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Rumbo a 2019: el principio del fin para “Kiko” y los alcaldes

A dos meses de haber concluido la jornada electoral de 2018, en Baja California ya se inició el proceso para organizar la próxima, y con ello la renovación de gobernador, las cinco presidencias municipales y las diputaciones locales

 

En 2019, Baja California mudará de gobernantes. Será el final del mandato del panista Francisco Vega de Lamadrid como titular del Poder Ejecutivo, pues a diferencia de los cinco alcaldes y los diputados locales, es el único puesto al que no le aplica la posibilidad de reelección.

El proceso que dio el banderazo a la próxima elección se dio el 9 de septiembre, con la sesión del Consejo del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC).

A partir de ese día y conforme a lo estipulado en la Ley, se irán organizando las elecciones que se celebrarán el 2 de junio del próximo año.

Las votaciones en Baja California serán únicas en todo el país, cuando se elija gobernador. En Aguascalientes, Durango, Quintana Roo y Tamaulipas también se irá a las urnas, pero solo para renovar diputaciones o presidencias municipales.

Otro rasgo particular de la elección en BC, es que el gobernador o gobernadora que resulte electo, cumplirá un periodo de solo dos años, a partir de la reforma política de 2014 que estableció el empate de los procesos electorales de los estados con los celebrados a nivel nacional cada tres años.

Por ello, el gobierno estatal en turno terminará en 2019. El ungido en ese año estará hasta 2021, año en que se votará por los diputados federales (elecciones intermedias).

CONVOCATORIA A CONSEJEROS (23 JULIO – 1 DE NOVIEMBRE DE 2018)

Previo a la integración de un Consejo General, tanto INE  como IEEBC lanzan la convocatoria abierta para aquellos interesados en participar en el proceso de selección y designación al cargo de consejera o consejero electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California. Solicitud que se aplica de forma electrónica para la renovación de tres plazas que se cubrirán por siete años. La recepción de solicitudes concluyó el 17 de agosto.

El sábado 1 de septiembre e aplicó el examen de conocimientos a los aspirantes a consejeros, como una de las etapas de selección. Hoy viernes 14, la Unidad Técnica del INE comenzará con una etapa más que consistirá en que los mejores calificados en el examen de conocimientos, realizará un ensayo presencial para ser nuevamente evaluados.

  • 1

GUBERNATURA

 

  • 17

DIPUTACIONES LOCALES

DE MAYORIA RELATIVA

  • 8

DIPUTACIONES DE

REPRESENTACION

PROPORCIONAL

  • 5

AYUNTAMIENTOS

 

LA PRUEBA PARA AMLO

Tras la victoria de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), encabezado por el hoy Presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, su partido tendrá en la elección de Baja California, la prueba de fuego: AMLO ya no será candidato y el Partido Acción Nacional (PAN) sigue siendo gobierno en Baja California, que será la primera entidad en disputar una gubernatura en la administración lopezobradorista.

Con el arrastre de Morena y las inconformidades generadas por los gobiernos actuales, se abre la posibilidad de que el PAN pierda el Estado, uno de sus últimos bastiones que ha mantenido por cerca de los 30 años.

Será, pues, el IEEBC el que organice, ejecute y califique la elección de 2019, ya que el Instituto Nacional Electoral (INE) solo supervisará y coadyuvará en casos específicos de la elección, tal como el control del padrón y la lista nominal.

Preliminarmente y basados en la Constitución y en la Ley electoral, a continuación se explican algunos momentos y las fechas más destacadas del ejercicio democrático próximo a experimentar en BC.

PRECAMPAÑAS (22 DE ENERO DE 2019)

El Artículo 113 indica que las precampañas electorales iniciarán el 22 de enero del año de la elección, cuando se celebren elecciones para elegir gobernador del Estado, diputados y munícipes.

REGISTRO DE CANDIDATOS Y PLATAFORMAS POLÍTICAS (PRIMERA QUINCENA DE FEBRERO DE 2019)

En su Artículo 142, la propia Ley electoral señala que para obtener el registro de candidaturas a toda clase de cargos de elección popular, el partido político postulante deberá presentar y obtener el registro de la Plataforma Electoral que los candidatos sostendrán en las campañas políticas, esto dentro de los primeros quince días del mes de febrero del año de la elección. Asimismo, el decreto refiere que para cualquier cambio o modificación, los partidos políticos deberán dar aviso antes del inicio de las campañas.

REGISTRO DE CANDIDATOS (20 DE MARZO- 11 DE ABRIL 2019)

Tras la aprobación de los límites de gastos, viene el registro formal de las candidaturas y fórmulas establecido en el Artículo 144. Allí se indica que tanto los partidos políticos, coaliciones, aspirantes a candidatos independientes que hubieren obtenido la constancia de porcentaje a que se refiere el artículo 26 de la Ley de Candidaturas Independientes en el Estado, deberán presentar la solicitud de registro en los plazos y ante los órganos competentes, en los siguientes términos:

  1. Para las candidaturas a Titular de Poder Ejecutivo estatal, todas las solicitudes de registro se harán ante el Consejo General, entre el 20 al 27 de marzo de ese año.
  2. Para las candidaturas a diputados y munícipes por ambos principios, que tengan como fin la renovación del Congreso del Estado y los Ayuntamientos, las solicitudes de registro se harán entre el 31 de marzo y el 11 de abril.

