Algunos criminales con prisión preventiva por delitos calificados como “graves” en el sistema penal mixto, pueden solicitar su libertad con base en las reglas del nuevo sistema penal acusatorio. La Suprema Corte de Justicia de la Nación definió jurisprudencia que privilegia enfrentar los juicios en libertad. El investigador académico Martín Jiménez Alatorre, de la Universidad de Guadalajara, considera el fallo como un avance en el reconocimiento de los derechos fundamentales. El abogado Jorge Huerta, experto en derecho penal, estima que saldrán entre un 60 y 70 por ciento de los reos que se encuentran en las cárceles del país
La resolución dictada el 5 de julio por la Primera Sala, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que posibilita que los procesados en el sistema penal mixto puedan sustituir la prisión preventiva por cualquier otra medida cautelar, invocando las reglas del nuevo sistema penal acusatorio, por lo que podrían abrirse las rejas de las cárceles al 60 o 70 por ciento de los prisioneros, estima un experto en derecho penal.
Atendiendo la prevalencia del derecho humano de presunción de inocencia, el principio de mínima intervención del derecho penal, así como la excepcionalidad de la prisión preventiva, los ministros de la referida Sala resolvieron la contradicción de tesis 64/2017 suscitada entre el criterio del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Ciudad de México) y el emitido por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito (Quintana Roo).
La resolución, propuesta por el Ministro José Ramón Cossío Díaz, y respaldada por sus compañeros de Sala, señala que “procede que los inculpados procesados en el sistema penal mixto soliciten la revisión, modificación y sustitución de la prisión preventiva, de conformidad con el contenido del artículo Quinto Transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, lo que implica un cambio que habilita a que el órgano jurisdiccional aplique las reglas del Código Nacional, a la luz de los principios de excepcionalidad, legalidad, necesidad y proporcionalidad justificada para la afectación del derecho humano a la libertad personal, acorde a lo establecido en el artículo 19 constitucional”.
Con esto, en las causas penales del antiguo sistema de justicia tradicional, que realizaba una calificación normativa de la gravedad del delito, ahora se dará paso a los parámetros normativos aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales, como lo es la evaluación del riesgo que representa el imputado o inculpado y el debate que sostengan las partes durante el desarrollo de la audiencia respectiva.
En un comunicado de prensa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación señala que, en caso de proceder la solicitud de sustitución, modificación o cese de la prisión preventiva, el juez deberá aplicar las medidas de vigilancia o supervisión referidas en el Código Nacional de la materia.
La Primera Sala consideró que al juez del proceso solo le corresponde decidir sobre el destino de la petición, con base en lo que las partes aporten en la audiencia correspondiente. Y destaca: “Es importante reiterar que la mecánica establecida en el artículo transitorio no implica el cambio inmediato de situación del imputado, sino que lo que permite es la aplicación de las normas del nuevo sistema penal, resolviendo así una evidente situación de desigualdad provocada por la condición transitoria entre sistemas procesales”.
Con esto, los procesados que se encuentran en prisión preventiva, en espera de sentencia, por delitos que en el antiguo régimen penal eran catalogados como graves, hoy, ni la Constitución o el Código Nacional los enuncia entre los que ameritan prisión preventiva oficiosa, por lo que podrán -en caso de proceder- recuperar su libertad y enfrentar su proceso fuera de la cárcel. Entre ellos están los extorsionadores, portadores de armas de fuego de uso reservado de las fuerzas armadas y un sinfín de delitos cometidos por servidores públicos.
Beneplácito
En el sector académico y en el ámbito de la salvaguarda de los derechos humanos, la noticia fue muy bien recibida. ZETA entrevistó al profesor universitario, Martín Jiménez Alatorre, doctor en derecho y maestro en Historia, en la Universidad de Guadalajara y la Universidad del Valle de México, quien calificó la resolución de la Primera Sala como “un gran avance en el sistema jurídico mexicano”.
