Se han detectado descargas de aguas industriales al alcantarillado doméstico; desechos de pescado, grasas y aceites que deberían ser depositados al colector industrial, desembocan en el alcantarillado de CESPE, lo que ocasiona que el drenaje esté saturado y, por ende, provoca escurrimientos que van a dar a la vialidad.
ENSENADA.- Unas 20 empresas dentro del Parque Industrial Fondeport, ubicado en El Sauzal, descargan aguas de proceso al sistema de alcantarillado de la CESPE, generando derrames, problemas en las plantas de tratamiento de aguas residuales, contaminación y una serie de conflictos que dañan la infraestructura.
Lo anterior fue informado por el director de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, Carlos Loyola Peterson, quien explicó que dichas empresas deben de contar con dos tipos de drenaje: uno industrial para descargar las aguas que utilizan en sus procesos; otro, sanitario para las de uso doméstico.
Se han detectado descargas de aguas industriales al alcantarillado doméstico; desechos de pescado, grasas y aceites que deberían ser depositados al colector industrial, desembocan en el alcantarillado de CESPE, lo que ocasiona que el drenaje esté saturado y, por ende, provoca escurrimientos que van a dar a la vialidad.
Las aguas residuales industriales son aquellas que provienen de cualquier actividad industrial en cuyo proceso de producción, manipulación o transformación se utilice agua. Contienen contaminantes y, de no ser tratadas, pueden afectar la salud de las personas y la calidad del ambiente; por lo que es fundamental que las empresas en cuestión cuenten con un adecuado programa de gestión ambiental, indicó.
EXCEDEN NORMA OFICIAL
El titular de la paraestatal indicó que la Norma Oficial Mexicana (NOM) 002 SEMARNAT 1996 autoriza la descarga al alcantarillado sanitario, pero en cierta cantidad. De igual manera, estipula el deber de contar con descargas separadas de aguas de proceso y domésticas.
En grasas y aceites estamos recibiendo, de una empresa, 48 mil 100 miligramos por litro, cuando la NOM 002 establece como permitido 15 mg/l, advirtió Carlos Loyola Peterson, por citar un ejemplo.
Asimismo, agregó que, debido a lo anterior y a la carga orgánica, se están extrayendo 67 metros cúbicos de lodo líquido en pipas de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) El Sauzal para trasladarlo a la Planta de Tratamiento El Naranjo, situación que eleva el costo para la CESPE, cuando éste debiera ser cubierto por las industrias.
La Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada es un organismo operador de agua, por lo que no está facultada como autoridad normativa, finalizó Loyola Peterson.