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viernes, febrero 23, 2024
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El indulto

Para los romanos, justicia es “la voluntad firme y continuada de dar a cada quien lo suyo”.

La pena, “es dar a cada quien lo que se merece”, en este caso, el castigo por haber delinquido, y viene siendo no solo el “ojo por ojo, diente por diente”, sino el reproche de la sociedad para quien ha violado las reglas de convivencia.


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Las normas jurídicas permiten la existencia pacífica en comunidad y la pena viene siendo el reproche de la sociedad a quien viola las normas jurídicas.

El indulto es un perdón excepcional por el delito cometido. Este perdón se otorga a aquellos que han cometido un delito pero posteriormente realizan actos excepcionales en beneficio de la humanidad, y es facultad otorgarlo por el Poder Ejecutivo cuando el delincuente se encuentra purgando la pena establecida por un juez y no queda recurso jurídico que promover.

Este recurso tiene carácter excepcional y si se otorga en forma frecuente, se convertiría en una forma de evadir el cumplimiento de la pena, o sea, el castigo merecido por haber delinquido. No debemos olvidar que la pena entre una de sus funciones es satisfacer el sentimiento de justicia del particular ofendido.


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El Código Penal de Baja California establece que “el indulto extingue las penas y medidas de seguridad impuestas en sentencia ejecutoria, salvo el decomiso de instrumentos y objetos del delito y la reparación de los daños y perjuicios”. “Es facultad discrecional del ejecutivo del Estado conceder el indulto, cuando el imputado haya prestado importantes servicios a la Nación o al Estado”.

Es necesario precisar que resulta peligroso utilizar el indulto con fines políticos o considerar que se va a disminuir la delincuencia otorgando indultos sin fundamentos. El indulto es una medida especial de gracia por la cual la autoridad competente, perdona a una persona toda o parte de la pena a que había sido condenada en virtud de una sentencia firme.

Promover la idea de que el indulto puede disminuir la comisión de delitos, puede ser contraproducente y considerarse como una incapacidad del Estado para vencer la inseguridad.

La comisión de delitos se logrará disminuir cuando operen de nueva cuenta los controles sociales formales (policía investigadora, ministerios públicos, jueces, etc.), y los controles sociales informales (familia, iglesia, escuela, trabajo, etc.) y se materialice la justicia social.

 

Arnoldo Castilla es abogado y catedrático de la UABC.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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