Columna Invitada
Fernando David Márquez Duarte
El pasado 21 de junio fue aprobado por el Congreso del Estado de Baja California, el dictamen para crear el Sistema Estatal Anticorrupción.
Como sabemos y sufrimos todos los bajacalifornianos y los mexicanos en general, la corrupción es un mal y un delito que permea en todas las instituciones gubernamentales de todos los niveles: municipal, estatal y federal.
La corrupción afecta a todos los sectores de la población, pero especialmente a los menos favorecidos, quienes son los que no solo sufren las consecuencias, sino los que no tienen ganancia alguna en esta práctica.
Al respecto, se ha aprobado en el Congreso local esta medida que se pregona por acción de los políticos y sector empresarial principalmente, como el sistema que acabará por fin con la corrupción.
Es un avance para el desarrollo democrático del Estado que se tenga un sistema para combatir a la corrupción, con bases institucionales, sin embargo, el que se haya aprobado una reforma no asegura que se vaya a cumplir cabalmente ni tampoco que este sistema sea una verdadera solución.
Al analizar el documento de la propuesta de reforma, percibo algunos factores que considero pertinente mencionar. Cabe resaltar que, como investigador de temas de desarrollo y participación ciudadana, no es mi objetivo criticar aspectos meramente de redacción y/o legales, ya que estas controversias ya han sido presentadas por personalidades de la región, me enfoco en los aspectos sustanciales de esta propuesta de reforma que pueden llegar a afectar una verdadera herramienta contra la corrupción.
Un primer punto que vale la pena resaltar es la restricción de edad. Vivimos en una sociedad que margina la participación de la juventud en diversos aspectos, especialmente en el político, escudándose en la premisa errónea de que los jóvenes no tienen la experiencia necesaria. Si se desea un sistema para combatir la corrupción, los viejos vicios y los tan conocidos dinosaurios políticos, se deberían promover la participación de los jóvenes y no marginarla, considerando además que los rangos de juventud considerados por la ONU son de 15 a 24 años y a nivel nacional, por INEGI, de 15 a 29 años. El estipular que el fiscal general de Justicia del Estado tenga por lo menos 28 años, es marginar la participación de un grupo de la población importante, siendo contraproducente para la democracia.
Otra de las cuestiones que resalta es el enfoque moralista con el que se propone este sistema, puesto que se estipula, como requisito para ser Fiscal General de Justicia del Estado, el “gozar de buena reputación”. Este requisito es muy subjetivo, pues la reputación es un concepto no científico; ¿quién decide qué persona tiene buena o mala reputación? Si la comisión que elige a este fiscal considera que solo los empresarios tienen buena reputación, entonces no sería un sistema ciudadano, ya que excluiría a todos los demás grupos de la población de ser elegibles para este puesto.
Dentro de este sistema, se contempla un Consejo Estatal de Participación ciudadana, mismo que contará con nueve ciudadanos, con residencia mínima de cinco años en el estado, lo curioso es que la selección de estos miembros la hace una comisión integrada por el sector educativo y los organismos de la sociedad civil (OSC), pero solo las que el Congreso del Estado considere especializadas en materia anticorrupción, sin que ciudadanos no pertenecientes a estos grupos tomen parte en la decisión de integrar un consejo de participación ciudadana. Si bien, varias instituciones del sector educativo y de la sociedad civil buscan ser imparciales, sabemos que instituciones tan importantes como la UABC tienen escándalos y vicios de corrupción dentro de la institución, incluso dentro de los cargos más altos, también existe una clara parcialidad en cuanto a la elección de OSC para elegir a este consejo.
La participación ciudadana es una necesidad en nuestro estado y país, pero una verdadera participación totalmente ciudadana, aunque los empresarios y políticos son también ciudadanos, requiere la esencia de ciudadanos independientemente de estos sectores, ya sea dentro de OSC o ajenos, organizados o no, de modo que puedan realizar propuestas, demandas y programas que nazcan desde la ciudadanía, no desde el gobierno u otros sectores, para lograr un mayor desarrollo, no solo durante su planteamiento y propuesta, sino también en su ejecución y evaluación. La participación ciudadana se refiere a una apropiación por parte de la población de los asuntos públicos.
El autor es egresado de la UABC-Mexicali, graduado de la Licenciatura en Relaciones Internacionales con Mención Honorífica. Actualmente estudia la Maestría en Desarrollo Regional en El Colegio de la Frontera Norte. Asimismo, dirige y es fundador de la A.C. Juventud con Visión. Es parte de la Red Nacional de Jóvenes Investigadores. Sus líneas de investigación son participación ciudadana juvenil, cooperación internacional, desarrollo democrático.