“Por una parte, lo del principio de presunción de inocencia, y por otra, el deber del Estado de resolver la situación de los asuntos pendientes del sistema anterior y que se habían propuesto hacerlo en un plazo de dos años. Impacta un poco en esto. Es una medida o una institución procesal, que con el cambio al nuevo sistema, debería también de cambiar algunos aspectos del sistema tradicional y estarse aplicando el sistema acusatorio, como ya lo habían resuelto anteriormente, solo que esta contradicción de tesis, da más certidumbre jurídica para todos los asuntos que se le presenten a los jueces del sistema tradicional, en los cuales haya prisión preventiva y se tendría que cambiar a otro tipo de medida cautelar”, detalla el especialista.
Con tres décadas de experiencia en las áreas de procuración de justicia, donde llegó a ser director de Control de Procesos, Jiménez Alatorre está consciente de que este fallo no es popular. “Creo que el ciudadano y el Estado deben de ir cambiando la cuestión cultural, en cuanto a la prisión de las personas. Hay una propuesta importante de reforma a la Constitución, en la cual se solicita modificar el artículo 19 para dejar que todos los delitos, o permitir que todos los delitos, puedan tener el derecho a la libertad y que solamente, en aquellos supuestos donde el sujeto sea peligroso y pueda causar grandes daños a la sociedad, a las víctimas, pueda obstruir la acción de la justicia, tenga una prisión justificada durante todo el procedimiento”.
Y es que parecen venir reformas aún más atrevidas. “Ya va en avance esta propuesta de reforma a la Constitución, que implicaría, esto que se está haciendo, para todos los delitos. O sea, no tardamos en ver -si es que se logra esta reforma-, que alguien que haya secuestrado o haya participado en un secuestro, o algún homicidio doloso, pueda estar en libertad en razón de la poca peligrosidad, de la forma de comisión del delito, en una persona que no resultara peligrosa para la víctima, los testigos y la propia investigación. O sea, también va para allá encaminado con el nuevo sistema, pero esta reforma que implicaría para los de sistema tradicional, es como estar ajustando las normas para que se vayan empatando con el nuevo sistema, y me parece un gran avance lo que hizo la Suprema Corte”.
Martín Jiménez asegura que la sociedad, tanto bajacaliforniana, como a nivel nacional, no ha desarrollado esa visión cultural, de ver en la calle a las personas que presuntivamente cometieron un ilícito, hasta que hayan concluido el proceso y se dicte una sentencia condenatoria. “Creo que es una cuestión cultural que poco a poco va a ir cambiando y que tenemos que modificarla”.
Se va 60-70% de reos
En contraparte, con tres décadas de litigar en materia penal, el abogado Jorge Huerta Partida, maestro en Derecho, no ve con optimismo el fallo que sienta jurisprudencia obligatoria para todo el país.
El jurisconsulto lamentó que en el nuevo sistema de justicia no se cumpliera con algunos de los puntos que fueron “vendidos” como la gran panacea: equilibrio entre los derechos del imputado y los de las víctimas, así como reparar el daño causado, pues asegura que en el sistema penal mixto se tenían que exhibir tres fianzas, una de ellas para garantizar el pago de la reparación del daño, otra por la posible multa y una más por la libertad del encausado, lo que no ocurre ahora en el sistema penal acusatorio, donde solo se fija una garantía económica por la libertad personal, cuyo monto en ocasiones “es fiado a los delincuentes y ahora se les dan tres, cinco y hasta diez días para que exhiban dicha garantía”.
“Esto es gravísimo. Imagínense nada más, el 60, 70%, de los delincuentes en las calles, ¿Qué es lo que van a hacer? Ahora sí, que se agarre la ciudadanía. Es gravísimo” advirtió el litigante, que aprovechó para recordar los delitos considerados como graves y se requiere la prisión preventiva oficiosa, de acuerdo a la Constitución: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas; delitos cometidos con medios violentos, armas y explosivos, así como delitos graves que determina la ley contra la seguridad de la Nación.
Por su parte, en el Código Nacional de Procedimientos Penales agregan y se consideran delitos graves: el genocidio, violación, traición a la patria; el espionaje, el terrorismo, y el sabotaje. “Estaríamos hablando que de cualquier tipo de delito que no se cometió con violencia, a pesar de que fuese tipificado como grave con el anterior sistema, aplicando de manera retroactiva el beneficio al reo, automáticamente van a salir libres”.
