El Gobierno Federal violó los derechos de los niños y niñas con la cancelación del programa de Estancias Infantiles, según la Recomendación 29/2019 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la primera emitida por actos realizados en la Administración encabezada por Andrés Manuel López Obrador.
El programa de Estancias Infantiles fue sustituido el pasado 28 de febrero de con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), de las reglas de operación del programa Apoyo al Bienestar, con el cual se realizan transferencias monetarias directas a madres y padres para el cuidado de sus hijos.
La resolución fue informada por Ismael Eslava Pérez, Primer Visitador General de la CNDH, quien explicó, también, que las violaciones se dieron, además, por reducir en 50 por ciento el presupuesto destinado para el programa de Estancias Infantiles, ya que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que debía contar al menos con los mismos recursos que el año anterior.
Además, la CNDH encontró irregularidades en el censo realizado para el nuevo programa Apoyo al Bienestar, por lo que 6 mil 620 menores de edad que eran beneficiarios de las Estancias Infantiles dejaron de recibir el apoyo del Gobierno Federal.
“[Se transgredió] el interés superior de la niñez en primera infancia, por la reducción presupuestal el programa de Estancias Infantiles y la cancelación de éste por la eliminación del apoyo para infraestructura y por las transferencias monetarias directas a madres y padres”, sentenció Eslava.
El Primer Visitador de la CNDH indicó que la Administración encabezada por López Obrador violentó los derechos de los niños, de los trabajadores de las estancias y de los padres de los menores, a una vida digna, a la supervivencia y el desarrollo, así como a un sano desarrollo, a la educación y a la participación.
Por ello, la CNDH pidió a la Secretaría de Bienestar el pago retroactivo de los subsidios a las Estancias Infantiles, así como establecer un mecanismo que restituya los derechos vulnerados, así como un instrumento para la verificación del uso de los apoyos económicos entregados.
La recomendación de la CNDH fue dirigida, también, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) y al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Por instrucciones de López Obrador, el programa de Estancias Infantiles ahora se llama Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños de Madres Trabajadoras, y de 950 pesos mensuales por menor que el Gobierno Federal aportaba a las estancias, la cantidad disminuyó a mil 600 pesos bimestrales que se pagan de forma directa a los padres, quienes no tienen obligación de comprobar en qué gastan el dinero.
El pasado 7 de junio, el Primer Tribunal Colegiado Penal y Administrativo del Décimo Séptimo Circuito, publicó cuatro tesis de jurisprudencia que establecen que los juzgados de Distrito del Estado de Chihuahua deben conceder suspensiones provisionales a las estancias infantiles, para que la Secretaría de Bienestar les siga aportando recursos para atender a hijos de madres trabajadoras.
Según lo indica el artículo 217 de la Ley de Amparo, la jurisprudencia de los tribunales colegiados “es obligatoria para los tribunales unitarios de circuito, los juzgados de distrito, tribunales militares y judiciales del orden común de las entidades federativas y tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales que se ubiquen dentro del circuito correspondiente”.
“Es evidente que con la implementación del referido programa se han obtenido beneficios multidimensionales en favor de los menores, así como de las madres trabajadoras, a partir de la exigencia de la calidad en la prestación del servicio de las estancias infantiles”, dice una de las tesis de jurisprudencia, que ordena que 329 mil niños vuelven a tener el servicio en 10 mil estancias a nivel nacional.
“Tan es así que se prevén apoyos con el propósito de que a través de una evaluación, previo el cumplimiento de diversos requisitos, se obtenga una certificación del estándar de competencia de la calidad con la que deben funcionar dichos centros de atención infantil”.
A nivel nacional se presentaron más de 4 mil amparos, de los cuales 511 tienen suspensión definitiva. Por otra parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene pendiente resolver una contradicción de tesis entre el tribunal colegiado de Chihuahua y uno de Guanajuato, que consideró que las suspensiones no proceden.