Familiares del señor Ramón Rubiera y Guerrero, fallecido el domingo 8 de octubre y velado la tarde del día 9 en las capillas Santa Gema de Grupo Gayosso, denunciaron a ZETA la falta de criterio y trabas de la funeraria para cumplir con los servicios contratados en vida por el finado.
En primer término señalaron la tardanza de la funeraria en recoger el cuerpo, que a pesar de entregarse desde temprana hora del domingo el certificado de defunción, no fue levantado por la funeraria sino hasta mediodía, con el anuncio de que no podría velársele sino hasta el día siguiente a las siete de la noche.
No fue sino hasta las once de la noche de ese domingo que se les informó que el certificado de defunción entregado carecía de validez, al establecerse en el mismo que el estado civil del fallecido era viudo, sin que tal estatus sea reconocido como válido por el Registro Civil, por lo que tuvieron que volver a pagar a un médico particular para que llenara de nueva cuenta el formato.
El siguiente problema vino cuando se exigió a los hijos entregar una copia nueva del acta de nacimiento del finado, para proceder con la solicitud de cremación, al existir inconsistencia en algunos de sus documentos, ya que si bien en el contrato con la funeraria se manifestaba que los apellidos son Rubiera y Guerrero, en otros como su acta de matrimonio y su credencial de elector se establece que son Rubiera Guerrero, sin la “y”.
Acudiendo a uno de los cajeros que expiden actas de nacimiento en la sede de Gobierno del Estado en Tijuana, los dolientes ingresaron la Clave Única de Registro de Población (CURP) de su padre, sin embargo, el acta recibida registra Rubiere y no Rubiera. No considerando válida esta acta la funeraria, se intentó entregar una copia fiel del acta original, pero por estar los datos del finado registrados en letra manuscrita, les indicaron es ilegible.
Los problemas continuaron el martes, cuando se informó a los descendientes que ninguno de ellos podría disponer del cuerpo al estar todos registrados en sus actas de nacimiento como hijos de Ramón Rubiera Guerrero y no del fallecido Ramón Rubiera y Guerrero, por lo que no existía certeza de la relación filial.
Los quejosos señalan que el personal de la funeraria se mostró reacio a escuchar sus argumentos, cuando claramente se trataba de errores registrales en una serie de documentos, ajenos a la responsabilidad del finado y sus familiares, así como en cambios imputables a las autoridades encargadas de dichos trámites. No fue sino hasta que los inconformes comenzaron a recibir asesoría por parte de abogados que se autorizó la cremación.
Aseguran que personal de Gayosso tampoco permitió que familiares acompañaran a los gestores de la funeraria a realizar los trámites ante Registro Civil, para poder argumentar a los jueces sobre la insignificancia de los errores, por lo que sospechan, las trabas las imponía la funeraria y no los funcionarios registrales.
ZETA buscó respuesta de Gayosso a estos señalamientos, sin que gerentes o directivos de la empresa atendieran o se comunicaran para tal propósito.