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martes, octubre 1, 2024
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El fuero constitucional: mitos y realidades

A raíz de varios problemas recientes, el tema de la protección constitucional al trabajo legislativo ha sido severamente cuestionado por la opinión pública. Hay quienes, en un afán populista, casi inquisidor, vociferan sin reflexión, también sin conocimiento del tema, agregaría, por desaparecer el fuero constitucional. Otros, los más prudentes, piden que se revise y modernice esta figura constitucional.

Recientemente, el candidato del PRI a la presidencia de la República, José Meade, presentó un proyecto de iniciativa para desaparecer el fuero. ¡Qué absurdo! Populismo puro, sin analizar la significación de esta institución y para intentar ganar votos. Solo porque lo ha pedido la Coparmex y en las redes sociales lo critican permanentemente, más como una forma de mostrar su enojo frente al poder que por conocimiento de esta institución.

Nuestra Constitución tiene un diseño, una ingeniería constitucional que debe respetarse. Las instituciones políticas que hay en este diseño, están correlacionadas entre sí. La ingeniería constitucional es un tema de expertos, de constitucionalista; es irresponsable responder a presiones populares sin analizar el diseño constitucional.

Ciertamente hasta el nombre te choca, “fuero”, porque de inmediato lo asocias con privilegios e impunidad. La protección procesal que gozan los legisladores y que malamente se le conoce como fuero, no implica que si verdaderamente un legislador ha cometido un delito antes o durante su cargo, no pueda ser castigado. La razón histórica de esta institución es proteger a los representantes del pueblo de los excesos del Ejecutivo, quien, para evitar el trabajo de los legisladores, los hostiga inventándoles delitos o mandándolos detener sin pruebas. Éste es el espíritu que históricamente impulsó el establecimiento de esta garantía a los legisladores, pues en la antigüedad, cuando a un monarca no le gustaba lo que estaban haciendo los representantes del pueblo, o bien, no seguían sus instrucciones, los mandaba aprehender.

En México, la Constitución, desde la Reforma de 1983, establece la declaración de procedencia en contra de los legisladores federales que consiste en que si un miembro de este poder incurre en un posible delito, antes o durante su mandato; el ministerio público solicita a la Cámara de Diputados, el inicio de un procedimiento para analizar si un legislador cometió un delito. Si la Cámara encuentra evidencias que presuman, existe un probable delito, sin que prejuzgue el caso, es decir, sin que su resolución obligue con posterioridad a un juez a sentenciarlo, deberá remover la protección procesal para que las autoridades jurisdiccionales lo juzguen.

Los casos de López Obrador y el hermano de Leonel Godoy son dos casos extremos de lo que esta importante figura representa. En las dos situaciones se utilizó la acusación penal para logros político, en el primero para debilitar al más fuerte candidato a la presidencia de México, en aquel entonces y el segundo, para debilitar al PRD en Michoacán.

No estoy a favor de la impunidad, ni tampoco de proteger a quienes cometen un delito, pero nuestro Sistema de Justicia Penal, el de carácter local como el federal, sobre todo en la utilización de la PGR, por motivos políticos funciona a través de consignas del Ejecutivo en turno. Esto implica, en la práctica, que no es posible confiar en la investigación penal del ministerio público ni en la sentencia de los jueces penales, principalmente locales, de ahí la importancia de dos figuras de la defensa constitucional, el amparo y la protección especial procesal de los legisladores; sin estas dos instituciones, la injusticia penal prevalecería en nuestro país.

Por ello no puede desaparecer el mal llamado “fuero constitucional” de los legisladores, ya que dejaríamos en desventaja a estos frente al Ejecutivo, lo cual aumentaría la desproporción de poder político a favor de Ejecutivo, con lo cual, el sistema constitucional de pesos y contrapesos dejaría de funcionar y estaríamos provocando una enorme falla en nuestro sistema de libertades, pues a nadie le conviene un presidente o gobernador todopoderoso, capaz de doblegar a través de amenazas y coerciones a los hacedores de la Ley.

De ahí que la protección procesal a los legisladores debe permanecer, aunque con ciertas reformas que agilice su trámite. Hace tres años redacté al grupo parlamentario del PES, una iniciativa de reformas al procedimiento de declaración de procedencia (fuero) que no lo eliminaba, sino que hacía totalmente sencillo la remoción de esta protección para que cualquiera que cometiera un ilícito, pueda ser juzgado de inmediato, sin importar su carácter de legislador o funcionario público.

 

Amador Rodríguez Lozano, es tijuanense. Ha sido dos veces diputado federal y senador de la República por Baja California; fue también ministro de Justicia en Chiapas. Actualmente es consultor político electoral independiente y vive en Tijuana. Correo:amador_rodriguezlozano@yahoo.com

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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