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viernes, febrero 16, 2024
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SCJN determina que gobiernos estatales liquiden deudas de corto plazo, 3 meses antes de que finalice cada administración

Por unanimidad, el Plena de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció este lunes sobre las reformas hechas en 2015 al artículo 117 de la Constitución, y determinó que los Gobiernos estatales tienen que liquidar todas sus deudas de corto plazo tres meses antes del final de cada administración, sin embargo, señaló que no existe impedimento para que contraten nuevos pasivos de largo plazo para inversión productiva en las últimas semanas de cada sexenio.

Siete de los 11 ministros de la SCJN declararon inconstitucional la autorización que el Congreso de Colima otorgó en septiembre de 2015 al entonces gobernador saliente, Mario Anguiano Moreno, para refinanciar a 25 años deuda de corto plazo, por 638 millones de pesos, debido a que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena que “las obligaciones a corto plazo, deberán liquidarse a más tardar tres meses antes del término del periodo de gobierno correspondiente”.


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La deuda de 638 millones del Gobierno de Colima había sido contratada con Banco Interacciones en el año 2015, sin embargo, el fallo de la SCJN no tendrá efectos retroactivos, por lo que en la práctica no anulará el refinanciamiento que permitió a dicha entidad postergar los pagos y llevar al largo plazo lo que era de corto plazo (las que duran menos de un año).

-Con información de Reforma.


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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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