Otra problemática que advierte Huerta Partida es la referida por los ministros de la Suprema Corte, sobre aplicar medidas de vigilancia o supervisión a los procesados que no están dentro de prisión. “La realidad es que no existe el personal necesario para realizar estas funciones, y casi podría apostar a que así es en todo el país, en el fuero común y en el fuero federal. Nadie vigila a nadie”.
Cárteles rivales disputan territorios y se enfrentan en varios estados
Tres enfrentamientos suscitados entre grupos rivales del crimen organizado en menos de una semana en Sinaloa, Chihuahua y Guerrero, dejaron por lo menos 62 muertos, sin contar la violencia cotidiana que a diario acontece en todo el país.
El último de estos enfrentamientos fue una riña suscitada la madrugada del jueves 6 de julio, al interior del Centro de Readaptación Social (Cereso) de Acapulco, con un saldo de 28 reos muertos y tres heridos.
En conferencia de prensa, el vocero del GCG, Roberto Álvarez Heredia, aseguró que la disputa inició “por la pugna permanente de grupos contrarios en el interior del penal”.
Versiones extraoficiales indican que seis de los presos fueron decapitados, lo que hasta el cierre de esta edición no había sido confirmado por la autoridad.
El primer enfrentamiento se registró el fin de semana en Villa Unión, Mazatlán, tras una persecución y posterior balacera entre policías municipales y presuntos delincuentes. Fallecieron 19 personas y cinco agentes resultaron heridos.
El sangriento incidente generó sospechas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que investigará el hecho en el que no murió ningún elemento policial. En fotografías difundidas horas después por medios locales, se observan al menos dos camionetas con cuerpos amontonados con impactos de bala.
El secretario de Seguridad Pública en Mazatlán, Joel Ernesto Soto, quien estuvo presente durante la refriega, aseguró que se trató de un hecho fortuito y que los oficiales repelieron la agresión.
“Estamos totalmente de acuerdo que se lleven las investigaciones correspondientes, de seguro ahí se van a deslindar u observar los hechos tal y como fueron”, destacó Soto.
En otro suceso, el miércoles 5 de julio, el poblado de Las Varas, municipio de Madera, en el noroeste Chihuahua, fue escenario de una balacera que según cifras oficiales, reportó al menos 15 muertos y 12 heridos.
El “choque” se dio entre presuntas bandas del crimen organizado -medios locales señalan a los cárteles de “La Línea”, Juárez y Sinaloa- e inició alrededor de las cinco de la madrugada, extendiéndose por dos horas.
Desde las primeras horas circularon versiones periodísticas que sugerían hasta 30 fallecidos durante el tiroteo, finalmente las autoridades desmintieron tales datos y confirmaron el número de muertos.
La Fiscalía General de Chihuahua informó que tras el enfrentamiento en la Sierra Tarahumara hay cinco detenidos y fueron incautadas ocho armas largas, tres granadas de fragmentación, una granada de 40 milímetros y 12 vehículos con impacto de bala.
La Fiscalía General del Estado desplegó un operativo de seguridad y vigilancia en las comunidades de Las Varas, Largo Maderal y Mesa del Huracán, municipio de Madera, incluyendo un helicóptero Black Hawk de la Policía Federal que se encuentra sobrevolando la zona.
Por su parte, el comisionado de Seguridad de Chihuahua, Óscar Alberto Aparicio Avendaño, indicó que el enfrentamiento entre supuestos miembros de la delincuencia organizada tuvo lugar “en el marco del Operativo Fortaleza”, que se lleva a cabo en coordinación entre autoridades chihuahuenses de la Federación.
“Esto provoca que este cártel delictivo (Juárez) empiece a replegarse a otras zonas controladas por otro cártel, en este caso es el de Sinaloa, y esto provoca un choque”, subrayó Óscar Aparicio.
En otro acontecimiento lamentable, cuatro mujeres fueron atacadas con ráfagas de grueso calibre por un comando armado, mientras viajaban en un vehículo sedán en el centro de Ciudad Obregón, en Sonora.
Dos de las féminas fallecieron al instante, incluyendo a una niña de cuatro años, mientras que otra mujer y una menor de edad fueron gravemente heridas y trasladadas a un hospital.