“Cristo no fue un revolucionario político. Fue un renovador espiritual de la Humanidad y un redentor de los pecados de los hombres como enviado de Dios. Para nosotros los cristianos es idéntico al Ser Supremo en la conceptuación aristotélica. Fue y es, en una palabra, el Hijo de Dios”. Ignacio Burgoa Orihuela, Dr. en Derecho.
Jurídicamente, Cristo fue condenado a muerte, cometiendo el tribunal hebreo graves faltas in judicando: condenarlo a la muerte en cruz sin tener competencia para decretarla conforme al Derecho Hebreo, y ordenarla para un delito religioso, la blasfemia, que no existía en el Derecho Romano.
Con Jesús no solo se cometió un crimen de deicidio, la muerte del Hijo de Dios, sino que como judío y ciudadano romano, se violaron sus derechos como persona humana.
En este doloroso caso la política abatió a la justicia, fenómeno frecuente en la historia de la Humanidad.
El eminente abogado y maestro de la UNAM, Dr. Ignacio Burgoa Orihuela, cuyo nombre lleva el Colegio de Abogados de Baja California, nos dejó antes de su muerte una reflexión jurídica sobre el “Proceso de Cristo”, editado por Porrúa.
Experto en derecho constitucional, el maestro Burgoa considera que en el caso de Jesucristo hubo condena sin delito, pues el juez que la impuso (crucifixión), Pilato, la creó. Circunstancia que revela claramente, que no se cumplieron las reglas procesales establecidas por el Derecho Penal Romano.
En Judea las leyes eran simultáneamente religiosas y jurídicas. Contenidas en el Antiguo Testamento, a partir del Decálogo y el Pentateuco o cinco libros de la ley: Génesis, Éxodo, Número, Levítico y Deuteronomio. Todos ordenados por Dios o Jehová al pueblo hebreo a través de su siervo Moisés en el Sinaí.
Respecto al proceso a Cristo y en cuanto al Derecho Penal, el juicio debió normarse por principios bíblicos que no se cumplieron, como son: el de publicidad (actuar de frente al pueblo), el de diurnidad (no juzgarlo después de la puesta de sol). El de amplia libertad defensiva del acusado. El de escrupulosidad en el desahogo de la prueba testimonial de cargo y de descargo, sin que valiesen las declaraciones de un solo testigo. El de probación para que nuevos testigos depusieran contra el acusado una vez cerrada la instrucción de procedimiento. El de sujeción de la votación condenatoria a nueva revisión dentro del término de tres días para que generara la sentencia en caso de corroborarse. El de inmodificabilidad de los votos absolutorios en la susodicha nueva votación. El de posibilidad de presentar pruebas a favor del condenado antes de ejecutarse la sentencia. El de invalidez de las declaraciones del acusado si no fuesen respaldadas por alguna prueba que se rindiese en juicio. El de aplicación a los testigos falsos de la pena con que se sancionaba el delito que denunciaran.
Quien condenó a muerte a Jesús, el Hijo de Dios, fue ese grupo de setenta ancianos y maestros en la ley, llamado Sanhedrín, reputado como el “Tribunal de Jehová”, cuyas resoluciones tenían el rango de “fallos de Dios”. Gamaliel, que fue maestro de San Pablo, hebreo apóstol de Jesús para los gentiles, como miembro de aquel Sanhedrín o tribunal de Jehová que condenó al Señor, lanzó aquella demoledora frase: “Jesús de Nazaret morirá y también la honra y el prestigio del Sanhedrín”.
En el “Proceso de Cristo”, obra escrita por el Dr. Ignacio Burgoa Orihuela, se hace referencia a la edición católica de los Evangelios Apócrifos, que contiene entre otros detalles, las cartas que se dirigieron Poncio Pilato y el Emperador Romano Tiberio. En esta correspondencia, Tiberio aplicará a Pilatos la Ley del Talión, cosa extraña, que un romano aplicase la ley judía a un pagano como Pilato. Tiberio casi le dice al ex procurador Poncio, estúpido: “Ha venido a mi presencia una mujer, la cual se dice discípula de Él (es María Magdalena, de quien, según afirma, expulsó siete demonios), y atestigua que Jesús obraba portentosas curaciones, haciendo ver a los ciegos, andar a los cojos, oír a los sordos, limpiando a los leprosos, y que todas estas curaciones las verificaba con sola su palabra. ¿Cómo has consentido que fuera crucificado sin motivo alguno? Porqué, si no queríais aceptarlo como Dios, deberías al menos haberos compadecido de Él como médico que es. ¿Cómo ha sido para entregarle a la muerte? Pues sábete que, así como tú le condenaste injustamente y le mandaste matar, de la misma manera yo te voy a ajusticiar a ti con todo derecho, y no sólo a ti, sino también a todos tus consejeros y cómplices, de quienes recibiste el soborno de la muerte”.
Dice Burgoa que el tribunal que juzgó a Jesús fue más bien un “tribunal de la venganza”. Donde se violó el Derecho Penal Romano, el procesal y el derecho hebreo emanado del Pentateuco y los Mandamientos de Dios dados a Moisés.
El Sanhedrín se desmoronó junto con el templo de Jerusalén, y la ciudad fue devastada por los bárbaros; Judas se ahorcó, Pilato recibiría la muerte bajo la Ley del Talión, según los evangelios apócrifos (el César Tiberio lo mandó matar), y finalmente Jesús Resucitó entre los muertos, aunque neciamente los judíos y los sumos sacerdotes sobornaron a los soldados para que dijeran que los discípulos se habían robado el cuerpo del Señor Jesús.
Como dice el maestro Burgoa, lo de Cristo fue un doloroso caso donde la política abatió a la justicia, fenómeno que es frecuente en la historia de la Humanidad.
Germán Orozco Mora reside en Mexicali. Correo: saeta87@gmail.com