Tribunal Colegiado rechaza intervención de organizaciones de la sociedad civil en defensa del fundador de los policías comunitarios de Michoacán. Aún no se vislumbra la fecha para que se resuelva la revisión del juicio de amparo que podría otorgarle la libertad al doctor José Manuel Mireles. El procesado desespera por la falta de atención médica y de medicamentos en el CEFERESO Número 4 en el Estado de Nayarit, pero contra ello no ha solicitado amparo
Los meses pasan y se convierten en años desde la detención del médico José Manuel Mireles Valverde, fundador de los grupos de autodefensas en Michoacán, sin que hasta el momento se haya dictado sentencia en su caso, menos aún se resuelva sobre su posible libertad, como ya ha ocurrido con algunos de sus seguidores.
A pesar que a finales del año pasado un tribunal unitario con residencia en Morelia concedió un amparo al luchador social para que se estudie la posibilidad de sobreseer la causa penal en su contra, el recurso de revisión interpuesto por el Ministerio Público de la Federación ha conseguido alargar el cautiverio del personaje.
La confirmación, modificación o revocación de la protección otorgada a Mireles, ahora está en manos de los magistrados del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito en el Estado de Michoacán. Concretamente la ponencia fue turnada desde la primera quincena de enero próximo pasado al magistrado Omar Liévanos Ruiz, quien habrá de resolver en próximas semanas.
La organización de la sociedad civil “Unidos por Michoacán, USA y Ciudadanos Mexicanos Radicados en Estados Unidos” ha presentado algunas promociones ante el Tribunal Colegiado para presionar por la libertad del doctor Mireles Valverde, sin embargo, sus escritos no son tomados en cuenta.
En un acuerdo firmado apenas a inicios de abril, los magistrados asentaron en las constancias del amparo en revisión “agréguese únicamente para que obre como corresponda el escrito signado por Génesis Godínez, Teresa Martínez, Antonio Arias y Rubén Vega, miembros de la organización Unidos por Michoacán, USA, toda vez que de los autos del juicio de amparo indirecto recibido, origen del presente expediente, así como del recurso en que se actúa, no se advierte que los mencionados tengan acreditado carácter alguno”.
Solo esperanza
El amparo en revisión 278/2016 que conoce el Tribunal Colegiado en Materia Penal radicado en Morelia, se inició por la impugnación interpuesta por Domenica C. Velázquez Herrera, fiscal federal adscrita al Primer Tribunal Unitario de la misma demarcación, donde el 10 de octubre de 2016 se favoreció a José Manuel Mireles.
El magistrado unitario estimó que su homólogo auxiliar en Guadalajara había confirmado -en junio del año pasado- como “infundado” el incidente de sobreseimiento de la causa penal instruida al médico michoacano, sin estudiar a fondo las pruebas ofrecidas por la defensa, solo hizo un análisis genérico.
Debido a lo anterior se concedió la protección de la justicia de la unión al hombre que incitó a civiles a defenderse de los narcotraficantes del Cártel de Los Caballeros Templarios, y aunque no se ordenó la inmediata libertad del quejoso, sí se dispuso la reposición del procedimiento para que se dicte una nueva resolución que agote la revisión de las pruebas que el magistrado auxiliar omitió.
El amparo brinda al doctor Mireles la posibilidad de que se apliquen en su favor las reformas a las excluyentes del delito contenidas en las fracciones II, V y VIII, del Artículo 15 del Código Penal Federal y se decrete el sobreseimiento de la causa penal que enfrenta por delitos contra la salud -en su modalidad de narcomenudeo- y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, ante el Juzgado Quinto de Distrito en Michoacán.
