El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general -con 90 votos a favor, 3 en contra, y 3 abstenciones-, la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, que sancionará delitos relacionados hasta con 60 años de prisión.
Mientras que la discusión en lo particular continúa la tarde de este jueves en la Cámara Alta con casi 60 reservas en el articulado.
Dicha ley prevé la creación de un Sistema Nacional de Búsqueda en el que participarán familiares, el Gobierno Federal y las 32 estados para implementar acciones de prevención, investigación, persecución y criterios para sancionar el delito, además de brindar protección y asistencia a los familiares y testigos.
También crea el tipo penal de desaparición forzada, que será imprescriptible y sancionado de 40 a 60 años de prisión. La nueva Ley también prevé que los particulares que estén involucrados en la desaparición sean castigados de 25 a 50 años de cárcel.
Asimismo se incluye el tipo de Persona No Localizada. Además, se crea la Comisión Nacional de Búsqueda y una Fiscalía especializada, con 32 comisiones y fiscalías estatales, así como el Registro Nacional de Personas Desaparecida y No Localizadas, el Registro Nacional de Personas Fallecidas y No Identificadas, y el Registro Nacional de Fosas.