APROBACIÓN DE TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA (20 DE FEBRERO 2019)

Para los últimos días de febrero de 2019, quedará resuelto el tema de la repartición de dinero para los organismos políticos inscritos en la elección, con base en el Artículo 154, que indica que “a más tardar el día veinte de febrero del año de la elección”, el Consejo General “aprobará los topes máximos de gastos de campaña que pueda erogar cada partido político o coalición”.

Foto: Archivo.- A partir de las 8:00 am del domingo 2 de junio el electorado podrá acudir a las urnas.

ENTREGA DE CONSTANCIAS A CANDIDATOS (14 DE ABRIL DE 2019)

Para este tema, el Artículo 149 aclara dos puntos importantes:

Los Consejos Electorales, al tercer día del vencimiento del plazo al que se refiere el Artículo 144 (antes mencionado), celebrarán sesión para resolver, a propuesta de sus Consejeros Presidentes, sobre las solicitudes planteadas y, en su caso, otorgar la constancia de registro formal a los candidatos.

  1. Se comunicará de inmediato el acuerdo relativo al registro de candidaturas que hayan realizado y se expedirá una copia certificada de la constancia de registro correspondiente.

INICIO DE CAMPAÑAS (15 DE ABRIL)

La parte más álgida del proceso vendrá con el arranque formal de las campañas electorales de los partidos políticos, la cual se contempla en el Artículo 169, el cual señala que el organismo iniciará con el proceso al día siguiente del otorgamiento del registro de candidaturas para la elección respectiva por el Consejo Electoral correspondiente, y que  “concluirán tres días antes del día de la elección, durante los cuales no se permitirá la celebración de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales”.

Acorde con la información publicada por el INE, la precampaña para la gubernatura será del 22 de enero al 2 de marzo de 2019 y la precampaña para diputaciones y ayuntamientos arrancará el mismo día, concluyendo el 20 de febrero.

La campaña a la gubernatura iniciará el 31 de marzo, y la de las diputaciones y alcaldías el 15 de abril; ambas concluirán el 29 de mayo de 2019.

Día de la elección: 2 de junio de 2019

Precampaña para gubernatura: 22 de enero al 2 de marzo de 2019

Campaña para gubernatura: 31 de marzo al 29 de mayo de 2019

Precampaña para diputaciones y ayuntamientos: 22 de enero al 20 de febrero de 2019

Campaña para diputaciones y ayuntamientos: 15 de abril al 29 de mayo de 2019

VEDA ELECTORAL (30 DE MAYO DE 2019)

El periodo de reflexión otorgado por la Ley se especifica al final del Artículo 169, ya especificado.

 

JORNADA ELECTORAL (2 DE JUNIO DE 2019)

La fecha para que los bajacalifornianos salgan a las urnas es clara en el Artículo 106: “La jornada electoral, se inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio y concluye con la clausura de casillas”.

 

RECURSOS DE IMPUGNACIÓN (A PARTIR DEL 3 DE JUNIO 2019)

El Artículo 295 indica que todos los recursos de impugnación deberán interponerse dentro de los cinco días siguientes al que se tenga conocimiento o se hubiese notificado el acto o la resolución que se impugna.

RESOLUCIÓN IMPUGNACIONES Y ENTREGA DE CONSTANCIAS DE MAYORÍA (13 DE JULIO–22 DE SEPTIEMBRE DE 2019)

El Artículo 331, de carácter sentencioso, destaca que todo aquel recurso de impugnación será resuelto por mayoría de los integrantes del Tribunal Electoral, dentro de los treinta días siguientes a aquel en que fue recibido por el Tribunal.

Se señala que los recursos de revisión previstos en la Ley Electoral de Baja California, se resolverán conforme a los siguientes plazos:

  1. A más tardar el 13 de julio del año de la elección, los relativos a la elección de diputados por el principio de mayoría relativa;
  2. A más tardar el 31 de agosto del año de la elección, los relativos a la elección de munícipes;
  3. A más tardar el 22 de septiembre del año de la elección, el relativo a la elección de gobernador del Estado.

LAS 5 LEYES A REVISAR

Como parte de los procesos de consulta de los ciudadanos, existen documentos independientes de las constituciones locales y nacionales que permiten la articulación de una elección:

  1. Ley Electoral del Estado de Baja California
  2. Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California
  3. Ley del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California
  4. Ley Federal de Consulta Popular
  5. Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

(Con información de Salvador Vega Romero).

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Isaí Lara Bermúdez Isaí Lara Bermúdez Isai 13 isai@zeta.com
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