Unos días después de dictado el fallo que nuevamente significó una esperanza para Mireles Valverde, unos 70 miembros de las autodefensas detenidos en las mismas fechas que su líder, el 27 de junio de 2014, por miembros del Ejército Mexicano cerca de la comunidad de Acalpican, en el municipio de Lázaro Cárdenas, fueron beneficiados con la libertad provisional bajo caución. La mayoría estaban presos por posesión de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Su nueva “casa”
José Manuel Mireles Valverde permaneció cautivo dos años cuatro meses en la prisión de máxima seguridad número 11 en el país, en Hermosillo, Sonora, y aunque solicitó su traslado a una cárcel de Michoacán, el martes 1 de noviembre de 2016 fue remitido al Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) Número 4 “Noroeste”, ubicado en El Rincón, Nayarit, donde estaban sus coacusados.
Desde ese centro penitenciario, como lo hizo en Hermosillo, el ex vocero de los comunitarios michoacanos ha implorado que se le atienda en su salud. Para su desgracia, fue trasladado a uno de los penales federales que peor fama tiene en la República por la constante violación de derechos humanos, entre los que resalta la falta de atención médica y de entrega de medicamentos.
Antes de ser encarcelado, Mireles ya estaba enfermo. Sufre de diabetes e hipertensión, por lo que dotarle de insulina es muy importante. Se mueve con dificultad y sus males han agravado a casi tres años de estar confinado al pequeño espacio de su celda y las escasas salidas a patio, una hora al día.
En enero de 2017, más de 300 internos del mismo penal donde se encuentra el médico, promovieron en menos de una semana demandas de amparo individuales debido a que no se les brindan los servicios de salud indispensables, no se diga la atención de galenos especialistas. José Manuel no interpuso juicio de garantías, se cansó de hacerlo en Sonora y sin resultados positivos.
Diputados y miembros de la sociedad civil han elevado sus voces para exigir un trato digno a Mireles y sobre todo su liberación. No dejan de sorprenderse por su traslado al CEFERESO Número 4, que ya cuenta con una recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por la deficiente prestación de atención médica.
Según la versión de familiares, amigos y defensores del procesado por delitos contra la salud y portación de arma de fuego, el preso ha incrementado sus malestares a los presentados inicialmente. Una hernia de disco se sumó en los últimos tiempos a su lista de enfermedades.
De los males…
Después de todo, aunque Mireles no fue trasladado a Michoacán y continúa en el régimen penitenciario federal, su envío a Tepic tiene algunas ventajas para el interno y sus familiares y defensores, quienes ahora hacen la mitad de camino para visitarlo y con un mejor clima.
Además, el CEFERESO Número 4 es de mediana seguridad y no de máxima como la cárcel de Hermosillo, lo que ha permitido que el reo emita mensajes que sus representantes se encargan de difundir a través de las redes sociales, como cuando en marzo próximo pasado envío un mensaje de agradecimiento a los diputados federales que simpatizan con su causa.
También, desde presidio, Mireles Valverde celebró la nominación del Padre Alejandro Solalinde, activista por los derechos humanos y civiles de los migrantes, al Premio Nobel de la Paz 2017. El médico pudo aclarar que no ha muerto, como se manejó a través de noticias de internet a principios de año.
El grupo “Unidos por Michoacán, USA…”, que exige la liberación del ex líder y ex vocero de los autodefensas y de más de 60 ex policías comunitarios, apenas será notificado del rechazo de los magistrados a tomar en cuenta sus escritos o manifestaciones porque no tienen representación legal del encausado.
Dicha organización civil ha realizado marchas en la Ciudad de México y en Morelia en apoyo a Mireles y a los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, Guerrero, desaparecidos en el mismo año en que Mireles fue detenido. A esas demandas se han sumado actores políticos de los partidos MORENA y Movimiento Ciudadano, así como maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y comuneros indígenas, entre otros.
En tanto pasa el tiempo de resolverse el amparo en revisión, los abogados de José Manuel insisten en que sea trasladado al penal estatal de “Mil Cumbres” en Morelia, para que esté en un establecimiento carcelario cercano a su domicilio y su familia, como lo especifica el Artículo 18 constitucional. Por el momento no se ha establecido un plazo determinado para que los magistrados resuelvan el juicio de garantías.