidad de aclararle al fisco éstos en libertad.

En el listado de las causas que merecen prisión preventiva oficiosa –de la reforma que hizo el Congreso recientemente- no aparece la defraudación fiscal. “La estamos poniendo aquí por la puerta trasera modificando la Ley de Delincuencia Organizada y el contribuyente puede ser señalado por la autoridad”, haciendo que éste sufra prisión preventiva y abriendo la posibilidad de que se le aplique la Ley de Extinción de Dominio.

Además dijo que “el monto económico que está señalado ahí no aplica para una factura, ni para un año de ejercicio fiscal. El monto económico (7.8 mdp) que está señalado, de acuerdo con lo que dice la página 19 del dictamen se debe de entender como que pueden ser múltiples facturas en múltiples ejercicios fiscales. Cualquier pequeña o mediana empresa cumple con el supuesto que dice el dictamen”.

Ante un salón de plenos semi vacío, el priista recriminó que estuvieran “50 legisladores discutiendo los grandes temas nacionales” y que la “mayoría” morenista “ni siquiera abra la discusión” a las reservas presentadas por parte de los grupos parlamentarios con representación minoritaria en el Congreso, Ochoa Reza recordó que hace seis meses, a propuesta de la diputada de Morena María Covarrubias, se modificó por unanimidad una reforma al artículo 113 del Código Fiscal para distinguir entre quienes compran y venden facturas, con penas distintas.

Sin embargo, la tarde de este martes, la nueva reforma al artículo 113 del Código Fiscal de la Federación criminaliza a los contribuyentes al eliminar la distinción entre quienes venden y compran facturas falsas.

“¿Qué pruebas tienen, empíricas, para que hace cinco meses, aquí de manera convincente ustedes propusieran separar las dos conductas delictivas dejando con menos penas al que adquiere una factura falsa y estableciendo una pena mayor a quien la vende (1 a 6 años de prisión) para que a cinco meses después a una reforma digan que no, que hay que volverlos a juntar en el 113 Bis y a incrementar la pena (de 2 a 9 años) en un tipo?” Por lo que, el priista pidió no se avalara el nuevo cambio y distinguir los dos hechos ilícitos estableciendo una pena para cada uno.

Refirió que según el Senado en 2005 se evadían 5.2% del PIB, para 2016 esa cifra bajó a 2.6. La misma información del Senado está diciendo que la evasión fiscal está bajando de manera considerable a lo largo del periodo 2005-2016.

La diputada del PRD, Abril Padilla presentó dos reservas a los artículos 187 y 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales en contra de que se decrete prisión preventiva oficiosa por delitos fiscales, porque va a generar una menor recaudación, proponiendo que prevalezcan los acuerdos reparatorios.

Acusó a esta legislación de “falta de creatividad” y se pronunció por aprobar un sistema que combata de forma eficaz el fenómeno de las facturas falsas y de las empresas fantasmas pero es un despropósito creer que todo lo podemos resolver con penas de cárcel o prisión preventiva”.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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