Movimiento Regeneración Nacional presenta anteproyecto de la Ley General para la Regulación y Control de la Cannabis, propuesta que permitiría que los consumidores se registren en un padrón anónimo para que se les autorice cultivar y cosechar hasta veinte plantas de marihuana. La droga podrá consumirse en espacios públicos, a excepción de los prohibidos para fumar. Jurisprudencia de la SCJN establece que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que los adultos decidan qué tipo de actividades lúdicas desean realizar
A menos de una semana que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de marihuana, el equipo del Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, presentó una iniciativa ante el Senado de la República que propone un modelo de regulación legal estricta, con un comercio legal controlado y monitoreado en toda la cadena de valor.
Aunque el martes 6 de noviembre se presentó de manera incipiente el anteproyecto de la Ley General para la Regulación y Control de la Cannabis, éste fue retirado para ser reforzado jurídicamente y remitido de manera formal el jueves 8. Aunque la aprobación para el uso medicinal ya estaba decretada, con esta legislación México se sumará a países que permiten el uso de la marihuana con fines lúdicos, médicos, científicos y comerciales.
De acuerdo con la iniciativa de Ley, se autorizará a pacientes, investigadores y consumidores, sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y transformar hasta veinte plantas de cannabis en floración destinadas para el consumo personal en propiedad privada. Incluso se podría fumar marihuana en espacios públicos que no tengan la restricción sanitaria de “libre de humo”.
La propuesta permitirá que los consumidores se registren en un padrón anónimo, además de que se aprobaría la apertura de establecimientos para la venta y consumo de la hierba con fines recreativos, como ocurre en Canadá y se había autorizado con antelación en Uruguay.
Apenas el 31 de octubre último, la Primera Sala de la SCJN resolvió dos nuevos amparos en revisión para sumar cinco sentencias en el mismo sentido y favorecer el consumo lúdico de la droga sin restricciones a personas adultas, aunque no se precisaron cuestiones sobre la forma de la adquisición de la semilla de la cannabis y sólo se ordenó que la Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorice a los amparados consumir marihuana en forma personal.
La dependencia federal ya había previsto los lineamientos para la producción, exportación y comercialización de la marihuana con fines médicos y científicos, documento que fue presentado ante los legisladores. Ahí se estipula que la Cofepris vigilará la importación de medicamentos y remedios herbolarios que contengan derivados farmacológicos del cannabis; además, contempla lineamientos para su publicidad y promoción.
Sin embargo, pese al fallo de la SCJN, la Comisión rechazó autorizar permisos para la siembra, cultivo y cosecha del enervante para consumo lúdico o recreativo, a menos que un juez lo ordene. Según la dependencia federal, quienes soliciten el permiso para la importación de semillas de cannabis, deberán determinar que la venta sea legal en el lugar donde la desean adquirir.
LA APERTURA DE LA SCJN
En la sesión del 31 de octubre de 2018, la Primera Sala de la SCJN aprobó los amparos en revisión 547/2018 y 548/2018, bajo las ponencias de los ministros Norma Lucía Piña Hernández y Arturo Zaldívar respectivamente; en los que se reiteró, por quinta ocasión, la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de marihuana. Lo anterior permitió integrar jurisprudencia sobre el tema.
En ambos asuntos, la Primera Sala sostuvo que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege las acciones necesarias para materializar esa elección.
También se aclaró que ese derecho no es absoluto y podría regular el consumo de ciertas sustancias, pero las afectaciones que provoca la marihuana no justifican una prohibición absoluta a su consumo. Por lo tanto, la Primera Sala ordenó a la Cofepris autorizar a los quejosos consumir personalmente marihuana, sin que ello les permita comercializarla ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos.
Tal criterio fue sostenido por primera vez el 4 de noviembre de 2015, a propuesta del ministro Zaldívar (amparo en revisión 237/2014) y fue reiterado posteriormente en los amparos en revisión 1115/2017 y 623/2017. Entonces, al existir cinco precedentes en el mismo sentido sobre el tema, el criterio será obligatorio para todos los tribunales del país.
Desde el primer juicio de amparo concedido en 2014, los ministros coincidieron en que la política prohibicionista en materia de drogas ha fracasado y, por lo tanto, la misma requería de un cambio.
El ministro José Ramón Cossío opinó que sin que haya disminuido la prevalencia de las adicciones en el mundo ni en nuestro país, “es claro que la política que limita el acceso a sustancias controladas ha contribuido a incrementar la violencia y la corrupción asociadas a la delincuencia organizada, ha lastimado tanto a comunidades como a individuos y generado un mercado negro de millones de dólares, afectando con todo ello los derechos humanos y la salud de la población mundial y nacional”.
Aunque las diversas autoridades siempre rehuyeron al tema y debate amplio propuesto por el máximo órgano de justicia del país, el tiempo llegó. Partiendo del derecho al libre desarrollo de la personalidad, se llegó a la conclusión de que la negativa de las autoridades administrativas para autorizar a personas adultas a fin de que siembren, cultiven, cosechen, preparen, posean y transporten el estupefaciente conocido como cannabis y el psicotrópico THC para su uso lúdico y recreativo, es violatorio de sus derechos humanos.
LAS REACCIONES
La primera en festejar el criterio jurisprudencial fue la futura secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, quien aseguró que el fallo emitido por la Primera Sala de la SCJN representa un primer paso para que las autoridades administrativas avancen en la regulación tanto de cultivo como de consumo de cannabis. En su momento, la senadora aclaró que la jurisprudencia es sólo para las personas que soliciten un amparo, por lo que debía ampliarse también para las autoridades administrativas.
Tan reconoció que la decisión judicial es un parteaguas en la historia de México, que apenas unos días después se aceleró la presentación de la iniciativa de la Ley General para la Regulación y Control de la Cannabis. Sánchez Cordero coincidió con sus ex compañeros ministros de que la política prohibicionista seguida por los últimos gobiernos federales ha derivado en un incremento en la violencia en el país.
Mientras que diversos personajes de la vida pública vieron con agrado el anuncio, tanto de la SCJN, como de la iniciativa de Ley, entre ellos algunos gobernadores, el aún secretario de Salud, José Narro Robles, recordó que el consumo de esta droga causa adicción y daños.
“La marihuana genera adicción, a la gente joven le afecta y la Secretaría de Salud va a hacer lo que la Ley indique por un lado, pero seguirá trabajando para prevenir, para combatir las adicciones; lo hacemos con el tabaco, el asesino serial número uno en el mundo, en la historia del mundo”, enfatizó el ex rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, quien sin embargo, aseguró que su dependencia es respetuosa de las leyes y las instituciones.
Sobre el temor de un gran sector de la población que puede pensar que el enervante estará alcance de sus hijos, el diputado Enrique Velázquez, del Partido de la Revolución Democrática, uno de los principales impulsores en Jalisco para regular el uso de la marihuana, defendió la resolución y aseguró que la legalización en el consumo no quiere decir que se venderá a todas las personas.
Enfatizó que la regularización no implica a los menores de edad, pues como ocurre con el alcohol y el tabaco, no son clientes potenciales ni autorizados. “La gente cree que a partir de eso ya van a vender marihuana en los Oxxo. No, no es así. Al revés, ahorita la venden en todos lados, nomás no la quieren ver, ahorita está en cada esquina, y en cada lugar es muy sencillo adquirirla”, subrayó
Un día después de la creación de la jurisprudencia mexicana sobre el tema, curiosamente en Reino Unido, las autoridades se pronunciaron para permitir el uso de la marihuana con fines medicinales para el tratamiento de enfermedades. Las reglas se modificaron luego que la madre de un adolescente, de 13 años, quien padece epilepsia, hizo una campaña en favor del uso de la hierba, con fines medicinales. De esta manera, la marihuana se utilizará sólo en casos de epilepsia severa, esclerosis múltiple y la náusea provocada por quimioterapia.